PAGINAS Y RECORTES

miércoles, 2 de febrero de 2011

¡CIRCUFAN vs IORFAN! // Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¡CIRCUFAN vs IORFAN!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Circula en la red una comunicación-respuesta que da el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar de las Fuerzas Armadas ~designación según el Estatuto Orgánico y el Reglamento General del Círculo Militar~ al Ciudadano Vicealmirante José J. Boggiano Pericchi, Director General de Control de Gestión del MPPPD a quién está adscrito el ahora denominado Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana (obsérvese que la fuerza armada, según la correspondencia en cuestión, dejó de ser FAN para transformarse en FAB, ¿guardia pretoriana?) para justificar el desalojo y secuestro de los bienes muebles y documentación de la Delegación IORFAN-TÁCHIRA.
Aún cuando he criticado la gestión y funcionamiento del IORFAN y que considero a este Instituto un “caballo muerto”, hasta que me demuestren lo contrario, no justifico la arbitrariedad, la grosería y la falta de respeto y consideración llevada a efecto por un coronel (sic) que ocupa un cargo temporal y que, más tarde que nunca, también pasará a la situación de retiro, aunque aún le queda la “esperanza” de que sea reencauchado gracias a su heroica actuación bélica en contra de sus propios compatriotas, maestros y compañeros de armas; pero lo más grave no es que un “SUBalterno” haga lo que hizo ese oficial activo, lo grave es que su jefe inmediato lo apoye y trate de justificar una grosería.
Si el IORFAN en verdad se aprecia de ser un Instituto DEL MISMO E IDÉNTICO NIVEL al Círculo Militar y al IPSFA, debería dar una respuesta clara y contundente al presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar, pero… “el cují no da cambures”.
En la comunicación remitida por el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar, se afirma:
1. Por instrucciones de la INGENFANB, según el informe de inspección Nº IG-DI-IS-003-2010 del 25 mayo 2010, el IORFAN Sucursal San Cristóbal debe entregar la oficina que funciona como su sede provisional o en su defecto cancelar (sic) un canon de arrendamiento acorde con el que se cancela (sic) en esa región, a fin de continuar y mejorar el proceso de autogestión de todas las sucursales del IACFAB (sic) que se lleva adelante desde 2008.
Al respecto se puede resaltar:
A. El INSTITUTO de Oficiales Retirados de la FAN no tiene conocimiento de esa “orden” impartida por la Inspectoría General de la FAN.
B. La Seccional que este INSTITUTO tiene en el Estado Táchira no es una “sucursal”, ni es una dependencia autónoma con atribución para firmar contratos de arrendamiento individuales ya que ello podría comprometer el presupuesto del IORFAN y dar origen a daños patrimoniales y conflictos judiciales.
C. El presidente de la Junta Administradora del IACFAN nunca notificó al IORFAN su decisión de hacer desalojar la oficina donde funcionaba la Seccional IORFAN Táchira, decisión que necesariamente tenía que ser consultada a su Consejo Directivo y notificada al Vocal que representa a los Oficiales en situación de retiro en dicho Consejo Directivo, conforme al Estatuto Orgánico del Círculo de las Fuerzas Armadas, Decreto Nº 54 del 14 de noviembre ce 1953, vigente.
D. El artículo 1º del Estatuto Orgánico del Círculo de las Fuerzas Armadas señala claramente la misión del Círculo Militar, su contenido reza así: “El Círculo de las Fuerzas Armadas tiene por misión contribuir a una mayor identificación entre Profesionales de la Institución Armada y al incremento de la vida social de ellos y de sus familiares.”
