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martes, 25 de enero de 2011

EL CASO PEÑA ESCLUSA COMO MODELO // Por: Luis Marín


EL CASO PEÑA ESCLUSA COMO MODELO
El caso de APE está montado sobre un “acta policial” que contiene la declaración de un comisario de la policía política del régimen identificado como David Colmenares donde relata, con sus propias palabras, una conversación que habría tenido con el presunto terrorista salvadoreño Francisco Chávez Abarca, en la sede del SEBIN, en la que le insinúa la posibilidad de no enviarlo a Cuba si le daba alguna información. Se ignora cómo lo identificó plenamente para efectos de un juicio, porque según dicen ellos mismos Chávez Abarca intento ingresar a Venezuela con pasaporte e identidad falsos.
Según ha trascendido, Chávez Abarca informó haber conocido a Peña Esclusa en Honduras durante el régimen de Zelaya, siendo que APE nunca había estado en ese país y lo visitó por primera vez durante el gobierno provisional de Micheletti.
Pero además, el mismo Chávez Abarca se presenta como testigo referencial respecto de la participación de APE en supuestos planes desestabilizadores, porque lo habría mencionado una interpuesta persona, un tal Daniel, del que no se sabe quién es, dónde está, qué tiene que ver con el asunto, ni cómo se relaciona con APE, ni con el mismo Chávez Abarca.
O sea, que la secuencia es así: David Colmenares dice que Chávez Abarca le dijo que un tal Daniel le dijo que APE le dijo que lo quería contratar para un plan desestabilizador. Como se ve, una sólida cadena de evidencias criminalísticas.
Si esto no fuera suficientemente deleznable, lo siguiente es peor. Un allanamiento ilegal, entre gallos y medianoche, en el que el mismísimo David Colmenares declara haber  encontrado en la residencia de APE un centenar de cápsulas detonantes y una substancia que parece ser un explosivo conocido como C-4.
Con la misma verosimilitud con que escribe, declara a los medios enfrente de la residencia allanada que los familiares de APE “han reconocido los hallazgos”. “La señora (Indira) dice que no sabe cómo obtiene eso su esposo; todo eso se lo responsabiliza a él.” Anuncia que “habrá nuevos allanamientos” (que nunca se produjeron), como parte de “una serie de trabajos” cuyos contenidos y resultados se ignoran.
A juzgar por las reiteradas declaraciones de la señora Indira de Peña Esclusa, pueden abrigarse razonables dudas de la fidelidad de las citas y lo textual de las reproducciones que hace el comisario David Colmenares de las declaraciones que dice haber recibido.
No obstante el reportero de VTV, Boris Castellano, fiel exponente de la información veraz, entre comentarios sobre el presunto terrorista Chávez Abarca pasa, sin solución de continuidad, a referirse a “el terrorista Peña Esclusa”. Los medios oficiales publican notas según las cuales “los familiares confirman” el hallazgo en su residencia de las cápsulas detonantes y explosivos.
El hecho cierto, la verdad, es que “los familiares” de APE son tres niñas menores de edad y su esposa Indira. ¿Cómo alguien, con sólo ser una persona normal, en su sano juicio, puede afirmar que ellas han confirmado las calumnias de David Colmenares?
El caso es que APE lleva medio año en las mazmorras de la policía política comunista, con base exclusivamente en las declaraciones de un solo comisario de esa misma policía, lo cual impone una reflexión no sólo jurídico penal, política, sino sobre todo ética.
Siempre se había dicho que los jueces deben tener como norte de sus actos la verdad, sus estandartes eran la imparcialidad y la probidad. ¿Será ésta una aspiración legítima en la Venezuela actual?
JUSTICIA REVOLUCIONARIA
Uno de los aspectos más desconcertantes de la judicialización de la persecución política en Venezuela es la invención de delitos sin víctimas, sin daño, sin dolo ni culpa, sin acción, sin móvil, cómplices necesarios de autores principales inexistentes, lo que ha configurado tipos penales tan extraños como asociación sin socios, terrorismo sin actos terroristas ni terror, estafas sin estafados, todo esto sin que el régimen haya formulado una nueva teoría del delito revolucionaria, lo que convierte a los juristas del horror en un horror de juristas.
El caso de APE puede servirnos perfectamente como ejemplo ilustrativo para tratar de comprender cómo funciona este singular mecanismo, considerado tan eficaz que se ha convertido en el único producto de exportación de la ALBA, en vista de cómo su uso se ha ido extendiendo por Bolivia, Ecuador y Nicaragua.
Los antecedentes de aplicación del modelo quizás se encuentren en el caso Anderson, porque fue allí que los cubanos decidieron dar un paso crucial, apremiados por la presión de los hechos que se les venían encima y reaccionando con el mismo acto reflejo de Fidel Castro, rompiendo totalmente con el sentido común.
Entonces realizaron acusaciones completamente estrafalarias basándose en el principio de la propaganda nacionalsocialista según el cual mientras más grande sea una mentira con tanto más facilidad tenderá a creerla el público, por el simple razonamiento de que si aquello no fuera cierto ¿quién se atrevería a decirlo?
Como se recordará, cuando todas las evidencias apuntaban a que el atentado había sido cometido por el mismo gobierno y los nombres de sus funcionarios comenzaron a ser mencionados espontáneamente por el público como evidentes responsables, lanzaron una acusación inconcebible contra personas insospechables, con lo que, considerados como enemigos, podían confundir sin tener nada que perder.
