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domingo, 17 de octubre de 2010

Cubillas: extradición imposible // La ley venezolana y los tratados bilaterales 'blindan' para siempre al etarra

Cubillas: extradición imposible

La ley venezolana y los tratados bilaterales 'blindan' para siempre al etarra

18.10.10 - 00:31 -
«Cero, o casi cero. Las posibilidades son escasísimas». Los servicios jurídicos del Estado no pueden ser más claros y así se lo han hecho saber a Moncloa: conseguir la extradición del etarra Arturo Cubillas Fontán, el supuesto adiestrador de militantes de ETA en Venezuela, será misión imposible. Al margen del evidente desinterés del Gobierno de Hugo Chávez por detener al supuesto terrorista nacionalizado venezolano, la legislación de la República Bolivariana y los tratados bilaterales aparentemente le servirán de escudo ante cualquier petición de entrega judicial.
El Gobierno español, por el momento, no piensa mover ficha, según han informado responsables del Ejecutivo. El próximo paso, entienden los abogados del Estado y los expertos de Exteriores, solo lo puede dar el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco: pedir formalmente la extradición.
Este juez es que el instruye el sumario 75/09, en el que se centralizan las investigaciones sobre la supuesta relación de ETA con las FARC en territorio venezolano. Velasco ha recibido en los últimos días de mano de su colega Ismael Moreno la parte del sumario sobre el 'comando Donosti' que revela que los dos últimos etarras detenidos por la Guardia Civil, Javier Atristain y Juan Carlos Besance, fueron adiestrados en 2008 en Venezuela.
Fue Velasco el que el 24 de febrero de este año ordenó la búsqueda y captura internacional de Cubillas junto a otros once miembros de ETA y las FARC por sus entrenamientos conjuntos en la selva amazónica. Según han informado mandos de la lucha antiterrorista, el 1 de marzo la sede central de Interpol en Lyon distribuyó en sus 188 países asociados el 'código rojo', la orden de captura 'prioritaria' a efectos de extradición contra Cubillas por los delitos de tenencia de explosivos, colaboración con banda terrorista y conspiración para cometer homicidios terroristas. Sin embargo, el 'código rojo', la máxima alerta policial de Interpol, ha sido ignorado por las autoridades venezolanas, que, siete meses y medio después, ni siquiera han notificado que Cubillas se encuentra en su territorio nacional.
El aviso de la localización de Cubillas, en condiciones normales, hubiera sido suficiente para que la Audiencia Nacional reclamara automáticamente la detención inmediata para su extradición. Según responsables judiciales, a falta de esa notificación que jamás va a llegar, Velasco tiene intención de pedir la entrega judicial basándose en las «evidencias públicas» de que Cubillas se encuentra en Venezuela, empezando por la carta que envió la pasada semana a la Fiscalía de Caracas clamando por su inocencia.
El Gobierno, por boca de la vicepresidenta Fernández de la Vega, ya ha anunciado que tramitará de inmediato la petición de extradición y ahí empezará la «yincana jurídica» en la que con toda probabilidad quedará atrapada la petición. El primer obstáculo ya parece insalvable. Es el artículo 69 de la Constitución de la República Bolivariana, que expresamente «prohíbe la extradición de venezolanos y venezolanas». Arturo Cubillas a todos los efectos es venezolano desde, al menos, 2004, cuando fue nacionalizado y obtuvo el pasaporte, la cédula de identidad y el derecho al voto.
Más todavía, el artículo 8.1 del tratado de extradición hispano-venezolano vigente (el de 1990) deja abierta la puerta a que cualquiera de los dos países «pueda rehusar la concesión de la extradición» de sus propios nacionales.
Pero no todo estaría perdido, según los responsables de Exteriores. La Constitución Bolivariana en su artículo 35 reitera que «los venezolanos y venezolanas por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad», pero matiza que «la nacionalidad venezolana por naturalización (como es el caso de Cubillas) podrá ser revocada mediante sentencia judicial, de acuerdo con la ley».
«Resquicio muy remoto»
Los juristas internacionales del Estado creen que el único «resquicio remoto de éxito» sería probar que Cubillas hizo por nacionalizarse venezolano precisamente para impedir de forma «fraudulenta» su entrega a España, una excepción que también se contempla en el tratado de extradición. El problema radica en que el presunto etarra consiguió el pasaporte en 2004, cuando España no le reclamaba, y después de cumplir por partida triple los requisitos que el artículo 33 de la Constitución de Venezuela establece para la naturalización: residencia ininterrumpida por diez años, o residencia de cinco años si el solicitante es de nacionalidad española, o matrimonio con un venezolano de origen.
Así las cosas, solo cabría que Cubillas perdiera la nacionalidad por la sentencia de un tribunal venezolano tras ser condenado por un delito, pero las autoridades de la República Bolivariana ya han insistido hasta la saciedad en que el historial del etarra en su territorio está absolutamente limpio.