De su análisis se deduce que el Círculo Militar tiene la obligación de contribuir a una mayor identificación entre Profesionales Militares y al incremento de la vida social entre ellos y de sus familiares, lo cual ha sido reemplazado por una visión mercantilista en detrimento de su función social alegando como excusa “…continuar y mejorar el proceso de autogestión de todas las sucursales del IACFAB (sic) que se lleva adelante desde 2008…,” lo cual nos permite preguntar: ¿A cuánto asciende y cuál es el destino del descuento que se hace a cada Oficial, en servicio activo o en situación de retiro, así como a todos los familiares sobrevivientes de los Oficiales fallecidos? ¿A cuánto asciende y cuál es la inversión del presupuesto asignado por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa? ¿Cuál es el destino del dinero recibido por los alquileres de locales para restaurantes, fiestas, conferencias, etc.? ¿Cuál es el destino de los dineros obtenidos por concepto de alquiler de habitaciones de los hoteles del Círculo a nivel nacional? Solo por mencionar algunos ingresos.
E. El presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar, en su comunicación, informa que “Por instrucciones de la INGENFANB, según el informe de inspección Nº IG-DI-IS-003-2010 del 25 mayo 2010, el IORFAN Sucursal San Cristóbal debe entregar la oficina...” lo cual podría constituir una extralimitación de funciones de parte de ese órgano inspector ya que el reglamento que lo rige, “Reglamento de la Inspectoría General de las Fuerzas Armadas Nacionales”, del 12 de enero de 1968, vigente, señala:
Artículo 4. El Inspector General de las Fuerzas Armadas Nacionales dará cuenta inmediatamente al Ministro de la Defensa de todas las observaciones que obtuviere durante sus inspecciones periódicas y de las medidas que tome para normalizar la vida militar o naval y activar el desarrollo de la instrucción.
Artículo 5. El Inspector General de las Fuerzas Armadas Nacionales podrá dirigirse cuando lo estime conveniente, por órgano de la respectiva Comandancia de Fuerza, a una o a todas las reparticiones militares de tierra, mar y aire, solicitando los datos concernientes a la instrucción y disciplina.
Artículo 8. Las disposiciones emanadas de las distintas reparticiones de las Fuerzas Armadas Nacionales que se relacionen con sus funciones, serán comunicadas al Inspector General de las Fuerzas Armadas Nacionales, para su debido conocimiento, por órgano de la Comandancia respectiva.
Como se aprecia la Inspectoría General de la FAN no es un órgano de Comando y por lo tanto no está dentro de sus funciones impartir órdenes tal y como se desprende de la afirmación: “…el IORFAN Sucursal San Cristóbal debe entregar la oficina...” Aunado a esto, cualquier instrucción que deba impartir la Inspectoría General de la FAN deberá ser hecha a través del órgano regular del cual dependa la unidad o dependencia que deba recibir esas instrucciones, así se deduce del contenido de los artículos 5 y 8 del reglamento que rige a ese órgano supervisor. Por analogía, la Inspectoría, en cumplimiento de esos dos artículos, tenía que dirigirse al Director General de Control de Gestión del MPPPD para que éste procediera a dictar las instrucciones correspondientes al presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar y al presidente de la Junta Administradora del IORFAN
En atención a lo expresado, el IORFAN debe solicitar una copia del  Informe de inspección Nº IG-DI-IS-003-2010 del 25 mayo 2010.

