LA PROTESTA MILTAR

Blog de opinión militar, política y de DDHH. Su Editor/Administrador es el Coronel ® (FAV) Sammy Landaeta Millán. Gran Caracas. VENEZUELA. Correo: sammylandaeta@gmail.com Twitter: @ProtestaMilitar #LaProtestaMilitar

ESENCIA

Con lasolicitud de pase a retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales en el año 2000, constituimos una PROTESTA, negándonos a ser instrumento subordinado de los incapaces. Estos; se adueñaron, deterioraron, politizaron y pretenden destruir una Institución a nombre de una REVOLUCIÓN. La esencia del blog es advertir, destacar y denunciar las acciones políticas, que inciden negativamente en el estamento militar, por obra del DESGOBIERNO autocrático, militarista y neo comunista de Hugo Chávez Frías.
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martes, 15 de marzo de 2011

CONVOCATORIA // MILITARES PROFESIONALES ABOGADOS O EXPERTOS EN DERECHO ADMINISTRATIVO // ALIANZA DE MILITARES PROFESIONALES EN SITUACION DE RETIRO // COMUNICADO


La Asociación Civil “Grupo PICHINCHA”; la Asociación Nacional de Guardias Nacionales en situación de Retiro (ASONAGUANAR) y sus Asociaciones afiliadas; la Asociación de Tropas Profesionales en situación de Retiro de la FAN del Dtto. Cap. y Edo. Miranda (ASOTROPROFAR); la Federación Nacional de Oficiales Técnicos y Suboficiales Profesionales de Carrera en situación de Retiro de la FAN (FENASOTREFAN) y sus Asociaciones afiliadas; la Federación Nacional de Tropas Profesionales de la FAN en situación de Retiro (FENATROPOFAR) y sus Asociaciones afiliadas:



Tienen el honor de invitar a todos los militares profesionales abogados, en especial los expertos en Derecho Administrativo, a una reunión que se llevara a efecto el:



Día: 16 de marzo 2011



Hora: 10:00



Lugar: Sede del IORFAN



Dirección: Calle Cachimbo Norte - Quinta Marifini - Al lado del Parque Los Chorros



ASUNTO A TRATAR



Presentar recomendaciones y procedimientos legales para continuar con el reclamo de nuestros derechos conculcados y que nos fueron negados en la Audiencia Oral, Sala Constitucional, el pasado 03 de marzo de 2011.



Esperamos contar con la máxima cantidad de militares profesionales, en especial abogados.

 


ALIANZA DE MILITARES PROFESIONALES EN



SITUACIÓN DE RETIRO


C O M U N I C A D O


La Asociación Civil “Grupo PICHINCHA”; la Asociación Nacional de Guardias Nacionales en situación de Retiro (ASONAGUANAR) y sus Asociaciones afiliadas; la Asociación de Tropas Profesionales en situación de Retiro de la FAN del Dtto. Cap. y Edo. Miranda (ASOTROPROFAR); la Federación Nacional de Oficiales Técnicos y Suboficiales Profesionales de Carrera en situación de Retiro de la FAN (FENASOTREFAN) y sus Asociaciones afiliadas; la Federación Nacional de Tropas Profesionales de la FAN en situación de Retiro (FENATROPOFAR) y sus Asociaciones afiliadas:



INFORMAN



a los Militares Profesionales de la Fuerza Armada Nacional y familiares sobrevivientes con derechos adquiridos conforme la vigente Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN. de 1995,

 

1.- Que la Comisión Jurídica del Grupo “PICHINCHA”, el pasado 01 de diciembre de 2010 interpuso, ante el Presidente de la Junta Administradora del IPSFA, RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, CON EL RESPALDO DE MÁS DE 450 FIRMAS, CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN LA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE HABERES MEDIANTE EL CUAL EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL PAGO “LA BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO 2010”, contraviniendo lo ordenado en el Decreto Nº 7.791, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.550 de fecha 11 de noviembre de 2010, así como la Directiva General del Ministerio del Poder Popular para la Defensa MPPD-OP-ARPLA-DIER-2010/13-05/005 “REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA” del 26 de abril de 2010.



