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jueves, 1 de agosto de 2019

NECESARIA INSTITUCIONALIDAD DE LOS MANDOS MILITARES. FORO MILITAR VENEZOLANO. INFORME DEL FORO Nro. 004-7-19

INFORME DEL FORO Nro. 004-7-19 

NECESARIA INSTITUCIONALIDAD DE LOS MANDOS MILITARES 

Una vez más, El FORO MILITAR VENEZOLANO, consciente de su responsabilidad social de clarificar verdades científicas, legales o doctrinarias, que afloren a la palestra pública y que atenten contra la eficiencia y la operatividad de las FFAA, o desvirtúen y dañen el empleo de los profesionales militares o sus concomitantes; a los fines de ayudar a resolver problemas de incomprensión o confusión doctrinaria o jurídica, siempre en el marco de la Constitución y las leyes...” 

INFORMA 
Ante la insistente mala práctica en su comportamiento profesional y el forzamiento de actos ejecutivos, que rayan en lo antijurídico y antiético en nombre de la institución Fuerza Armada Nacional por parte del Ministro de la Defensa, quien como actor vocero legal de la institución, en el restringido campo de la organización y disciplina establecidos en la Ley, haciéndose acompañar de un innumerable grupo de oficiales de diferentes jerarquías, vocifera de manera indigna con mensajes de volumen mediático, para intentar deslumbrar una venezolanidad tristemente apabullada por los pocos voceros de la indigna claque, que sobrevive del apaciguado y menesteroso “movimiento revolucionario” promovido por el vilipendiado chavismo degenerado y atroz; nuevamente elevamos nuestra voz de alerta, para que se enteren, tanto los mencionados militares que criticamos, como también los gestores políticos que los avalan e inducen a tal temeridad; sobre la preocupación que nos mantiene en vilo, en el intento estatutario de mantener la fortaleza institucional mediante la vocería alertadora y las recomendaciones necesarias basadas en la doctrina, la ética y la justicia.

Ante tales circunstancias, EL FORO MILITAR VENEZOLANO, llama a la sindéresis al general Vladimir Padrino López y a los militares que lo secundan en sus manifestaciones públicas, a los fines de que hagan prevalecer el honor disciplinario militar, que se ve mancillado cuando se utiliza el uniforme y el grado militar para difundir propaganda política que está prohibida por la norma constitucional (CRBV: Artículos 328 y 330) 
Hacen el ridículo cuando, incumpliendo la norma fundamental de la disciplina militar, que prohíbe las manifestaciones en grupo, aparecen como un “tosca banda” de mediocres oponiéndose a decisiones del único poder público legítimo que es la Asamblea Nacional y, como burdos “chamos” lanzando consignas con el brazo izquierdo. 
De igual manera, el uso de medios de comunicación y redes sociales utilizando los símbolos patrios y militares para divulgar propaganda política a favor y en contra de sectores y personalidades de la comunidad, al margen de la apoliticidad impuesta por la Constitución de la República, tanto para la institución como para los militares en servicio activo. 
La insistencia en tratar de exaltar la labor del difunto teniente coronel Hugo Chávez como una supuesta obra de beneficio patriótico y social, cuando la militarización y la mediocridad de su mandato presidencial, demostraron una incapacidad en liderazgo y deficiente capacidad administrativa, que concluyó en la gran debacle y el mayor desastre político-social y económico de la historia de Venezuela. 
La utilización de militares en cargos públicos sin justificación de incapacidad del sector civil, fue el caldo de cultivo para la corrupción y la demeritación de los grados militares, al ser utilizados para cumplir tareas medianas y bajas en capacitación educativa, que devaluó la profesionalización militar.
El uso indiscriminado del ascenso, sin considerar la necesaria meritocracia, el tiempo mínimo para ascender y la necesaria plaza vacante, condujo a la perversión disciplinaria, a la ruptura de la relación superior subalterno, a la devaluación de la jerarquía, y algo más grave, la pérdida del incentivo por la superación y la autoestima personal del militar.
La participación de los militares activos en cargos políticos y la desviación institucional hacia la comercialización como tarea de aporte al desarrollo mal entendido y la irracional constitución de empresas mercantiles para la gerencia y operatividad de las fuerzas armadas, ha demostrado la desvalorización del sentido fundamental de la institución FAN y ha hecho perder el prestigioso y fortalecido espíritu de cuerpo que existió y fue admirado por el gentilicio venezolano, hoy transformado en un sandio concepto que hace al mismo militar denigrar de su propia dignidad. Situación lamentable es la profundización de la ignorancia ingenua de los mandos militares, quienes con frágil temeridad, se han dejado engatusar por los líderes de la autodenominada “revolución bolivariana”, y han asumido sin cautela y sin previsión, los mandos, la dirección y la conducción de cuerpos que, con la calificación errónea de “inteligencia”, asumieron las funciones policiales y de investigación penal y criminalística, sin que tengan el fundamento legal que los acredite o autorice como tales, conduciendo operaciones de investigación al margen de la ley y ejecutando detenciones arbitrarias e ilegales sin la correspondiente tutela judicial, y en algunos casos, actuando con arbitrariedad o con precario patrocinio de jueces y fiscales corrompidos, que por temor o corrupción los han avalado. 
Más grave aún, que son militares con altos rangos los conductores de casi la totalidad de esos cuerpos parapoliciales, que a más de la arbitrariedad e ilegalidad en las detenciones y privación de libertad de ciudadanos, utilizan procedimientos y prácticas letales de tortura, hace tiempo abandonadas en la modernidad policial del país. Es triste, cuando en el exterior, al interrogar a exfuncionarios conductores de estas torturas, se preguntan: ¿por qué son militares los torturadores? Pregunta que debiera responder el máximo órgano del poder judicial. 
Los integrantes del FORO MILITAR VENEZOLANO no entienden, por qué el general Padrino López y sus asesores en materia jurídica y disciplinaria, permiten que se utilice la justicia militar como lo fue en el pasado ya superado, como “garrote de la justicia”, aplicando su operatividad judicial para enjuiciar ciudadanos por la comisión de delitos que no son de naturaleza militar, como lo establece el artículo 261 de la Constitución. Más grave aún, que sea el propio Tribunal Supremo de Justicia, quien en sorda respuesta a las demandas que se le hacen al respecto, no aplique su máxima potestad judicial y determine en jurisprudencia sabia en derecho, sentencia que ponga fin a este inaudito hecho que pasa a ser delito contra la administración de justicia. 
Es también de resaltar como grave, el hecho de que el ministro de la defensa, los mandos militares en todos los niveles y los integrantes del poder judicial, no se hayan percatado de los grandes y notorios cambios incluidos en la Constitución de la República y permitan de manera indiscriminada el uso de funcionarios militares suplantando a los órganos policiales en el mantenimiento del orden público, a pesar de la discriminación que dicha Constitución hace en el artículo 332, donde establece que “Los órganos de seguridad ciudadano son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derecho humanos, sin discriminación alguna.” 
En este sentido, es de máxima gravedad, que el general Padrino López, como ministro de la defensa, haya emitido una resolución ambigua y anticonstitucional, donde reglamenta el uso de “armas letales”, (se entiende que en manifestaciones pacíficas), violando todo el articulado antes mencionado, pero de mayor gravedad, la violación del artículo 68 de la Constitución que establece: “…Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.” Es de entenderse, que la materia de seguridad y orden público no es competencia del ministerio de la defensa, por lo tanto, cuando el ministro se inmiscuye en esta materia, actúa al margen de sus competencias, usurpando funciones que no le corresponden. 
Igualmente, el FORO MILTAR VENEZOLANO quiere ratificar al alto mando militar la necesidad de cumplir con el mandato constitucional que estable que la Fuerza Armada Nacional “… está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna…”. 