Segundo punto de la comunicación IACFAN Nº 0758, de fecha 20 de diciembre de 2010:
2. El mencionado local que ocupaba el IORFAN, en la Sucursal de San Cristóbal, ha sido solicitado por el IPSFA para abrir una oficina (militares civiles) (sic) de esa localidad. Así mismo el Banco Bicentenario, ha manifestado la necesidad de colocar una agencia en ese mismo sitio del Círculo Militar. Ambas entidades han ofrecido un pago por concepto de arrendamiento bien importante para nuestro Instituto.
En este punto, el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar confirma el cambio de la misión y del objetivo para lo cual fue creado el Círculo Militar, transformándolo de una organización de carácter eminentemente social a una “empresa de producción capitalista”
Adicionalmente, es de hacer notar que se pretende dar prioridad a un Instituto en perjuicio del INSTITUTO de Oficiales Retirados de tan igual nivel jerárquico como el Círculo Militar y el IPSFA. ¿El presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar tuvo la cortesía de dirigirse a la Junta Administradora IORFAN para plantear la situación que se presentaba con el local donde operaba la Seccional Táchira y dar una solución satisfactoria para ambos Institutos?

Tercer punto de la comunicación IACFAN Nº 0758, de fecha 20 de diciembre de 2010:
3. Motivado al recorte del presupuesto para el año 2011, en la partida 4.01 (gastos de personal) es inevitable, que el Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana (incluye sucursales y estaciones de servicios) tenga que generar recursos administrativos para pagar la nómina de empleados y obreros; en consecuencia se hace imperativo la utilización de todos los medios disponibles y espacios productivos.
El argumento del recorte presupuestario también es válido para el IORFAN el cual fue reducido en más de 180.000,00 bolívares, lo que obliga a realizar ajustes importantes en su operatividad y poder cumplir con la misión y los objetivos que les corresponde en beneficio de la atención de las personas más vulnerables de la Fuerza Armada Nacional, como lo son los Oficiales en situación de retiro y sus familiares sobrevivientes quienes, en su casi totalidad, son personas de la Tercera Edad y ancianos.
Es muy bien conocido por todos los militares, tanto en servicio activo como en situación de retiro, que el Círculo Militar tiene un gran potencial, tanto en infraestructura como en cotizaciones de los Oficiales activos (no cotizan al IORFAN), de los Oficiales en situación de retiro y de los familiares sobrevivientes, además del presupuesto asignado por el MPPD, amén de los ingresos derivados de su actividad comercial; todos estos ingresos muy bien pueden rendir lo suficiente para cubrir los gastos de operación y mantenimiento de dicho Círculo Militar ~debe demostrarse lo contrario~ sin necesidad de recurrir a medidas inconsultas y arbitrarias de cierre de oficinas y secuestro de los bienes y documentos que en ella se encuentren.

Cuarto punto de la comunicación IACFAN Nº 0758, de fecha 20 de diciembre de 2010:
4. El Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana, se debe a sus socios y afiliados, tal como lo establece su reglamentación vigente; más no, a los grupos u organizaciones que los socios conformen para el logro de sus propios intereses. Es importante resaltar, que cada vez que el IORFAN ha realizado reuniones y otras actividades de la región de San Cristóbal, siempre se les ha apoyado con los espacios de la sucursal.
Este punto, además de contradictorio es ofensivo, desconsiderado, ya que el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar califica al IORFAN, INSTITUTO de su mismo nivel jerárquico, como un “…grupo u organización conformado por socios para el logro de sus propios intereses. ¿Acaso el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar desconoce, o se niega a reconocer, que el INSTITUTO DE OFICIALES RETIRADOS DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL es un Instituto tan igual al que él administra y que el IORFAN se rige por una Ley y no por unos Estatutos?
La aseveración hecha en este punto 4 “El Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana, se debe a sus socios y afiliados…” se ajusta a lo que señala el Estatuto Orgánico del Círculo de las Fuerzas Armadas, Decreto Nº 54 del 14 de noviembre ce 1953, vigente, en su artículo 1º “El Círculo de las Fuerzas Armadas tiene por misión contribuir a una mayor identificación entre Profesionales de la Institución Armada y al incremento de la vida social de ellos y de sus familiares,” pero la actuación del presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar está reñida con su propia afirmación y reconocimiento del propósito, razón, misión y objetivos que le imponen su Estatuto Orgánico.
En cuanto a que “…siempre se les ha apoyado con los espacios de la sucursal.”, además de que es una obligación del Círculo Militar impuesta por sus propios Estatutos y por el Reglamento General que lo rige, ese “apoyo” brindado no es gratuito porque para realizar alguna actividad es necesario pagar los alquileres y otros conceptos que exige el Círculo Militar. Vaya usted y solicite algún local en el Círculo en Caracas y pida un presupuesto, quedará asombrado por lo costoso.
Por lo expuesto anteriormente, el IORFAN debería solicitar, con resolución y firmeza, que se dicten las instrucciones necesarias para que la oficina que ocupaba la Seccional Táchira, en el Círculo Militar de la ciudad de San Cristóbal, sea reabierta, se devuelvan los bienes y documentos secuestrados y se inicien las conversaciones, de Instituto a Instituto, sin minusvalía alguna, para llegar a un acuerdo sobre el uso de la oficina en cuestión.

P.D.
Observe la simbología en el lado derecho de esta firma. ¿Cuál será su significado? ¿Alférez 4º entre 118? ¿…?
Simbología.jpg
Febrero, 01 de2011