LA PROTESTA MILTAR

Blog de opinión militar, política y de DDHH. Su Editor/Administrador es el Coronel ® (FAV) Sammy Landaeta Millán. Gran Caracas. VENEZUELA. Correo: sammylandaeta@gmail.com Twitter: @ProtestaMilitar #LaProtestaMilitar

ESENCIA

Con lasolicitud de pase a retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales en el año 2000, constituimos una PROTESTA, negándonos a ser instrumento subordinado de los incapaces. Estos; se adueñaron, deterioraron, politizaron y pretenden destruir una Institución a nombre de una REVOLUCIÓN. La esencia del blog es advertir, destacar y denunciar las acciones políticas, que inciden negativamente en el estamento militar, por obra del DESGOBIERNO autocrático, militarista y neo comunista de Hugo Chávez Frías.
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lunes, 16 de enero de 2012

León Arismendi:A PROPOSITO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES



León Arismendi /  A PROPOSITO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES

12/01/12
1.- En los meses finales del pasado año, en un encuentro de ex guerrilleros que respaldan la reelección del Presidente Chávez,  el Ministro Ali Rodriguez Araque  hizo un nuevo intento por  justificar  la aventura armada de los años 60. Según su parecer el gobierno de Rómulo Betancourt los habría obligado a empuñar los fusiles.

Para quien esto escribe, tan paladinas declaraciones y  el  anuncio de la  creación  de  la denominada “Asociación Revolucionaria de Combatientes Guerrilleros”,  no hacen más que confirmar que en nuestro país sigue existiendo una “izquierda borbónica” que ni olvida ni aprende,  pero  influye bastante en las ejecutorias del llamado socialismo del siglo XXI.  De hecho, en las charreteras  que sirven de carta de presentación del grupo, a falta de alguna vaina útil,  esgrimen su “experiencia” de lucha contra el imperialismo y otras zarandajas.  Con tales ideólogos por delante es fácil comprender porque el discurso oficial se ha vuelto  un eterno cliché, cuyo cometido es responder a toda crítica con una descalificación. Cualquier opinión distinta es emanación directa de la implacable línea del imperio contra el pretendido gobierno revolucionario. Debatir algo con tales  personajes es poco menos que imposible. Siempre tienen la razón y frente a ellos los demás son escorias; gusanos, como les llaman en Cuba, apátridas o cualquier otra cosa.

2.- Este  abrebocas viene a cuento porque, se acaba de  anunciar  una hipotética reforma de la Ley Orgánica del Trabajo y para justificarla  se reviven los mismos denuestos utilizados, en 1997, con el fin de descalificar el cambio legislativo que, en aquel año, se llevó a cabo. Para entonces, aparte de quienes hicieron objeciones más serias a la iniciativa, destacaban los baluartes de ese segmento de la “izquierda”, muchos de los cuales nunca habían calculado unas prestaciones sociales, pero eran soberbios gritones contra el neoliberalismo y un supuesto robo del que estarían siendo objeto los trabajadores. Esa fue la trinchera desde la cual dispararon, evadiendo siempre cualquier escenario donde se discutiesen argumentos técnicos. Allí,  o se quedaban mudos o pegaban gritos, jamás discutieron nada. Recuerdo haber participado en cantidad de  foros  y eventos convocados con tal fin y su conducta fue la misma. En su sesera  jamás cupo la idea (ni creo que cabrá jamás) de un acuerdo entre trabajadores y empleadores donde ambos resulten favorecidos.  A ese coro se sumó, en su campaña de  1998, el  actual Presidente de la República, en cuyo discurso reduccionista, aunque largo en vaciedades, todo lo que se hizo antes de su irrupción en la política nacional  fue para joder al país y a sus habitantes. Eso explica porque, aun sin saber de qué se trataba, prometió volver a la mal llamada “retroactividad”  de las prestaciones. Pero, una vez   en el coroto, alguien se ocupó de explicarle que una cosa es protestar pidiendo agua y otra instalar las tuberías, lo cual lo llevó a echar un reculón de antología al punto que, en una de sus interminables cadenas se dio a la tarea de explicar las bondades del nuevo régimen.  Supone uno,  que le pusieron  por delante el enorme “mono” que el Estado tiene con sus trabajadores y  le advirtieron de las consecuencias que,  para el Fisco y la economía nacional, tendría echar para atrás el camino andado.  Allí está la razón de los 10 años de mora de la Asamblea Nacional para cumplir con el mandato constitucional de modificar la ley respecto de dicho tema. Nadie en su sano juicio puede imaginar que tamaño “retardo” no tuviese la bendición presidencial, sobre todo porque es notorio que cuando Chacumbele lo ha querido se aprueban leyes de la noche para la mañana.