2.- Que el ciudadano General de División CÉSAR AUGUSTO TORRES CHÁVEZ, Presidente de la Junta Administradora del IPSFA, en su comunicación Nº 080.500.950, sin fecha, acusa recibo al Recurso de Reconsideración interpuesto y que en su comunicación citada afirma que, según su interpretación de una norma



“…no deben participar factores afectivos la ley contempla dos sujetos, el Estado y el militar, y el intérprete debe respetar los derechos de cada uno si uno es débil y el otro es fuerte, la justicia debe colocarlos precisamente, en el mismo nivel. Porque de lo contrario, ocurrirá. Por el abuso de esta falsa regla interpretativa, el fenómeno contrario, es decir, que a consecuencia de proteger excesivamente al débil contra el fuerte, aquél terminará por ser el verdaderamente fuerte, y éste el caso inverso.” (Sic) [Fin de la cita]



3.- Que el Presidente de la Junta Administradora del IPSFA, en su comunicación antes citada sostiene que



“Por otra parte destacamos el principio de hermenéutica jurídica el intérprete debe atender en primer lugar ‘al significado propio de las palabras, según la conexión de ellas entre sí, esto es, seguir la interpretación gramatical como primera regla para aplicar la ley correctamente.” (Sic),



lo cual contradice su decisión de pagar la Bonificación de Fin de Año 2010 según lo ordenado por el ciudadano Presidente de la República en su Decreto Nº 7.791, Gaceta Oficial Nº 39.550 de fecha 11 de noviembre de 2010, que textualmente dice:



“CONSIDERANDO



Que es interés del Ejecutivo Nacional, especialmente con motivo del fin de año, asegurar los niveles de bienestar y prosperidad de los trabajadores y trabajadoras que presten servicio en la Administración Pública Nacional, así como a sus jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas y a los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. (Resaltado nuestro)4.- Que el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 3º de su Decreto, acertadamente, no discrimina entre militares profesionales en servicio activo o en situación de retiro ni a los familiares sobrevivientes,



DECRETA



Artículo 3°. A los Oficiales y Sub-Oficiales profesionales de Carrera, Tropas Profesional y Alistada de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Cadetes y Alumnos de los Institutos de Formación Profesional de Oficiales y Sub-Oficiales de Carrera, el equivalente a noventa (90) días de sueldo integral o ración, según corresponda.”(Sic) [Subrayado nuestro]



5.- Que atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, según la cual,



“Observa la Corte, que cuando un Militar Efectivo pasa de una Situación a otra, no pierde el Grado o Jerarquía, ni los méritos, ni los títulos, ni reconocimientos, saludos, condecoraciones, emolumentos, sueldos, pensiones y demás beneficios… sólo se le separa del mando…”



Corte Suprema de Justicia, Sentencia Nº 452, Sala Constitucional. Expediente 11.738, de fecha 15 de junio de 1995



Juicio que, aunque fuera emitido por la Sala Constitucional de la extinta Corte Suprema de Justicia, no deja de ser jurisprudencia.



6.- Que ante la negativa del ciudadano Presidente de la Junta Administradora del IPSFA de corregir el error administrativo en el cual ha incurrido durante los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, el Grupo “PICHINCHA”, a través de su Comisión Jurídica, interpuso ante el ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa RECURSO JERÁRQUICO CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN LA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE HABERES MEDIANTE EL CUAL EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL PAGO “LA BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO”



ACORDAMOS1.- Informar a todos los militares profesionales en situación de retiro y a los familiares sobrevivientes amparados por nuestra Ley de Seguridad Social sobre la acciones que actualmente se realizan para que el ciudadano Presidente de la Junta Administradora del IPSFA cumpla exactamente con lo ordenado en los Decretos del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, relativos al pago de la Bonificación de Fin de Año correspondientes a los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, así como lo ordenado por los Ministros del Poder Popular para la Defensa en las Directivas Generales “REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA” vigentes en los años antes citados.



