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domingo, 6 de febrero de 2011

CHAVEZ, PAGANOS EL BONO DE ALIMENTACIÓN CUMPLE CON LA SENTENCIA DE TSJ


CHAVEZ, PAGANOS EL BONO DE ALIMENTACIÓN
CUMPLE CON LA SENTENCIA DE TSJ
 
Más de siete años tienen los proyectos elaborados de la ley de Seguridad Social de la Fuerza Armada en los archivos de la Asamblea Nacional, habilitantes han pasado y no ha sido aprobada. Esperemos entonces, que en esta oportunidad en que la AN ha otorgado plenos poderes para legislar a nuestro presidente Tcnel. (ej) ® Hugo Chávez Frías, se digne aprobar dicha ley y de una vez le ponga el ejecútese. Ya no hay más excusas,  son once años en el poder prometiendo y prometiendo, la extinta asamblea nacional nunca tuvo tiempo para su discusión, no hubo interés político ni de ningún otro tipo. ¿Será que los que hemos pasado por la fuerza armada no merecemos tener una digna jubilación? ¿Qué impide esta aprobación?.  Por si usted no lo sabe, cosa que  dudo:
 
*        Los militares que pasamos a retiro, perdemos el derecho a alimentarnos, o sea a comer; así como lo lee. Al pasar a retiro perdemos la prima de alimentación. El 16 de mayo del 2008, el Tribunal Supremo de Justicia reconoce y acuerda el pago del bono de alimentación a todo el personal retirado y sobrevivientes con derechos, y hasta la presente fecha no ha habido forma que de algún jerarca de su gobierno haya ordenado darle cumplimento a tal decisión, bueno esta es su oportunidad.
 
*        Perdemos el derecho a distraernos y salir de vacaciones, porque dejamos de cobrar  el bono recreacional que cobrábamos cuando éramos activos. Ósea que cuando tenemos el tiempo disponible para distraernos no podemos hacerlo, cuando éramos activos nunca pudimos disfrutar de treinta días continuos de vacaciones por que siempre privaba el servicio a la patria.
 
*        La mayoría de los oficiales  en situación de retiro, no cobran la prima de profesionalización, porque a alguien se le ocurrió que solamente  pueden cobrar esa prima los que pasaron a retiro desde el 2004. Habrase visto mayor ejemplo de exclusión.
 
*        Los militares activos y retirados cobramos una prima por años de antigüedad, sabe usted el monto de esa prima. Bueno, cobramos DOS BOLIVARES FUERTE, POR AÑO DE SERVICIO, OSEA QUE UN MILITAR QUE PASÓ TREINTA AÑOS DE SERVICIO, COBRA SESENTA BOLIVARES DE ASIGNACION DE ANTIGÜEDAD.  Nada que ver con las asignaciones que cobran los demás funcionarios, esta prima solo alcanza para comprar kilo y medio de pimentón.
 
 
*        El sueldo básico de un Guardia Nacional  es de 1.450.65, pero el sueldo mínimo establecido es de 1223.oo bsf, ósea que un GN gana  227.65 bolívares sobre el sueldo mínimo. Un GN quizás gana menos que un conserje de edificio.
 
*        La cobertura del Seguro Horizonte es pirrica, a un general en jefe le cubre  la cirugía y hospitalización 16.000  bfs. A un GN la cantidad de 11.000.bsf. los gastos funerarios cubren hasta cinco mil bolívares, Cirugía y maternidad para la esposa de un coronel, le cubre 5.000,00 bsf. Muerte natural 11.000,00 bsf. Como usted verá nada que ver con la cobertura de ustedes los demás funcionarios de la administración pública.
 
Estoy seguro, Señor presidente que usted tiene conocimiento de la situación planteada anteriormente, esta es su oportunidad; sorpréndanos y lúzcase, apruebe esa Ley que tenemos once años esperando por ella. Recuerde, que nosotros también somos pueblo.
 
Artemio Boada Díaz
Coronel ® GN
ENE-2011 
  
 
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