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viernes, 4 de noviembre de 2011

¡Ley sancionada! Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¡Ley sancionada!
I

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

¿Conoce usted el contenido de la: Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y Otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el Periodo 1958-1998”?
En la página web de la Asamblea Nacional aparece:
Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y Otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el Periodo 1958-1998
Tipo de Ley:
Ordinarias
Proponente:
Diputados: Presentada por la Comisión Permanente de Política Interior
Resumen:
Objeto: Esta Ley tiene por objeto establecer los mecanismos para garantizar el derecho a la verdad y sancionar a los responsables de violaciones de derechos humanos que, como consecuencia de la aplicación de políticas de terrorismo de Estado, se ejecutó contra sectores del pueblo, en los años 1958 a 1998. Igualmente se garantiza el rescate de la memoria histórica, reparación de las víctimas y la localización de los restos de los muertos desaparecidos en las luchas populares
Observaciones:
El 21/06/11 ingresa a Cuenta. Se inicia y aprueba la Primera Discusión el 21/06/11
Fecha
Estatus
Documento
21-06-2011
Proyectos aprobados en 1º Discusión
Documento
18-10-2011
Proyectos en 2º Discusión
Documento
18-10-2011
Leyes Sancionadas






Antes de continuar observe las fechas.
Esta ley ingresa el 21 de junio, ese mismo día es aprobada en Primera Discusión; menos de cuatro meses después es llevada a Segunda Discusión y ¡ese mismo día es aprobada y sancionada!
Igualito que nuestra Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN, que ordena la Constitución y que tiene diez años de retardo.
Continuando con el tema principal. Como podrá apreciar, el pasado 18 de octubre de 2011, fue sometida a segunda discusión y aprobada, pasando a ser Ley Sancionada.
¿Qué contiene esta ley? Podríamos limitarnos a su “Objeto”, pero él, en realidad, no señala el verdadero objeto o propósito; para ello revisemos algunos de sus artículos:
“Objeto.
Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto establecer los mecanismos para garantizar el derecho a la verdad y sancionar a los responsables de los hechos de violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad, tales como homicidios, desapariciones forzadas, torturas, violaciones, lesiones físicas, psíquicas y morales, privaciones arbitrarias de libertad, desplazamientos forzados de personas, expulsiones, deportaciones o exilios arbitrarios, violaciones de domicilio, hostigamientos, incomunicaciones, aislamientos, difamaciones e injurias, perjuicio patrimonial, represiones masivas urbanas y rurales, simulación de hechos punibles o procedimientos administrativos fraudulentos, que como consecuencia de la aplicación de políticas de terrorismo de Estado, fueron ejecutados por motivos políticos contra militantes revolucionarios y revolucionarias, luchadores y luchadoras populares victimas de la represión, quienes perseguían el rescate de la democracia plena, la justicia social y el socialismo, así como el rescate de la memoria histórica de tales hechos y la reivindicación moral, social y política al honor y la dignidad de las victimas de la represión que se generó, por parte del Estado Venezolano, durante el período transcurrido de los años 1958 a 1998.”
Finalidad.
Artículo 4.- La presente Ley tiene como finalidad:

1. Crear la Comisión por la Justicia y la Verdad, que tendrá como objeto investigar los hechos, la violación de los derechos humanos y los delitos de lesa humanidad, así como las causas y las consecuencias que generó el terrorismo de Estado durante las décadas comprendidas en el periodo 1958 a 1998.

2. Identificar y sancionar a los autores intelectuales o materiales, venezolanos o extranjeros, que cometieron violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad, como expresión de prácticas de terrorismo de Estado en el periodo comprendido en la presente ley.

3. y 4. omissis

5.- Reivindicar las luchas populares por las cuales fueron víctimas de la represión que se generó en el Estado Venezolano durante el período transcurrido en los años 1958 a 1998, al levantar las banderas de la lucha antiimperialista, por la democracia popular y el socialismo en Venezuela.

Personas sujetas a la presente ley.
Artículo 6.- Están sujetos a esta ley:
1.- Las funcionarias y los funcionarios públicos y los agentes ocultos que durante el periodo comprendido en la presente ley y por motivo de sus cargos o por complacencia del Estado, incurrieron o participaron en la planificación o ejecución, por motivos políticos, de homicidios,…

El diputado Andrés Eloy Méndez (PSUV) dejó caer estas “perlas”:
''…la ley busca reivindicar moral, ética y hasta espiritualmente, a quienes fueron perseguidos en Venezuela por el Estado terrorista que crearon los gobiernos adecos-copeyanos con el apoyo del Departamento de Estado de EUA durante el período 1958-1998''.
“…según el diputado la sanción moral a unos hechos que se desarrollaron en un periodo bajo la falsa cara de la democracia y la creación de una Comisión por la Justicia y la Verdad que tendrá como objeto investigar los hechos, la violación de los derechos humanos y los delitos de lesa humanidad; así como las causas y las consecuencias que generó el entonces el terrorismo de Estado.”
¿Qué hicieron nuestros Diputados democráticos ante la Asamblea Nacional? Hicieron una muy pobre oposición, casi consintieron en que esta ley saliera sin muchos contratiempos y su propuesta más conocida fue la de extender el lapso para juzgar hechos antes de 1958, …pero después de 1998 ¡ni por casualidad!; por supuesto Soto Rojas, uno de los interesados en esta ley, negó la solicitud de esos Diputados democráticos; pero ¿cuál otra interpretación se le puede dar a la solicitud hecha?, sencillamente que ellos, los Diputados democráticos, están de acuerdo cien por ciento con la aprobación de una ley que tiene visos de inconstitucionalidad, una ley que en la práctica busca venganza, una ley retroactiva amparada en supuestos crímenes de lesa humanidad, una ley que supuestamente ¡BUSCA JUSTICIA …PERO SOLO PARA UN MUY BIEN DEFINIDO SECTOR DE VENEZOLANOS!, que dicho sea de paso ¡FUERON Y SON TRAIDORES A LA PATRIA Y TERRORISTAS!
Estos supuestos legisladores, “rojos y azules”, están convencidos de que a un número muy importante de venezolanos se les borró la memoria y no recuerdan ciertos hechos acaecidos durante la década 1960 - 1970lapso en el cual muchos actores de esa izquierda traidora, aún vivos, tuvieron participación activa como cierto personaje periodista.
Invito a quién tenga documentos sobre ese período ~especialmente a “Las funcionarias y los funcionarios públicos y los agentes ocultos que durante el periodo comprendido en la presente ley”…~, que hayan podido guardar o recuperar algún documento de aquel C.O.C., de los Teatros de Operaciones o de cualquier otra Dependencia de Inteligencia y Seguridad durante el período de lucha contra el castro-comunismo y traición a la Patria, tenerlos a la mano para utilizarlos en su debida oportunidad.
Más adelante analizaremos otros artículos.
Noviembre, 4 de 2011