En Caracas, a los 25 días del mes de julio de 2019 

Directorio del FORO MILITAR VENEZOLANO: Director Ejecutivo: G/D Enrique Prieto Silva; Director Principal: G/B Juan Antonio Herrera Betancourt; Director Principal; V/A Rafael Huizi Clavier; Director Principal; G/D Manuel Andara Clavier; Director Principal: G/D Fernando Ochoa Antich; Director Principal: V/A Jesús Enrique Briceño García; Director Principal: G/B Humberto Seijas Pittaluga; Director Principal: G/B Eduardo Arturo Caldera Gómez; Secretario Ejecutivo: G/B Regulo Díaz Vega; Consultor Jurídico Adjunto: Dr. Noé Mujica Velez; Secretario de Justicia Militar: Cnel. Marcos Porras Andrade; Secretario de Seguridad Social: Cnel. Manuel Ledezma Hernández; Secretario de Administración y Economía Públicas: C/N Carlos Rodríguez Bártoli; Secretaría de Redes Sociales: Mayor Raynell Martínez Mujica; Secretario de Seguridad Pública: Comisario General Edmundo Abigail Prieto; Secretario de Relaciones Internacionales: Embajador de Carrera J. Gerson Revanales; Secretario de Derecho Constitucional: Magistrado (emérito) Dr. Luis Antonio Ortiz Hernández; Secretario de Seguridad y Orden Interno: G/B Simón Figuera Pérez; Secretaria de Derecho Internacional Humanitario: Dra. María Sofía Barrios; Adjunto a la Consultoría Jurídica: Dr. Alonso Enrique Medina Roa; Secretario de Asuntos Tecnológicos: Cnel. Orlando Martínez Ugueto; Secretario de Organización: G/B Rafael Vera Ruiz; Secretario de Educación: Cnel. Artemio Rafael Boada Díaz; Secretaria de Defensa Militar: Dra. Lilia Camejo Gutiérrez.

REMISIÓN: Enrique Prieto Silva 

IMAGEN: FORO MILITAR VENEZOLANO / TWITTER / @ForoMillitar