En fin, echarle el ganso a la Asamblea y anunciar la reforma de la LOT mediante Decreto es parte de la campaña por la reelección. El “genio” irresponsable que aspira perpetuarse en el poder quiere ganarse el respaldo de los trabajadores con la misma  promesa que hizo en 1998, sin pararse, en lo más mínimo, a evaluar las consecuencias que tal medida tenga sobre el futuro del país. Mientras tanto, la izquierda borbónica aplaude

3.- Ahora bien,  si en algo son inconsistentes,  Chávez y los suyos,  es en  esto de repetir  que todo lo pasado es “caca”; que los gobiernos adecos y copeyanos desplumaron a los trabajadores,  sin siquiera percatarse  que están haciendo campaña con lo que aquellos construyeron. Me explico, las leyes sociales que les confieren beneficios a los trabajadores son hechura de dichos gobiernos, en particular de los adecos. Supongo que hay algo de ignorancia en el manejo de estos asuntos, de modo que  vale la pena recordar  los  antecedentes, por lo menos de las prestaciones sociales.

4.- La prestación de antigüedad se consagró en la Ley del Trabajo de 1936  en tanto que la cesantía se incorporó en la reforma de dicha ley, en 1947. Ambas eran expectativas de derechos; es decir, la primera procedía cuando la relación de trabajo finalizaba por hechos no imputables a la voluntad del trabajador en tanto que la segunda sólo era exigible en casos de despido injustificado o de retiro justificado. Dicho de otra manera,  si un trabajador era objeto de un despido justificado o si se retiraba sin justificación el patrono no tenía la obligación de pagarle nada. Fue en el año 1974 cuando, mediante Decreto del  para entonces Presidente: Carlos Andrés Pérez,  se reformó la ley y las aludidas prestaciones se convirtieron en derechos “adquiridos” de los trabajadores venezolanos. De hecho, la idea de la “retroactividad” quedó reforzada porque el referido Decreto ordenó computar la antigüedad anterior para cuantificar ambos beneficios, aún cuando, a la cesantía se  le colocó un tope de ocho (8) meses de salario. Estos, a lado de la Ley Contra Despidos Injustificados, fueron los beneficios laborales otorgados a los trabajadores durante el boom de  la gran Venezuela. De modo que, cuando el inquilino de Miraflores y la izquierda borbónica anuncian el retorno del  “recalculo”, así lo rodeen de invocaciones al nebuloso socialismo del siglo XXI,  no hacen cosa distinta a refugiarse en la obra social del hombre que intentaron derrocar en 1992.

5.- Ese modelo de prestaciones sociales calculado con el último salario (y estos también parecen ignorando sus   cultores) entró en crisis de la mano de la inflación que (también) comenzó a ser un problema bajo el gobierno de Pérez y que, desde entonces, se ha convertido en una de las peores plagas que azota a los venezolanos. Por cierto, en aquel período presidencial las quejas de los empleadores con la “retroactividad” fueron escasas, seguramente  porque  el fenómeno inflacionario aún era manejable y su impacto en las deudas laborales no tenía la repercusión que luego sería visible, en concreto, después del denominado “viernes negro”.