La misma lista era indigerible: Patricia Poleo, premio Rey de España por una investigación sobre el caso Montesinos, que había develado una de las más infames conspiraciones de JVR; Nelson Mezerhane, a quien ya para entonces no hallaban de qué no-acusarlo; Salvador Romaní y ¡aquí es donde el diablo muestra el rabo!
Aunque sea imposible establecer un nexo entre estas personas que ni siquiera se conocían ni eran compatibles entre sí, ¿qué puede tener que ver Romaní con todo esto? El único vínculo es el odio contra su padre, un ferviente combatiente contra la tiranía de Castro, por lo que sus agentes aprovecharon para echarlo en la hoguera.
Para nuestros efectos lo que interesa es que esta acusación temeraria y absurda produjo una ruptura en la realidad, abrió una brecha por donde se han ido colando todos los demás casos, bajo el slogan típico del totalitarismo según el cual “todo es posible”.
Bajo las condiciones totalitarias que existen en Cuba el mecanismo tiene la ventaja de contar con la hegemonía comunicacional del régimen, por lo que a la imposición de una “verdad oficial” se une el hecho de que ésta no puede ser cuestionada por nadie, en público, así que reina en la superficie, mientras todo cuestionamiento, la “verdad real”, discurre en un plano subterráneo, típico del ambiente totalitario.
Por ejemplo, todo el mundo sabe que el general Arnaldo Ochoa fue víctima de una conjura palaciega para evitar que se convirtiera en el sucesor de Castro, siguiendo los nuevos vientos que venían de Moscú. Nadie podía imaginarse que Castro se atreviera a romper con la URSS y seguir el camino solo, sin embargo, eso fue lo que hizo.
El juicio de Ochoa, llamado Causa Nº 1, es un modelo de la temeridad inconcebible de Castro, así como de su proverbial manejo de los tribunales, que para algo le ha servido su profesión de abogado, desde que comenzó con aquel alegato “la historia me absolverá” en que actuaba como acusado y que continúa, utilizando los estrados como escenario teatral, dramatizando ora como testigo ora como acusador, pero eso sí, sin permitirle hablar a la defensa, lo que le garantiza las resultas del “juicio”: el paredón para sus víctimas.
Lo que no puede evitar es que se le vea el certificado de origen al producto, como a todo lo que provenga de la ALBA.
EL ABOGADO DEL DIABLO
Pero imaginemos por un instante que el régimen tiene razón y sus infundios son ciertos. Unas panelas de C-4 regadas por aquí y por allá, del lavadero a un closet cualquiera hasta la gaveta del escritorio de una niña de 8 años, no configuran la conducta típica de un temible terrorista sino todo lo contrario, transmite la impresión de un sketch de Los Tres Chiflados.
Para alegar la amenaza siempre se ha puesto como condición que ésta pueda causar impresión en persona sensata y tratándose de la seguridad nacional, tiene que ser de tal magnitud que efectivamente haga mella más que en las personas en las instituciones.
Daría risa si no fuera trágico que un régimen militar que apoya el programa nuclear de Irán que tiene por finalidad “borrar a Israel del mapa” y ha iniciado el proceso de procurarse sus propias bombas atómicas; que ha erizado el país de misiles S-300, que se ufana de sus aviones Sukhoi y tanques T-90; que desafía todos los días a la primera potencia militar del planeta; que está apoyado por 100.000 soldados cubanos y un millón de milicianos, ahora se sienta amenazado por lo que sea que quepa en el escritorio de una niña de 8 años.
Esa amenaza no es seria ni creíble, sobre todo porque remitiéndose estrictamente a los hechos, nunca ha ocurrido tal alteración del orden público, desestabilización, ni ningún acto terrorista. El primer problema de la Fiscalía sería mostrar lo que tradicionalmente se llama “el cuerpo del delito”. Sin éste no puede conocerse el móvil, que permita establecer la vinculación subjetiva del acusado con el resultado de su acción. No puede haber delito sin la manifestación exterior de una conducta tipificada como tal en ley previa, según la definición tradicional que concibe al delito como hecho típico y dañoso.
¿Cuáles son las acciones u omisiones concretas que produjeron cuál resultado material que constituya un daño que le puedan imputar a APE? ¿Aparecer mencionado en una supuesta acta policial? ¿Ser víctima de un allanamiento estrafalario?
El problema es que los jueces no se limiten a aplicar la ley al caso concreto de una manera imparcial, sino que traten de adecuar sus decisiones a una finalidad política, lo que más convenga a la “revolución”, sea que lo hagan por temor o convicción, el resultado es el mismo: Se excluye de toda protección legal a las personas consideradas enemigos políticos.
En consecuencia se rompe el pacto de convivencia, pues no se ha encontrado ningún otro fundamento para la obediencia civil que la protección que ofrece el Estado a la vida y los bienes de sus ciudadanos. Todos los filósofos jurídico-políticos coinciden en destacar esta relación fundamental entre protección y obediencia como base del pacto social. Si el Estado incumple su parte, libera al ciudadano de la suya y abre paso a la resistencia civil a leyes y decisiones unilaterales.
Lo más insultante de las patrañas judiciales no es la mendacidad y falta de escrúpulos de sus autores, sino lo burdas y mal armadas que están, lo que pone de relieve el olímpico desprecio de los militares comunistas por la dignidad e inteligencia de los civiles.
Así como destaca una fe inconmovible en la fuerza bruta.

Luis Marín
23-01-11