2.- Hacer del conocimiento de todos los militares profesionales en servicio activo de las irregularidades que acontecen con las remuneraciones de los militares profesionales en situación de retiro y sus familiares sobrevivientes, situación que inevitablemente padecerán al cumplir el servicio activo, a más tardar.



En Caracas, a los doce (12) días del mes de marzo de dos mil once (2.011)



Coordinador General



Maestre Técnico Principal NELSON ESCALONA F



Secretario General



Cnel. (Ej) MANUEL A LEDEZMA H



Anexos en Comunicado - 12marzo2011_1.pdf:



Recurso de Reconsideración.



Oficio Nº 080.500.950, sin fecha.



Recurso Jerárquico.

domingo, 13 de marzo de 2011

ALIANZA DE MILITARES PROFESIONALES EN SITUACION DE RETIRO // COMUNICADO


ALIANZA DE MILITARES PROFESIONALES EN

SITUACIÓN DE RETIRO



C O M U N I C A D O

La Asociación Civil “Grupo PICHINCHA”; la Asociación Nacional de Guardias Nacionales en situación de Retiro (ASONAGUANAR) y sus Asociaciones afiliadas; la Asociación de Tropas Profesionales en situación de Retiro de la FAN del Dtto. Cap. y Edo. Miranda (ASOTROPROFAR); la Federación Nacional de Oficiales Técnicos y Suboficiales Profesionales de Carrera en situación de Retiro de la FAN (FENASOTREFAN) y sus Asociaciones afiliadas; la Federación Nacional de Tropas Profesionales de la FAN en situación de Retiro (FENATROPOFAR) y sus Asociaciones afiliadas:

INFORMAN

a los Militares Profesionales de la Fuerza Armada Nacional y familiares sobrevivientes con derechos adquiridos conforme la vigente Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN. de 1995,



1.- Que la Comisión Jurídica del Grupo “PICHINCHA”, el pasado 01 de diciembre de 2010 interpuso, ante el Presidente de la Junta Administradora del IPSFA, RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, CON EL RESPALDO DE MÁS DE 450 FIRMAS, CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN LA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE HABERES MEDIANTE EL CUAL EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL PAGO “LA BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO 2010”, contraviniendo lo ordenado en el Decreto Nº 7.791, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.550 de fecha 11 de noviembre de 2010, así como la Directiva General del Ministerio del Poder Popular para la Defensa MPPD-OP-ARPLA-DIER-2010/13-05/005 “REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA” del 26 de abril de 2010.

2.- Que el ciudadano General de División CÉSAR AUGUSTO TORRES CHÁVEZ, Presidente de la Junta Administradora del IPSFA, en su comunicación Nº 080.500.950, sin fecha, acusa recibo al Recurso de Reconsideración interpuesto y que en su comunicación citada afirma que, según su interpretación de una norma

“…no deben participar factores afectivos la ley contempla dos sujetos, el Estado y el militar, y el intérprete debe respetar los derechos de cada uno si uno es débil y el otro es fuerte, la justicia debe colocarlos precisamente, en el mismo nivel. Porque de lo contrario, ocurrirá. Por el abuso de esta falsa regla interpretativa, el fenómeno contrario, es decir, que a consecuencia de proteger excesivamente al débil contra el fuerte, aquél terminará por ser el verdaderamente fuerte, y éste el caso inverso.” (Sic) [Fin de la cita]

3.- Que el Presidente de la Junta Administradora del IPSFA, en su comunicación antes citada sostiene que

“Por otra parte destacamos el principio de hermenéutica jurídica el intérprete debe atender en primer lugar ‘al significado propio de las palabras, según la conexión de ellas entre sí, esto es, seguir la interpretación gramatical como primera regla para aplicar la ley correctamente.” (Sic),

lo cual contradice su decisión de pagar la Bonificación de Fin de Año 2010 según lo ordenado por el ciudadano Presidente de la República en su Decreto Nº 7.791, Gaceta Oficial Nº 39.550 de fecha 11 de noviembre de 2010, que textualmente dice:

“CONSIDERANDO

Que es interés del Ejecutivo Nacional, especialmente con motivo del fin de año, asegurar los niveles de bienestar y prosperidad de los trabajadores y trabajadoras que presten servicio en la Administración Pública Nacional, así como a sus jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas y a los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. (Resaltado nuestro)4.- Que el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 3º de su Decreto, acertadamente, no discrimina entre militares profesionales en servicio activo o en situación de retiro ni a los familiares sobrevivientes,

DECRETA

Artículo 3°. A los Oficiales y Sub-Oficiales profesionales de Carrera, Tropas Profesional y Alistada de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Cadetes y Alumnos de los Institutos de Formación Profesional de Oficiales y Sub-Oficiales de Carrera, el equivalente a noventa (90) días de sueldo integral o ración, según corresponda.”(Sic) [Subrayado nuestro]

5.- Que atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, según la cual,

“Observa la Corte, que cuando un Militar Efectivo pasa de una Situación a otra, no pierde el Grado o Jerarquía, ni los méritos, ni los títulos, ni reconocimientos, saludos, condecoraciones, emolumentos, sueldos, pensiones y demás beneficios… sólo se le separa del mando…”

Corte Suprema de Justicia, Sentencia Nº 452, Sala Constitucional. Expediente 11.738, de fecha 15 de junio de 1995

Juicio que, aunque fuera emitido por la Sala Constitucional de la extinta Corte Suprema de Justicia, no deja de ser jurisprudencia.

6.- Que ante la negativa del ciudadano Presidente de la Junta Administradora del IPSFA de corregir el error administrativo en el cual ha incurrido durante los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, el Grupo “PICHINCHA”, a través de su Comisión Jurídica, interpuso ante el ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa RECURSO JERÁRQUICO CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN LA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE HABERES MEDIANTE EL CUAL EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL PAGO “LA BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO”

ACORDAMOS1.- Informar a todos los militares profesionales en situación de retiro y a los familiares sobrevivientes amparados por nuestra Ley de Seguridad Social sobre la acciones que actualmente se realizan para que el ciudadano Presidente de la Junta Administradora del IPSFA cumpla exactamente con lo ordenado en los Decretos del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, relativos al pago de la Bonificación de Fin de Año correspondientes a los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, así como lo ordenado por los Ministros del Poder Popular para la Defensa en las Directivas Generales “REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA” vigentes en los años antes citados.

2.- Hacer del conocimiento de todos los militares profesionales en servicio activo de las irregularidades que acontecen con las remuneraciones de los militares profesionales en situación de retiro y sus familiares sobrevivientes, situación que inevitablemente padecerán al cumplir el servicio activo, a más tardar.

En Caracas, a los doce (12) días del mes de marzo de dos mil once (2.011)

Coordinador General

Maestre Técnico Principal
NELSON ESCALONA F

Secretario General

Cnel. (Ej) MANUEL A LEDEZMA H

Anexos en Comunicado - 12marzo2011_1.pdf:

Recurso de Reconsideración.

Oficio Nº 080.500.950, sin fecha.

Recurso Jerárquico.

viernes, 11 de marzo de 2011

ALIANZA DE MILITARES PROFESIONALES EN SITUACION DE RETIRO // COMUNICADO


ALIANZA DE MILITARES PROFESIONALES EN SITUACION DE RETIRO

 COMUNICADO

La Asociación Civil “Grupo PICHINCHA”; la Asociación Nacional de Guardias Nacionales en situación de Retiro (ASONAGUANAR) y sus Asociaciones afiliadas; la Asociación de Tropas Profesionales en situación de Retiro de la FAN del Dtto. Cap. y Edo. Miranda (ASOTROPROFAR); la Federación Nacional de Oficiales Técnicos y Suboficiales Profesionales de Carrera en situación de Retiro de la FAN (FENASOTREFAN) y sus Asociaciones afiliadas; la Federación Nacional de Tropas Profesionales de la FAN en situación de Retiro (FENATROPOFAR) y sus Asociaciones afiliadas:

INFORMAN

a los Militares Profesionales de la Fuerza Armada Nacional y familiares sobrevivientes con derechos adquiridos conforme la vigente Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN. de 1995, sobre la

DECISIÓN DE LA MAGISTRADA LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, PRESIDENTA DE LA SALA CONSTITUCIONAL Y PRESIDENTA DEL TSJ EN RELACIÓN AL EXPEDIENTE 06-1050 Y LA DECISIÓN Nº 824 DEL 16 DE MAYO DE 2008

1.- La Audiencia Oral fue fijada para el día 03 de marzo de 2011, a las 10:30 horas.

2.- Ante la ausencia de los representantes del Ministerio de la Defensa, la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño retardó la Audiencia por un lapso de más de tres horas, llevándose a cabo solo cuando hicieron acto de presencia, uniformados de campaña, los representantes del Ministerio de la Defensa.

3.- Los representantes del Ministerio de la Defensa reconocieron que el ciudadano ministro de esa dependencia ordenó realizar las gestiones para tramitar un crédito adicional y proceder al pago del Beneficio de Alimentación ordenado por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño en su sentencia Nº 824 del 16 de mayo de 2008.

4.- A pesar de que la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, en fecha 16 de mayo de 2008, declaró admisible la Acción de Amparo interpuesta el 17 de julio de 2006 y que a pesar de que los representantes del Ministerio de la Defensa reconocieron tener una deuda con los militares profesionales en situación de retiro y con los familiares sobrevivientes con derechos según nuestra Ley de Seguridad Social, la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, MÁS DE DOS (02) DESPUÉS, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO SOLICITADA Y ADMITIDA POR ELLA Y REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR DICTADA EL 16 DE MAYO DE 2008.

5.- Estamos a la espera de la publicación de la Sentencia donde la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño decidió declarar INADMISIBLE nuestra Acción de Amparo y REVOCÓ la medida cautelar para que el Ministerio de la Defensa pague el Beneficio de la Alimentación a los Militares Profesionales en situación de retiro y a los familiares sobrevivientes, para emprender las acciones legales que correspondan para que sean resarcidos nuestros derechos humanos, nuestros derechos constitucionales y nuestros derechos adquiridos.

En Caracas, a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil once (2.011)

NELSON ESCALONA F
MTP MANUEL A LEDEZMA H

Coordinador General


Cnel. (Ej)
Secretario General


Remision: mora ruiz,r

martes, 14 de diciembre de 2010

FRATERNO SOPORTE Y SALUDO A LA FUNDACIÓN “10 DE DICIEMBRE”, DE LA ASOCIACIÓN CIVIL GRUPO “PICHINCHA”.




FRATERNO SOPORTE Y SALUDO
A LA FUNDACIÓN  “10  DE DICIEMBRE”,
DE LA ASOCIACIÓN CIVIL GRUPO “PICHINCHA”.
Caracas, 10 de diciembre de 2010.

Ciudadano General de División
MAXIMILIANO HERNÁNDEZ VÁSQUEZ.
Y adscritos de la FUNDACIÓN “10 DE DICIEMBRE”.
Maracay. Aragua. Venezuela.


“Aviadores, unidos juremos 
A las notas del himno sonoro
Que luchando hasta el fin moriremos
En resguardo del Patrio decoro”. 
 