6.- En efecto, en la medida que la inflación subía los salarios procuraban alcanzarla. Cada alza en los sueldos implicaba un ajuste o “recalculo” en la cuenta de prestaciones que, según los expertos, hacia incierto el costo de la nómina, con lo cual los precios tenían un estimulo mas para aumentar  y así sucesivamente.

7.- La respuesta estatal al aludido problema se inició durante el gobierno del Dr. Jaime Lusinchi, gestión en la cual  comenzó el proceso de “bonificación de los salarios”, en obvia huida del impacto del “recalculo”.  Las manifestaciones específicas de dicho proceso fueron la aprobación  de un “Bono Compensatorio”, además de un subsidio para gastos de transporte y otro para alimentación. La idea subyacente en estos era mejorar los ingresos de los trabajadores  sin afectar la cuenta de prestaciones. Por cierto, la norma del Decreto Presidencial que excluyó del salario el monto del Bono Compensatorio  fue anulada por  la  extinta Corte Suprema de Justicia, lo cual supone que, a pesar de las denuncias sobre la existencia de tribus judiciales, el poder  judicial operaba con autonomía.

8.- Esa tendencia se acentuó con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo de 1990. Durante su proceso formativo se desató una ofensiva empresarial tendente a modificar el régimen de prestaciones que si bien no encontró eco en los legisladores, si le abrió cause a los subsidios, los cuales fueron declarados, a texto expreso, ajenos al salario. Fue ese el camino por donde se abrieron pase los tiques de alimentación e infinidad de formas de planes de ahorro, todos tendentes a aumentar los ingresos sin mover los salarios. De ese modo, el recalculo de las prestaciones era insignificante.

9.- Cuando a finales de 1996, bajo la coordinación de Teodoro Petkoff, para entonces Ministro de Cordiplan, se instaló la Comisión Tripartita que tenía la encomienda de procurar un acuerdo sobre prestaciones y seguridad social, el monto del salario mínimo era de Bs. 15.000,00 pero el ingreso mínimo ascendía a Bs. 53.000,00. En otras palabras, Bs. 38.000,00 estaban excluidos del salario, lo cual equivale a decir que más del 250% de la remuneración no se tomaba en cuenta para calcular ningún beneficio laboral.

10.- En ese contexto, las prestaciones sociales que hasta los inicios de la década de los 80 sirvieron a los trabajadores para financiar vivienda, adquirir vehículos y otros bienes se habían mermado de tal modo que, salvo en el caso de los altos ejecutivos, no alcanzaban para nada. Debo decir, con la mayor objetividad, que desde que tome conciencia de tal realidad  asumí que seguir defendiendo el “recalculo” o la “retroactividad” era repetir el cuento de los borrachitos peleando por una botella vacía. La altísima inflación y la “bonificación” se habían ocupado de licuar  el ahorro de los trabajadores. Había que explorar otros caminos y dejar de creer en pajaritos preñados.

11.- La base del Acuerdo Tripartito de 1997 fue, por una parte,  cambiar el modo de cálculo de las prestaciones y, por la otra  recomponer el salario, integrando a su monto todo lo que se percibía como subsidio. En paralelo, pero como parte de una solución global,  se convino en reformar el sistema de seguridad social de modo que los trabajadores tuviesen una protección que sustituyese al desvencijado Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). 

12.- Aunque los detractores de la reforma sigan empeñados en negarlo, el nuevo  modelo de cálculo de las prestaciones sociales resultaba más ventajoso para la mayoría de los trabajadores que el anterior. En efecto, el anterior sistema suponía el pago de 30 días por año de servicio, calculado con el último salario, en tanto que en el vigente  la prestación equivale a cinco (5) días de salario por cada mes después del cuarto de haberse iniciado la relación laboral, mas 2 días adicionales por cada año, acumulativos hasta 30; estos es: 45 días el primer año y 60 más 2 desde el segundo, 60 más 4 el tercero y así  sucesivamente.




