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domingo, 18 de septiembre de 2022

CONSTITUCIÓN Y PROSTITUCIÓN JURÍDICA. Por Angel Alberto Bellorin. Opinión. Información. Ciudadanía. Justicia. Doctor en Derecho. Venezuela.



CONSTITUCIÓN Y PROSTITUCIÓN JURÍDICA.  Por: Ángel Alberto Bellorin 

En mi tesis doctoral para optar al título de "DOCTOR EN DERECHO mención Derecho Constitucional " por allá por el año 2005, sostuve un argumento que generó polémica durante la defensa de tesis, pero que pude desmontar con argumentos y pruebas contundentes.

 En esa tesis, entre otras consideraciones y recomendaciones, planteaba la urgente  necesidad de una ley de justicia constitucional que estableciera con precisión  normas para garantizar la supremacía constitucional con delitos incluidos para sus infractores.

Para esa época, a pocos años de promulgada la Constitución de 1999, era una  verdad publica y categórica demostrada con sencillos ejemplos públicos y  notorios en ese momento , que acusaban   las grotescas violaciones constitucionales  descaradamente acumuladas en  varias  leyes promulgadas en tan breve lapso de  vigencia de la carta magna.

Por supuesto la tesis demostraba  la complicidad  institucional y  la dificultad procesal para corregirlas o anularlas judicialmente. 

En el año 2008, ya en situación militar  de retiro,  alarmado ante la promulgación de varias leyes orgánicas por decreto  ley,  autorizadas por fraudulentas Leyes Habilitantes ,  comencé a escribir sobre el tema y a declarar públicamente mi defensa al texto constitucional de esas y otras barbaridades como la primera enmienda a nuestra carta magna.  

Entre esas leyes viciadas de nulidad absoluta estaba la ley Orgánica de la FAN.

 Este escrito del 2013 publicado  entonces tanto en facebook como en diversas páginas, trato de alertar sobre el  tema y surgió como una opinión  al  revisar otra ley habilitante  publicada en ese momento.

Pudimos observar con  impotencia  como con ella,  el partido PSUV  le dió otra vuelta a la tuerca del abuso que le aseguraba mayor  control legal sobre la institucionalidad, rematando  mas adelante  con la  asamblea  constituyente.  

El escrito original es del 23 de noviembre de 2013 y fue esa habilitante la que sirvió de excusa para publicar en el 2014 una nueva  modificación  de la Lofan.

 Es alli, en esa fraudulenta reforma dónde surge  la tristemente célebre y hoy activada por el Psuv  reserva activa

Como complemento a los recientes escritos  y en razón de algunos comentarios sobre el contenido del Artículo 203 Constitucional, rescató  este viejo  escrito necesario para entender esa etapa del fraude habilitante  al que fue  sometida Venezuela.

Angel Alberto Bellorin.

Caracas 16 de Septiembre del 2022.

FUENTE: 


Angel Bellorín / Twitter: @chateubrian