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domingo, 4 de marzo de 2018

VENEZUELA: Nicolás Maduro viola el Código Orgánico de Justicia Militar al expulsar y degradar militares. Por: Rocío San Miguel. ONG Control Ciudadano




FOTO: Imagen REFERENCIAL por cortesía de @ceofanb

Control Ciudadano: Maduro viola el Código Orgánico de Justicia Militar al expulsar y degradar militares


Mar 2, 2018 8:30 am
A través de un comunicado la Asociación Civil Control Ciudadano asegura que presidente Nicolás Maduro Moros retoma la degradación, separación y expulsión de oficiales de la Fuerza Armada Nacional, como sanción militar, al ordenarlas contra veinticuatro (24) oficiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), la mayoría de los cuales se encuentran detenidos y algunos exiliados del país.
El documento refiere que las sanciones se emitieron mediante los Decretos 3.298 y 3.299, ambos de fecha 28 de febrero de 2018, publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 41.350, de esa misma fecha, y sin esperar sentencia definitivamente firme de los afectados con este tipo de pena accesoria a la pena principal, según lo prescribe el Código Orgánico de Justicia Militar.
“El presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, ha degradado, separado y expulsado de la Fuerza Armada Nacional a los siguientes oficiales:
1. GJ. Raúl Isaías Baduel, cédula de identidad Nro. 4.309.405.
2. MG. Hebert Josué García Plaza, cédula de identidad Nro. 7.713.057.
3. GD. Jesús Alberto Milano Mendoza, cédula de identidad Nro. 7.234.106.
4. V.A. Mario Iván Carratú Molina, cédula de identidad Nro. 2.126.515.
5. V.A. Carlos Rafael Molina Tamayo, cédula de identidad Nro. 3.806.667.
6. GB. Ángel Omar Vivas Perdomo, cédula de identidad Nro. 4.629.893.
7. GB. Antonio José Rivero González, cédula de identidad Nro. 6.355.302.
8. GB. Ramón Antonio Lozada Saavedra, cédula de identidad Nro. 4.314.607.
9. GB Eduardo José Báez Torrealba, cédula de identidad Nro. 4.566.781.
10. Cnel. Antonio Ramón Semprúm Valecillos, cédula de identidad Nro. 5.200.560.
11. CC. Leamsy José Salazar Villafaña, cédula de identidad Nro. 11.992.552.
12. Cap. Juan Carlos Caguaripano Scott, cédula de identidad Nro. 8.289.733.
13. Cap. Javier Enrique Nieto Quintero, cédula de identidad Nro. 10.155.129.
14. PTTE. Marco Antonio Briceño Camacho, cédula de identidad Nro. 19.965.816.
15. PTTE, Ronald Leandro Ojeda Moreno, cédula de identidad Nro.20.760.807.
16. PTTE. José Ángel Rodríguez Araña, cédula de identidad Nro. 19.825.312.
17. PTTE. Luis Alejandro Mogollón Velázquez, cédula de identidad Nro. 17.354.295.
18. PTTE. Eliezer Daniel Vásquez Guillén, cédula de identidad Nro. 17.718.514.
19. PTTE. José Daniel González Bolaños, cédula de identidad Nro. 19.349.782.
20. PTTE. Luis Eduardo Berbesi Torres, cédula de identidad Nro. 19.541.245.
21. PTTE. José Ignacio Medina Marmolejo, cédula de identidad Nro. 19.349.869.
22. PTTE. Josué Abraham Hidalgo Azuaje, cédula de identidad Nro. 18.002.866.
23. PTTE. Francisco Pablo Rodríguez Ojeda, cédula de identidad Nro. 19.720.578.
24. PTTE. Jefferson Gabriel García Dos Ramos, cédula de identidad Nro. 22.440.758”.

Agrega que “la medida, que ya había sido aplicada por Maduro en 2016 contra militares incursos en delitos de tráfico de drogas, se aplica en esta ocasión por delitos contra la Integridad, Independencia y Libertad de la Nación, entre ellos traición a la patria y probablemente espionaje, según se deduce de los considerandos que contiene el Decreto”.
“Para Control Ciudadano, con estos Decretos se violan los principios contenidos en el Código Orgánico de Justicia Militar, pues las medidas de separación, degradación y expulsión de la FANB son penas accesorias a la principal y los decretos no mencionan cuales han sido los delitos por los cuales han sido juzgados estos veinticuatro oficiales, como tampoco las penas principales que deben cumplir. En el caso de todos los oficiales almirantes y generales mencionados en el Decreto 3.299, incluidos el Coronel Antonio Ramón Semprún Valecillos, el Capitán de Corbeta Leamsy José Salazar Villafaña, y los Capitanes Juan Carlos Caguaripano Scott y Javier Nieto Quintero, ordena expresamente la pérdida del grado y de condecoraciones”, sigue el documento.
Para Rocío San Miguel, Presidente de Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional, “llama la atención la forma como han sido redactados los decretos. Generalmente este tipo de penas accesorias son decretadas y publicadas de manera individual contra los afectados”.
En el caso de los decretos 3.298 y 3.299 se mezclan los nombres de oficiales, presuntamente involucrados en hechos punibles que se cometieron sin conexión de tiempo modo y lugar entre ellos, al punto que algunos de estos oficiales, se encuentran en el exterior exiliados.
San Miguel considera que “este tipo de decretos, la forma como han sido redactados y el momento en que son promulgados, dada la profunda crisis política, económica y social, resultan eficaces como medios para ejercer mayor coerción a lo interno de la Fuerza Armada Nacional, a la vez que demostrar, por parte del Jefe de Estado y Comandante en Jefe, frente a competidores, que tiene el poder sobre la FANB”.
“Estas sanciones son básicamente morales y no suelen ser aplicadas por delitos políticos en Venezuela. Al punto que Hugo Chávez Frías, por los hechos del 11, 12 y 13 de abril del 2002, no las aplicó. Tampoco fueron utilizadas en su momento, contra los involucrados en las intentonas de golpe de estado del 4 de febrero y del 27 de noviembre de 1.992, quienes han conservado sus grados y condecoraciones”, explicó la Presidenta de Control Ciudadano.
Revise la Gaceta Oficial Nro. 41.350 de fecha 28 de febrero de 2018:
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FUENTE: LA PATILLA