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martes, 15 de diciembre de 2009

¡Policía Nacional!?//Coronel (Ej) Manuel A. Ledezma Hernández

¡Policía Nacional!?

Coronel (Ej) Manuel A. Ledezma Hernández

Renace la Policía Nacional, no porque se haya remozado, renace porque el proceso se repite.

Ya en el año 1936, siendo Presidente de la República el General en Jefe Eleazar López Conteras y atendiendo a las manifestaciones callejeras, aumento de la delincuencia, intensificación del contrabando por las fronteras y otros hechos que afectaban la tranquilidad de la nación, decide crear un cuerpo de Policía de carácter nacional. Luego de todo un proceso y asesoramiento de la Guardia Civil Española, se materializa el día 04 de agosto de 1937 con el nombre de Guardia Nacional.

Éste órgano policial nace con la adscripción al Ministerio de Relaciones Interiores y supervisión del Ministerio de Guerra y Marina.

Hoy, setenta y dos años más tarde, ve la luz una organización que nace bajo necesidades similares ~o fabricadas ex profeso~ y que depende, exclusivamente, del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia (MPPRIJ) y por consiguiente del Presidente de la República (¿acaso es el núcleo de las Tropas del Interior que existe en Rusia y que dependen del Ministerio del Interior?), para cumplir las funciones exclusivas de: fiscalización y aduanas; custodia diplomática y protección de personalidades; penitenciaria; control sobre el ingreso, registro, permanencia, salida y actividades de extranjeros en el territorio nacional; turismo; aeroportuaria; marítima; anticorrupción; sustancias estupefacientes y psicotrópicas; ambiental; delincuencia organizada; seguridad alimentaria; grupos armados irregulares; fronteras y antisecuestro; colaboración y el auxilio a las policías extranjeras de acuerdo con lo establecido en los tratados y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República; crear grupos o unidades tácticas; mantenimiento del orden público en todo el territorio de la República; auxiliar de policía judicial que le sean atribuidas por el Código Orgánico Procesal Penal y demás leyes especiales; dirigir la vigilancia del tránsito y transporte terrestre en todo el territorio de la República; las demás que la Constitución de la República y las leyes otorguen al Poder Público Nacional y cualquier otra vinculada a la prevención del delito.

¿Qué le queda a la Guardia Nacional?, ¿su desaparición tal y como estaba planteada en la deforma constitucional rechazada? ¡Los indicios dicen que !

Entremos ahora en otra materia, pero relacionada también con la Policía Nacional-FAN-de docentes-médicos.

Soy un convencido de que un país tiene tres pilares fundamentales que lo sostienen como un todo: salud, educación y seguridad, sin que este orden de mención signifique prioridad. Sin salud no puede existir educación ni seguridad; sin educación no puede existir salud ni seguridad y sin seguridad no puede existir salud ni educación. Sin esos pilares fundamentales es prácticamente imposible que se logre el desarrollo de una Nación y para muestra es suficiente revisar lo que pasa en la actualidad con la inseguridad jurídica que permite acabar con empresas productivas y que siembra el temor a la inversión; lo que sucede con la inseguridad física que da origen a la enorme cantidad de asesinatos cada fin de semana y que llega a superar, proporcionalmente, a los fallecidos en aquellos países que se encuentran en guerra; es suficiente ver la deplorable situación de la asistencia médica y el ruinoso estado de los centros dispensadores de salud y de los centros docentes.

Salud, educación y seguridad es un ciclo similar al de reciclaje e inclusive podría representarse con el símbolo que identifica a ese ciclo.

En cuanto a la seguridad, no puede estar restringida al concepto tradicional de la misma: seguridad física; el concepto de seguridad es mucho más amplio y él va desde esa seguridad física hasta el infinito, pasando por la jurídica, calidad de vida y todas aquellas seguridades que pertenecen al ser humano para que pueda desarrollarse y hacerse cada día mejor en beneficio propio, de sus semejantes y por ende, de la Nación.

Por supuesto dentro de esa seguridad juegan un papel primordial los cuerpos armados de la nación, y uno de ellos es la policía, bien sea nacional, de los Estados o de los Municipios; son organizaciones integradas por seres humanos que merecen respeto y una excelente calidad de vida, pero sin que ello sea un privilegio de ese sector, porque el mismo derecho lo tienen los médicos y los trabajadores de la salud, los docentes de todos los niveles académicos, los militares profesionales y alistados y cualquier gremio al servicio exclusivo del País.

¿A qué viene todo esto?

