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sábado, 13 de diciembre de 2014

MPPDD Ciudadano GJ Ministro de la Defensa … si es que recibe éstas informaciones. Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández.

 

13 de dic. de 2014

MPPDD Ciudadano GJ Ministro de la Defensa …

si es que recibe éstas informaciones


De nuevo ocupo su atención
Ciudadano GJ Ministro de la Defensa
…si es que recibe éstas informaciones
 
Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández 

I
Primero que nada… Gracias. Ya hubo una acción en el IPSFA, pero faltan otras y una de ellas es el reemplazo del presidente de la Junta Administradora de ese Instituto.
II
Deseo preguntarle algo, ciudadano Ministro: ¿cuál ley, reglamento, directiva, norma o cualquier otro instrumento jurídico impide que el presidente de esa Junta Administradora sea un militar profesional en situación de retiro?, ¿por qué los cargos gerenciales de ese Instituto tienen que estar en manos de militares profesionales en servicio activo y no en manos de militares profesionales en situación de retiro?, ¿acaso los que dejamos el servicio activo ya somos desechables, perdimos facultades mentales, intelectuales y físicas?, ¿pasamos a ser “desechos orgánicos”?, ¿o será que nos tienen miedo porque ya no cumplimos órdenes a “rajatabla” para no “poner en riesgo un ascenso o la carrera?
Cómo dije al inicio, aún falta mucho por hacer en ese Instituto.
¿Usted tiene conocimiento cuántas cuentas “maneja” ese Instituto y en manos de quienes están? ¡El número es interesante!
¿Cuántos militares profesionales en servicio activo están destacados en el IPSFA?, ¿se justifica ese número?, ¿no harán más falta en las Unidades de los diferentes Componentes?
¿Cuánto personal civil labora en ese Instituto?, ¿se justifica ese número?
Ambas categorías de personal ¿acaso no incrementan el presupuesto y los gastos que debe cubrir el Tesoro Nacional, así como el propio Ministerio y el mismo IPSFA?
¿Desde cuándo no se hace una VERDADERA auditoría, bien sea a través de la Contraloría de la FAN o a través de una agencia externa? La única que se hizo, por una empresa privada, fue hace muchos años. En ella se detectaron muy graves deficiencias ~también algunos, muy pocos, aciertos~ a tal extremo que esa auditoría externa concluyó que, en definitiva, el Instituto era inauditable debido a lo intrincado de sus procedimientos y a la negativa, en esa época, para suministrar información lo cual significó la inaccesibilidad a la información necesaria.
III
La vigente Ley de Seguridad Social que nos rige establece, en su artículo 40, que:
“…para cubrir los egresos que origine la aplicación de esta ley, [el IPSFA] organizará y administrará tres fondos autónomos y separados: Fondo para el Cuidado Integral de la Salud, Fondo para Pensiones y demás Prestaciones en Dinero y Fondo para Prestaciones a cargo del Estado, según lo establecido en el artículo 38 de esta Ley.”
El artículo 38 citado dice:
“El Estado tendrá a su cargo las siguientes prestaciones: a) Las pensiones de invalidez y sobrevivientes causadas en actos del servicio o con ocasión de este; b) Las asignaciones contempladas en la Sección V del Capítulo III de esta Ley; y c) Las pensiones de cualquier tipo que se hubiesen otorgado antes de la vigencia de esta Ley.”