Apreciado General Hernández Vásquez y compatriotas  de la
FUNDACIÓN “10 DE DICIEMBRE”:

         Con inusitado jubilo, me dirijo a ustedes colegas del aire, para saludarlos, a nombre de los afiliados de nuestra Asociación Civil, en esta épica y bien recordada fecha y manifestarles nuestros caros sentimientos de fraternidad y apoyo.
         Igualmente deseo expresarles nuestras remembranzas por su fiel cumplimiento de misiones y tareas militares  durante su servicio activo y manifestarles: que ésas fueron  ejecutadas con honor, valor, patriotismo, conocimiento, eficiencia y  desprendimiento proverbiales.
         De este modo ustedes, compañeros de armas,  afianzaron,  por décadas a la  Institución Aérea Castrense Venezolana, y  otras entidades nacionales, a las cuales el factor Fuerza Aérea o Aviación Militar,  les dio vida y eficiencia operativa sin parangón.  
         Todos conocemos la bella historia de seguridad y defensa de la Patria y las datas sublimes dedicadas, antes del 18 de octubre de 1945, al Ejército y la Armada. Y luego, con el correr del tiempo, el perfeccionamiento técnico de las fuerzas, el Decreto 248 y la Constitución Nacional se transformarían en cuatro fuerzas: EJÉRCITO, ARMADA, AVIACIÓN Y GUARDIA NACIONAL, seleccionando sus Comandos y el Ministerio de la Defensa , la fecha adecuada a sus magnas celebraciones anuales,
        
         Desde la Escuela Primaria, a través del programa de Instrucción Moral y Cívica ~y bajo la orientación, de maestros  pundonorosos, estrictos
y espirituales~     aprendimos  lo  esencial  del  Ejército y la Marina y como
construían,  con su trabajo militar benefactor, a la Patria generosa, soberana e  independiente. La Ley Orgánica del Ejército y la Armada, de la época, incluían a la Aviación y a la Guardia Nacional como entes activos del Ejército.
         Aquellos otros maestros ~de oficio militar~  que encontramos al ingresar a la Institución Castrense, actuaron con las características de dirigentes justos y nacionalistas, y durante toda nuestra existencia, los hemos evocado ante peligros o al enfrentar problemas de suprema envergadura… Ellos vienen hoy a nuestras  mentes para estimularnos e indicarnos lo positivo de nuestras  reflexiones en este legendario día..
         Los hombres de mi generación vimos con asombro y estimulo la transformación, vía la excelencia,   de los primeros aeroplanos y aviones biplanos ~con cucardas nacionales en su doble plano y fuselaje~ del Regimiento de Aviación,  que en mi caso, los  vi sobrevolar  la meseta de  Mérida, en la mitad de la tercera década del  pasado siglo. Si. Aquellas aeronaves se  cambiaron en potente brazo armado aéreo pleno de mística, amor patrio constitucional y estima y respeto de su dignidad propia… Y lo  lograron:  ¡gracias a ustedes que eran los hombre que los servían!     
         Conozco como testigo presencial la gloria y esplendor castrense de la Aviación Militar Venezolana desde 1945 y proclamo, entonces, que la FUNDACIÓN “10 DE DICIEMBRE” es indispensable e histórica… ¡LES FELICITO, MARCIALES COLEGAS, POR CONSTITUIR ESTA EGREGIA FUNDACIÓN!...
         A los incorporados en ella, les corresponderá, entre otras obligaciones, la grata y permanente tarea de investigación y publicación  de los temas y asuntos cardinales de la Institución Armada Celeste que se organizó ~a partir de esa data~ y hacerlos conocer del mundo. .
         Dios guarde a la FUNDACIÓN “10 DE DICIEMBRE”  y les repare una exitosa vida operativa.
 
Atentamente,


Luís Enrique Rangel Bourgoin.
General de División. Coordinador General.
Asociación Civil Grupo  “Pichincha”.
  
LERB**
052115 Dic 2010.