Esto obedece a que el pasado 04 de diciembre del presente año el “individuo”, psicopata y camorrero anunció las remuneraciones que percibirán los integrantes de la Policía Nacional ¡justas y merecidas remuneraciones!, pero… ¿y el resto de los sectores de la población cuyas remuneraciones dependen del Ejecutivo Nacional y que prestan sus servicios como médicos, enfermeros, trabajadores de la salud, maestros, profesores, y los integrantes de la Fuerza Armada Nacional (denominación establecida en la Constitución de 1999)?

Veamos algunos números, referidos sólo al ámbito militar por ser el sector que, más o menos conozco y domino.

El “individuo” Golpista del 92 anunció que un Oficial de la Policía Nacional, inicio del primer nivel en la jerarquía, con un año de formación, según la Ley del Estatuto de la Función Policial (*), devengaría un sueldo básico de dos mil ochocientos bolívares (Bs. 2.800,00) más una Prima por riesgo de trescientos bolívares (Bs. 300,00), esto es excelente, mucho más que merecido, pero que pasa con la FAN? Pues bien, veamos:

Un Teniente (antes Subteniente) o Alférez de Navío, luego de cuatro años de estudios y Licenciado en Ciencias y Artes Militares tiene un sueldo básico de un mil setecientos cincuenta y tres con noventa y cinco (Bs. 1.753,95), usted, Teniente o Alférez de Navío, ¿comenzó a captar la diferencia?, ¿y la Tropa Profesional?; ¡están peor!, ya que un Sargento Segundo que pasó por el servicio militar y acudió a una escuela para su capacitación como tal, tiene un sueldo básico de mil treinta y seis con dieciocho (Bs. 1.036,18); ¡pero es que aquí no termina la injusticia, la incongruencia, lo absurdo y las decisiones viscerales del “individuo” y sus consecuencias porque, ¿sabe usted a cuánto asciende el sueldo básico de un Sargento Mayor Supervisor con ¡TREINTA Y TRES AÑOS! de servicio?... ¡dos mil cuatrocientos setenta y uno con cuarenta y tres bolívares (2.471,43), ¿y usted Sargento sigue gritando ¡Patria, Socialismo o Muerte!?; pues bien, de seguir las cosas así tendrá la muerte pero… ¡de hambre!, porque por los vientos que soplan su aumento, si es que lo decretan, muy difícilmente pasará de un treinta por ciento, tal y como siempre ha sido (Dios quiera que me equivoque y sea mucho mayor), ¿o es que usted tiene las mismas posibilidades de “ahorrar” como lo tienen ciertos Oficiales, especialmente los Generales y Almirantes?

Sigamos.

Un Supervisor, inicio del segundo nivel, luego de nueve años de servicio y haber obtenido la Licenciatura, según la Ley del Estatuto de la Función Policial, devengará un sueldo básico de cuatro mil quinientos cuarenta bolívares (Bs. 4.540,00), sueldo equivalente al que devenga un General de Brigada o Contralmirante, con Máster o Doctorado en Defensa Nacional y ¡VEINTICINCO! años de servicios y cuyo sueldo básico es de cuatro mil quinientos setenta y uno con ochenta y nueve bolívares (Bs. 4.571,89), ¿se da cuenta usted, General de Brigada y Contralmirante, cuánto le vale dejar sus pulmones al gritar ¡Patria, Socialismo o muerte!?

El tercer nivel comienza con el Comisionado, este ciudadano, luego de 18 años de servicio, con estudios de 4º nivel con una duración mínima de cuatro semestres, según la Ley del Estatuto de la Función Policial, devengará un sueldo básico de cinco mil ciento ochenta y cuatro bolívares (Bs. 5.184,00), equivalente al sueldo básico de un General de División o Vicealmirante, con ¡TREINTA Y DOS! años de servicios y cuyo sueldo básico es de cinco mil ciento treinta y seis con noventa y ocho bolívares (5.136,98), ¿y aún con esto usted sigue “calentando silla”, o es que sus “beneficios colaterales” son espléndidos?

Todo confirma que la deforma constitucional continua adelante desenfrenadamente y la humillación y desintegración de la FAN profesional marcha ¡a paso de vencedores!

¡Viva la incapacidad, la ignorancia, la indiferencia, la mediocridad, la falta de unidad entre los retirados y sobre todo el acoso y desprecio por los que tratan de reivindicar los derechos de los ciudadanos venezolanos que visten o vistieron el uniforme militar!

(*) Gaceta Oficial Nº 5.940 Extraordinario del 7 diciembre 2009

Diciembre, 08 de 2009