La Sección V del Capítulo III está referida a: “De las Asignaciones y del Fideicomiso de las Asignaciones de Antigüedad”
Parece que esos Fondos no existen tal y como lo ordena la ley; presuntamente existe un gran pote, pero no una separación y autonomía de cada Fondo.
IV
Por cierto, ciudadano Ministro, ¿usted cree que se justifica que los militares profesionales que cumplieron con su tiempo de Servicio Activo entre el 01JUL13 y 31DIC13 no recibieron, en su oportunidad, el capital correspondiente a sus Asignaciones de Antigüedad y por consiguiente dejaron de percibir los intereses respectivos y que sea ahora, en noviembre 2014, cuándo van recibir esos intereses?, ¿les pagarán los intereses que ese dinero dejó de devengar si el mismo hubiese sido invertido en alguna otra actividad económica o sólo lo hubiesen capitalizado?, ¿no existirá un posible daño patrimonial tanto a los afectados como a la Nación misma?
Para disipar cualquier duda al respecto anexo lo publicado en la página web del IPSFA:
anigifipsfa
NOTIFICACIÓN
"Se le informa al Personal Militar en Reserva Activa que estaba en situación de actividad entre el 01JUL13 y 31DIC13 del 2013, que a partir del día 14 de Noviembre del año en curso serán abonados en las respectivas cuentas donde cobran la pensión los intereses del capital no colocado en banco (intereses caídos), correspondiente al segundo semestre del año 2013. En caso de alguna anormalidad se agrade tramitar ante la Gerencia de Bienestar Seguridad Social de este Instituto a través del correo electrónico fideicomiso_byss@hotmail.com, o por los teléfonos (0212) 609.20.11 / (0212) 609.23.87".
A eso, en parte, me refería en mi anterior escrito dirigido a usted el pasado 02DIC2014 cuando mencioné el ¡FIDEICOMISO!
V
¿Por alguna casualidad usted, ciudadano Ministro, ha tenido conocimiento sobre el monto del préstamo hipotecario, sus condiciones y el plazo para pagar dicho préstamo?, ¿y los préstamos personales?
VI
¿Tampoco tiene conocimiento de que el IPSFA es el dueño del 99,2636969696…% del capital social de Seguros Horizonte, según Acta Nº 78 del 27OCT1999 inscrita y registrada en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del DTTO Federal y Estado Miranda para esa fecha?
¿Sabe usted que los Estatutos de esa empresa aseguradora contempla, en su artículo 27, un pago de “…utilidades líquidas de la Sociedad [omitido] [que]…se distribuirán anualmente, de la siguiente forma: a) [omitido]… b) Del remanente se destinará: un uno por ciento (1 %) para el Presidente Ejecutivo. Un uno por ciento (1 %) para los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva en proporción a sus asistencias.”?
Ahora, ¿a cuánto asciende ese “uno por ciento” en 2014 para los miembros principales de los cuales uno de ellos es el presidente de la Junta Administradora del IPSFA?, ¿recibirá él ese 1 % o lo recibirá el IPSFA como ente propietario de las más del 99 % de las acciones?, si esto último es así, tal y como debería ser, ¿en dónde es depositado ese dinero y cuál es su destino o uso?
VII
Hablando de Seguros Horizonte. ¿Sabe usted que esa Empresa Aseguradora infringe la ley que la rige?... ¡pero la responsabilidad no es de ella!; la responsabilidad recae en el procedimiento establecido para descontar de las remuneraciones, tanto de los militares profesionales en servicio activo cómo en situación de retiro, las primas mensuales por concepto de seguro. El asunto es que, bajo la excusa de que el seguro es solidario, el descuento se aplica sobre la remuneración básica ¡y cada vez que se incrementa esa remuneración básica, se incrementa la prima a pagar al seguro, sin que se incremente la cobertura al asegurado!; eso, ciudadano Ministro, es una violación a la ley de seguros. Además, existe una incongruencia entre la cantidad que se descuenta a cada asegurado y la cantidad que ingresa a Seguros Horizonte por concepto de prima de cada asegurado y eso se debe, presuntamente, a que el IPSFA retiene una comisión por cobranza, tal y cómo lo aplica al descuento indebido por concepto de pago de la tarjeta de crédito del Banco Bicentenario. En mi caso particular fue un poco más de Bs. 2,00 según el descuento hecho a mi pensión y el abono realizado a dicho banco comercial. ¿Se justifica esa presunta “comisión por cobranza”?