REMISIÓN: Wladimir Filatov

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LEA: PADRE Y MADRE/ Por: Sammy landaeta Millán

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EL TOTEM SOCIALISTA / Por: Sammy Landaeta Millán
La crisis institucional de la Fuerzas Armadas Nacionales de Venezuela llegó a sus clímax. La aprobación de la nueva Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional “Bolivariana” lo confirma. La identidad de una organización al servicio del Estado se pierde y surge por imposición pseudo-legal la potestad de “autoridad suprema” de aquel que se atavía como comandante en jefe. Se incrementa la INDISCIPLINA y se trata de contener la disidencia, desobediencia o rebelión, con la adoración al oficial de mayor graduación investido como TÓTEM SOCIALISTA . Haga click en la imagen para seguir leyendo. gracias

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LIBRO ARTESANAL: SAMMY: De baja como PROTESTA

LEA: TESTIMONIO EN NAVIDAD POR: SAMMY LANDAETA MILLAN

LEA: TESTIMONIO EN NAVIDAD POR: SAMMY LANDAETA MILLAN
Foto: FELIX MILLÁN LANDAETA //Hace cierto tiempo funcionaba, en la población de El Tigrito, Estado Anzoátegui una Empresa de servicios petroleros denominada: GIORMEN S.A. Su nombre combinaba la identificación de sus socios Giorgio y Méndez. En ella trabajaba nuestro tío Félix Ramón Millán Landaeta, quien conoció a un ciudadano de origen Cubano, llamado Rafael Marqués, objeto de este: TESTIMONIO EN NAVIDAD. Haga click en la imagen para continuar leyendo. Gracias.

Biografia de Rafael RAMÍREZ CARREÑO

Biografia de Rafael RAMÍREZ CARREÑO
Rafael Ramírez Carreño. Presidente de PDVSA y ministro de Energía y Petróleo. Es ingeniero mecánico, es trujillano, de finos modales, la verdad sea dicha. Su padre -Rafael Darío Coronado- fue guerrillero en los sesenta. Su padre y él mismo fueron cercanos a Diego Salazar Longo -cuñado, fundador de la FALN (Fuerzas Armadas de Liberación Nacional). Rafael Darío Ramírez-padre militó en las brigadas urbanas de la FALN. Haga click en la imágen par seguir leyendo.

Lea: Los Esquiroles del Petróleo / Por: Sammy Landaeta Millán

Lea: Los Esquiroles del Petróleo / Por: Sammy Landaeta Millán
Cuando los Trabajadores de Petróleos de Venezuela (PDVSA) activaron un paro laboral para repudiar la Politización y la inobservancia de la Meritocracia, en la Corporación en el año 2002; no recibieron el apoyo de algunos de sus compañeros. Los participantes del conflicto fueron catalogados por el régimen Castro Chavísta como enemigos del proceso revolucionario y traidores a la Patria.” Pero los que apoyaron al desgobieron, para consolidar lo que hoy llaman, “La PDVSA del Pueblo,” también podemos señalarlos por justicia, como: Los Esquiroles del Petróleo./Haga click en la imágen para seguir leyendo

Lea: Carta de Ivan Simonovis al Parlamento Europeo

Lea: Carta de Ivan Simonovis al Parlamento Europeo
Mi nombre es Iván Simonovis, de 49 años de edad y de profesión Investigador Criminal. Durante 23 años ininterrumpidos trabajé en la Policía de investigación Criminal de Venezuela y, por mis méritos, en el año 2000 fui escogido para ocupar el cargo de Secretario de Seguridad Ciudadana del Distrito Capital durante los fatídicos hechos del 11 de Abril de 2002. Mi función era la coordinación y supervisión de las políticas de seguridad pública de la ciudad de Caracas, Venezuela./Haga click en la imágen para seguir leyendo

Lea: LOS SEMERUCOS OBJETIVO MILITAR/ Por: Sammy Landaeta Millán

Lea: LOS SEMERUCOS OBJETIVO MILITAR/ Por: Sammy Landaeta Millán
Hoy 25 de Septiembre de 2008, se cumplen 5 años del brutal ataque de las fuerzas MILITARES y POLICIALES en el Campo Petrolero LOS SEMERUCOS, en Punto Fijo, Estado Falcon. Sacar de la vivienda, a la señora Haydée Irausquín, fue punto de honor, del proceso de revolución y la convirtieron en la primera persona desalojada de las residencias petroleras. /Haga click en la imágen para seguir leyendo

Keira Knightley

Keira Knightley
Keira Knightley as Lara in Doctor Zhivago (2002) Keira es la cara de la campaña de AMNISTÍA INTERNACIONAL a favor de los DERECHOS HUMANOS. La fotografia corresponde a: http://www.flickr.com/photos/21058094@N04/3159549540/ Si Usted precisa mayor información sobre ésta prestigiosa actriz británica de cine y televisión, por favor haga click sobre la imagen. Gracias.

