PAGINAS Y RECORTES

jueves, 17 de febrero de 2011

Concurso de credenciales / Cargo “Presidente(a) de la República” //Por: René Núñez // PORTACHUELO


PORTACHUELO
                                                             Por: René Núñez (*)  
     
Concurso de credenciales 
Cargo
 “Presidente(a) de la República”

Objetivo general 
Evaluar opciones de candidaturas democráticas a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela para el período 2012-2018.

Funciones principales de un Presidente o diputado 
Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y la ley.
2. Dirigir las acciones de Estado y de Gobierno y coordinar las relaciones con los otros poderes públicos nacionales en su carácter de jefe de Estado.
3. Nombrar y remover vicepresidentes o vicepresidentas, ministros o ministras.
4. Dirigir las relaciones exteriores, la política internacional de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales.
5. Comandar la Fuerza Armada Bolivariana en su carácter de comandante en jefe.
6. Promover a sus oficiales en todos los grados y jerarquías y designarlos o designarlas para los cargos correspondientes.
7. Declarar estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos en la Constitución.
8. Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley.
9. Convocar a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias.
10. Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón.
11. Administrar la Hacienda Pública Nacional, así como el establecimiento y regulación de la política monetaria.
12. Negociar los empréstitos nacionales.
13. Decretar créditos adicionales al Presupuesto, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada.
14. Celebrar contratos de interés nacional conforme con la Constitución y la ley.
15. Designar, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, al procurador o procuradora general de la República y a los jefes o jefas de las misiones diplomáticas permanentes.
16. Nombrar y remover a aquellos funcionarios o aquellas funcionarias cuya designación le atribuyen la Constitución y la ley.
17. Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por intermedio del vicepresidente ejecutivo o vicepresidenta ejecutiva, informes o mensajes especiales.
18. Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución.
19. Conceder indultos.
20. Fijar el número, organización y competencia de las vicepresidencias, ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos señalados por la correspondiente ley orgánica.
21. Disolver la Asamblea Nacional de acuerdo con lo establecido en la Constitución.
22. Ejercer la iniciativa constitucional y constituyente.
23. Convocar referendos en los casos previstos en esta Constitución.
24. Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación.

Requisitos para ser presidente o presidenta
 Ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, mayor de treinta años, estado seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitiva. No podrá ser elegido Presidente o Presidenta de la República quien esté en ejercicio del cargo de vicepresidente ejecutivo o vicepresidenta ejecutiva, ministro o ministra, gobernador o gobernadora y alcalde o alcaldesa, en el día de su postulación o en cualquier momento entre esta fecha y la de la elección. 

Perfil del candidato democrático
 Tener conocimiento general de economía, de derecho, de políticas y de administraciones públicas y/o privadas. Preferiblemente con experiencia gerencial exitosa en gestión pública y/o privada. Con solvencia moral, ética y familiar. Proactivo, con mentalidad retadora y estratégica, con alta motivación al logro, facilitador de procesos de cambio y de calidad total. Alto promotor de la imaginación y del trabajo en equipo.

Requisitos especiales
 Demócrata de pensamiento y acción. Defensor: del sistema de libertades, de los derechos humanos, de la propiedad privada, de la economía mixta productiva (pública y privada), de la descentralización política administrativa del Estado, de la libertad sindical, del derecho a la huelga y la contratación colectiva, de la autonomía e independencia de los poderes públicos, de la pluralidad del pensamiento político, ideológico y religioso, y de la paz nacional e internacional.
Notas: 1) Abstenerse aspirantes que no cumplan con estos requisitos; inhabilitados políticamente, con juicios pendientes, populosos y corruptos. 2) Presentar los recaudos ante la MUD en fecha a indicarse próximamente.
Twitter: @renenunezr