Existe otro procedimiento un poco más ajustado a nuestra realidad sin que el pago al seguro deje de ser “solidario”.
Otra cosa, ¿hasta cuándo vamos a continuar con una cobertura de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00) cuando todos sabemos que los costos de una cirugía, un parto, una hospitalización se han incrementado exponencialmente?, ¿no cree que ya es hora de incrementar esa cobertura hasta el máximo establecido de Bs 150.000,00 por evento, por persona, por año?, ¿no cree que esto aliviaría un poco al Fondo de Contingencias Médicas? Por cierto, la respuesta de ese Fondo es extremadamente lenta y ella depende según el grado o la jerarquía…o el nivel de amistad.
VIII
La Gran Misión Negro Primero contempla que, para antes de finalizar el año 2013, los sobrevivientes disfrutarían del derecho de acrecer en sus pensiones pero eso, ciudadano Ministro, ha pasado por debajo de la mesa, sencillamente ¡NO SE HA CUMPLIDO!, y ya sabe usted quién queda mal parado con ese incumplimiento.
IX
Cómo ve son muchas las deficiencias en cuanto a seguridad y bienestar social: viviendas, medicinas, alojamientos temporales (hoteles y viviendas de guarnición), respuesta hospitalaria, cobertura de seguro, descuentos indebidos, etc., etc.; pero queda una muy importante que afecta a un reducido número de compañeros de armas y familiares sobrevivientes; creo que su número, en este momento no sobrepasa de 500 personas, generalmente todas de la tercera edad y algunos “mucho más allá”.
Me refiero a los militares profesionales en situación de retiro y familiares sobrevivientes que residen en el exterior, algunos desde hace más de veinte (20) años.
El asunto es que, hasta hace aproximadamente unos dos o tres años, el IPSFA hacía llegar a los países de residencia de estos compañeros de armas su respectiva pensión, pero de la noche a la mañana un presidente de la Junta Administradora del IPSFA decidió eliminar ese beneficio porque: “su responsabilidad se limitaba a depositar en Venezuela las pensiones correspondientes y además porque dos generales y un coronel [nunca los identificó] cobraban en dólares pero residían en Venezuela. A ese presidente de Junta Administradora le resultó más fácil “vender el sofá” que denunciar a esos vagabundos para que los metieran presos.
Ciudadano Ministro, el IPSFA debe retomar esas gestiones de pago de pensiones a los pensionados residentes en el exterior, ¿acaso no lo hace el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS), así como otras organizaciones?, ¿por qué el IPSFA no puede hacerlo?, ¿por falta de personal?… ¡eso es subsanable con una mejor distribución de personal!, es más, se puede continuar exigiendo la existencia de un representante legal del pensionado a los efectos que correspondan, incluyendo las tentaciones de fraude y de las cuales también sería responsable ese representante legal ¿no le parece?
Aún existen pensionados residentes en el exterior que no han cobrado el primer semestre de 2014 y el IPSFA no termina de publicar las Planillas de Liquidación de Haberes (Netos) del segundo semestre para que los actuales representantes legales de esos pensionados inicien los trámites ante CENCOEX y se otorguen las divisas correspondientes; este retardo puede significar que dichos trámites se extiendan hasta febrero o abril de 2015. ¿Eso sería justo?
X
Disculpe lo extenso, pero la oportunidad la pintan calva. Como ya le dije antes, los problemas, o mejor dicho, los inconvenientes en cuanto seguridad social son numerosos pero solucionables, basta tener un poco más de HUMANIDAD, AMOR POR EL PRÓJIMO, DESEOS DE TRABAJAR, UN MUY ALTO SENTIDO DE SOLIDARIDAD Y MENOS MERCANTILISMO.
La seguridad social, la excelente calidad de vida y el bienestar social son claves en la moral del soldado y ellas no son objeto de comercio, explotación capitalista, ni para que los designados para dispensar y responder por ellas se enriquezcan personalmente a su costa.
Seguiré, como decían mis ancestros, “...con el mismo bacalao en el hombro”. Quizás algún día se obtenga una respuesta positiva a lo que aquí, brevemente, he planteado.
¿Lo hará usted ciudadano General en Jefe Ministro del Poder Popular para la Defensa y segundo en el escalón de mando de la FAN? ¡Que sea pronto! ¡El almanaque, la historia, la vida, no esperan!

Diciembre, 13 de 2014 

FUENTE ORIGINAL: LEDERHMAN

FUENTE DE PUBLICACIÓN: IORFANOS