LA TRAICIÓN ENCUBIERTA // Por: Nelson Ramírez Torres

LA TRAICIÓN ENCUBIERTA // Por: Nelson Ramírez Torres
La presente reseña, lo hacemos asumiendo la total responsabilidad, al difundir algunos aspectos, del Libro: “La traición encubierta” de Nelson Ramírez Torres, sin el ánimo de vulnerar los derechos de autor, las previsiones legales de la Editorial o las diagramaciones del diseñador grafico. Nos mueve simplemente los sentimientos de dolor, rabia e impotencia, que nos embarga en nuestra humilde condición de Militar en Situación de Retiro, ante una institución armada que quedó MINUSVALIDA en su Sistema de Comunicaciones de la Defensa Nacional -SICODENA- y NO podemos hacer otra cosa que sensibilizarnos con la narrativa del texto, en cuestión. Para ver ésta RESEÑA, le agardecemos hacer click en la imagen, donde tambien consideramos prudente incluir la FICHA TECNICA y la SIPNOSIS del libro. Gracias.

LEA: VELÁSQUEZ Y PILATOS. Por: Sammy Landaeta Millán.

LEA: VELÁSQUEZ Y PILATOS. Por: Sammy Landaeta Millán.
FOTO: LUIS VELÁSQUEZ ALVARAY. MAGISTRADO DEL TSJ. Hace más o menos una año la República Bolivariana de Venezuela contemplaba la acción del Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) Luis Velásquez Alvaray, fungiendo como el hombre más poderoso del régimen revolucionario, en la aplicación de justicia desde la óptica bolivariana. Haga click en la imagen, y lea el artículo completo. Gracias.

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SAMMY LANDAETA MILLÁN

Mi foto
Naguanagua, Estado Carabobo, Venezuela
Sammy Landaeta Millán. Coronel de la Fuerza Aérea Venezolana, en Situación de Retiro, según resolución N°7446 de fecha 26 de julio de 2000 (Propia solicitud). Licenciado en Ciencias y Artes Militares (Opción Aeronáutica). Especialista en Administración de los Recursos de la Aviación. Maestría en el Empleo del Poder Aéreo. Diplomado Estado Mayor Conjunto N°14. Diplomado Curso Especial de Seguridad y Defensa para Ejecutivos. Piloto Aviador Militar. Piloto de Helicópteros Militares. Piloto de Helicóptero Comercial. Especialista en Búsqueda y Salvamento -SAR- Cursó estudios de Maestría en Ciencia Política en la USB. Presentó el Trabajo de Grado: "Política Militar, Misión de la FAN y Soberanía Nacional, a partir de 1999." Fue asignada la fecha de defensa pero el primer Jurado lo mandó a corregir -nos pronunciamos por escrito y presuntamente no gustó la motivación.- Se corrigió y se redujo el estudio a 50% y se presentó de nuevo a la Coordinación. Designaron dos Jurados adicionales y se INHIBIERON. El Dr. Frederick Welsch -Tutor de la tesis - salvó su voto. No obtuvo el Grado. ¿ORDEN DE LA REVOLUCIÓN?

RECIVEX SAN DIEGO

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Los Chávez //ACTUALES-NUEVAS FOTOS //SOS Comandante Presidente // BMW, Jet, Cruceros y mas.... que vida tan dura.

DISIDENTES DE ALTAMIRA

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Artículos de Opinion relacionado con la Disidencia Civicp-Mlitar de la Plaza Francia de Altamira. Caracas. Venezuela.