Además de lo indicado, el monto de los intereses devengados por las prestaciones también se mejoró, pues en la vieja ley este se calculaba con el promedio de la tasa pasiva de mercado, en cambio con el actual el interés menor es la tasa promedio entre la activa y la pasiva y puede llegar a ser la tasa activa de mercado si el trabajador solicita que sus prestaciones se depositen en un Fideicomiso y el patrono las  mantiene en la contabilidad de la empresa.

En el mismo contexto y en procura de garantizar que los salarios se ajustaran periódicamente, la reforma consagró la obligación de negociar, cada año, en una Comisión Tripartita, el monto del salario mínimo. Obligación que este gobierno ha desconocido y sustituido por la fijación unilateral de dicho beneficio, en claro desmedro del dialogo social y del fortalecimiento de las organizaciones sindicales.

13.- Cabe destacar que una de las obligaciones fundamentales del Estado en el marco del referido acuerdo era bajar la inflación, persuadidos todos de que si tal objetivo no se cumple  las ventajas del nuevo modelo no podrían concretarse. Estudios efectuados, en  aquel entonces, por el Banco Central de Venezuela, demostraron que la nueva forma de calcular las prestaciones es más onerosa para los empleadores, sobre todo en escenarios de baja inflación. Cualquiera que se tome la molestia de correr  una hoja de cálculo puede corroborarlo. La gran ventaja, para los patronos, en el régimen actual es la certidumbre que tienen sobre los costos de la nómina. A fin de cuentas, cualquier incremento salarial tiene impacto hacia adelante y no sobre el pasado. Cabría `preguntarse si los saltos que dio el salario mínimo a partir de la reforma hubiesen sido factibles con el régimen anterior. En efecto, en 1997 pasó de Bs. 15.000,00 a  Bs. 75.000,00, en 1998 se elevó a Bs.100.000,00 y en 1999 subió a Bs. 120.000,00.

14.- Es menester insistir en que  el  Estado Venezolano es el principal deudor de prestaciones, que no pagó las anteriores y no ha acreditado las actuales. La mayor antigüedad de los trabajadores, por razones obvias, se encuentra en el sector público, de modo que cualquier  regreso al recalculo multiplicaría las deudas del gobierno y con ello no se hará cosa distinta a echarle leña al fuego inflacionario.

15.- Por último, es de suponer, que ningún trabajador aceptará que le disminuyan sus prestaciones de 60 días por año a 30. Eso sería contrario al principio constitucional de la progresividad.

La izquierda borbónica no termina de admitir que la guerrilla de los 60 fue una mayúscula equivocación, que dejó muchas frustraciones y resentimiento. Tampoco admitirá que su valoración del cambio del régimen de prestaciones  también fue equivocada.

¿Está en camino otra metida de pata?


FUENTE: Venezuela Vetada

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SAMMY LANDAETA MILLÁN

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Sammy Landaeta Millán. Coronel de la Fuerza Aérea Venezolana, en Situación de Retiro, según resolución N°7446 de fecha 26 de julio de 2000 (Propia solicitud). Licenciado en Ciencias y Artes Militares (Opción Aeronáutica). Especialista en Administración de los Recursos de la Aviación. Maestría en el Empleo del Poder Aéreo. Diplomado Estado Mayor Conjunto N°14. Diplomado Curso Especial de Seguridad y Defensa para Ejecutivos. Piloto Aviador Militar. Piloto de Helicópteros Militares. Piloto de Helicóptero Comercial. Especialista en Búsqueda y Salvamento -SAR- Cursó estudios de Maestría en Ciencia Política en la USB. Presentó el Trabajo de Grado: "Política Militar, Misión de la FAN y Soberanía Nacional, a partir de 1999." Fue asignada la fecha de defensa pero el primer Jurado lo mandó a corregir -nos pronunciamos por escrito y presuntamente no gustó la motivación.- Se corrigió y se redujo el estudio a 50% y se presentó de nuevo a la Coordinación. Designaron dos Jurados adicionales y se INHIBIERON. El Dr. Frederick Welsch -Tutor de la tesis - salvó su voto. No obtuvo el Grado. ¿ORDEN DE LA REVOLUCIÓN?

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