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jueves, 12 de noviembre de 2020

El Coronel (Av. ) Juan Pablo Saavedra es víctima de una persecución voraz, aseguró su representante legal. Opinión. CEPAZ. Venezuela.



El Coronel Juan Pablo Saavedra es víctima de una persecución voraz, aseguró su representante legal.


El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas (GTDA) determinó que la detención del Coronel de la Fuerza Aérea Venezolana, Juan Pablo Saavedra, efectuada el 20 de mayo de 2018, es arbitraria y pidió al gobierno de Nicolás Maduro que lo ponga inmediatamente en libertad. A Saavedra se le imputan los delitos de traición a la patria, motín, instigación a la rebelión militar y delitos contra el decoro militar.

La decisión, identificada bajo el número 57/2020, fue notificada al equipo legal del Coronel Saavedra el 3 de noviembre de 2020. El Coronel Juan Pablo Saavedra es víctima de una persecución voraz, aseguró su representante legal.El pasado 10 de noviembre los familiares y el equipo legal de Juan Pablo Saavedra realizaron una rueda de prensa para explicar los alcances de este pronunciamiento del GTDA.

Dos años y seis meses preso

Rosanna Saavedra, hermana del Coronel, señaló que Juan Pablo Saavedra tiene dos años y seis meses preso en Ramo Verde. Oficial asimilado y abogado, prestó servicios por más de 27 años en cargos administrativos y sin tropa a su mando. Sus familiares esperan que su liberación se  produzca a la mayor brevedad posible “como un acto de verdadera justicia. Y termine así un cautiverio que realmente no ha debido ocurrir nunca”.

“Tememos muchísimo por su salud”, agregó la hermana de Saavedra. “El sufre de muchos problemas respiratorios”. La situación con la pandemia por COVID-19 es motivo de preocupación para su familia, pues el militar asimilado padece de asma. Además, indicó Rosanna Saavedra que tienen 8 meses sin poder visitarlo.

Sin base legal para su detención

Por su parte María Daniela Rivero, abogada en derechos humanos y parte del equipo legal del Coronel Saavedra, explicó que el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias (GTDA) se reunió en agosto y tomó la decisión 57/2020, que establece que la detención es arbitraria, luego de evaluar los alegatos enviados el pasado mes de febrero. Señala la resolución que la detención de Saavedra está bajo la categoría I, lo que significa que no existe una orden en la cual se establezca la base legal para su detención.

Recordó Rivero que Saavedra fue detenido el 20 de mayo de 2018 en su oficina. Pero no fue sino hasta el 29 de mayo que se produce su presentación en tribunales. Adicionalmente, la orden de detención presentada por el Gobierno de Nicolás Maduro está fechada el 27 de mayo. El Gobierno no pudo probar que entre el 20 y el 27 de ese mes había una orden que establecía la base legal para la detención de Juan Pablo Saavedra.

En segundo lugar, el Grupo de Trabajo afirmó que ante la ausencia de una orden, al Coronel Saavedra no se le explicaron los motivos de su detención, violando así su derecho al debido proceso. Estuvo durante 9 días sin acceso a abogados y sin ser visto por sus familiares.

El GTDA concluyó que esta incomunicación violó también su derecho a la integridad personal, y que Saavedra ha sufrido daños físicos y psicológicos, explicó Rivero. Adicionalmente, el GTDA envío una comunicación al Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de Naciones Unidas para que investigue el caso.

Liberación inmediata

Este pronunciamiento es importante porque además deja evidenciado que los representantes legales de Juan Pablo Saavedra no han tenido acceso al expediente para preparar su defensa. En su resolución el GTDA concluye que el Coronel debe ser liberado inmediatamente. Agrega además la resolución que las detenciones arbitrarias son una práctica sistemática del gobierno de Venezuela para perseguir a la disidencia, agregó Rivero.

Por otra parte, el GTDA exhortó al Gobierno de Nicolás Maduro a permitir que se realice una visita a Venezuela. Esta es una solicitud que se viene reiterado desde el 2011, para constatar la situación en los centros de detención.

Persecución voraz

El abogado penalista Gustavo Limongi indicó en su intervención que al Coronel Saavedra se han atribuido “hechos genéricos, no concretos, hechos abstractos, carentes de circunstancias de hecho, modo y lugar. Y además en un esquema muy particular, donde el organismo policial encargado de investigar por parte de la Fiscalía, actúa de una forma libre, deliberada, elaborando toda esta gama de hechos, que inventan y sirven de base al Ministerio Público para solicitar a su vez al tribunal una privativa de libertad”.

En este caso no existe un elemento que sirva para determinar qué hechos realizó Saavedra, indicó Limongi. Cuando una persona es acusada del delito de instigación a una rebelón militar, debe aclarársele al detenido cuáles fueron los hechos que realizó que motivan su detención, con quiénes los realizó y quiénes fueron las personas instigadas, además de quiénes recibieron las órdenes y de qué manera. “Saavedra es un militar asimilado, que ha sido víctima de una persecución voraz”, agregó el abogado.

Sin pruebas de los hechos

En el caso de Saavedra se habla de posibles delitos que iban a cometerse, cuando la instigación a la rebelión es un delito de comisión inmediata, en el que debe producirse una movilización de tropas y equipos, o cualquier acto contra las instituciones legalmente establecidas, pero en el expediente no existe prueba alguna de ello, recalcó Limongi.

A Saavedra se le acusa de participar en reuniones con efectivos militares, pero no se indica ni cuándo ni con quién se hicieron esas reuniones. En ninguna parte del expediente se establecen hechos precisos, nombres, ni fechas, que justifiquen la acusación de delito alguno contra el decoro militar, que es otro de los delitos que se imputa a Saavedra, acotó el abogado penalista, quien agregó que el tribunal encargado del caso no ha dado despacho, y las apelaciones contra la decisión que envió al Coronel a juicio siguen pendientes.

En este caso se ha utilizado el proceso y el sistema de justicia, no como un instrumento para la realización de la justicia, como señala la Constitución, sino como una especie de método sancionatorio anticipado de castigo. Hace más de un año está pendiente una apelación en la Corte Marcial, y sencillamente no ha habido respuesta, concluyó Gustavo Limongi.

Cientos de víctimas

Para Nicole Hernández, del equipo del Centro de Justicia y Paz (Cepaz), este pronunciamiento del GTDA da cuenta de lo que es actualmente la situación en Venezuela. Cientos de personas, militares y civiles, están detenidas por ser identificados como disidentes u opositores al régimen, y son víctimas de la aplicación sistemática de patrones de persecución.

Incluso, al respecto, la Misión de Determinación de los Hechos para Venezuela ha reconocido que estos patrones de persecución, de los que también ha sido víctima el Coronel Saavedra, pueden constituir un crimen de lesa humanidad. Esto representa, a juicio de Hernández, un paso importante en la futura aplicación de la justicia sobre los perpetradores de estos crímenes.

La rueda de prensa concluyó con la participación de María Gabriela Ramírez, esposa de Juan Pablo Saavedra, quien agradeció el apoyo del equipo de Cepaz y del equipo legal que tiene a su cargo da defensa de su esposo, y solicitó justicia para el Coronel Saavedra y todos los presos políticos.

  

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Publicado el: 10 de noviembre de 2020


FUENTE: CEPAZ 

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