ESENCIA

Con la solicitud de pase a retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales en el año 2000, constituimos una PROTESTA, negándonos a ser instrumento subordinado de los incapaces. Estos; se adueñaron, deterioraron, politizaron y pretenden destruir una Institución a nombre de una REVOLUCIÓN. La esencia del blog es advertir, destacar y denunciar las acciones políticas, que inciden negativamente en el estamento militar, por obra del DESGOBIERNO autocrático, militarista y neo comunista de Hugo Chávez Frías.
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miércoles, 13 de marzo de 2024

NICOLÁS MADURO: HISTORIA DE UN INHABILITADO SEGUNDA ENTREGA. Por: Ángel Alberto Bellorín. Venezuela.


NICOLÁS MADURO: HISTORIA DE UN INHABILITADO SEGUNDA ENTREGA. Por: Ángel Alberto Bellorín.

LA VERDAD NO INCITA ODIO. EL IRRESPETO AL DERECHO AJENO SI;  MAS AÚN CUANDO PROVIENE DEL GOBIERNO.

Con la verdad ni ofendo ni temo", y "El respeto al derecho ajeno es  la paz", son dos trilladas frases atribuidas a Artigas y Juárez respectivamente. Sus elementos básicos, verdad y paz, son algo que escuchamos salir de muchos labios con duda y desconfianza.

En lo particular, fundamentado en la experticia y sana crítica, trato  mediante mis  artículos, dejar por escrito mi obligación de defender el texto constitucional utilizando mi derecho a opinar sin ofender, contribuir a la búsqueda constante de la utópica verdad, y  colaborar como ciudadano en  la unificación de criterios por el bien de la nación venezolana.

Este escrito pretende continuar analizando elementos puntuales sobre la inhabilitación constitucional, legítima y moral del señor Nicolás Maduro desde antes de su llegada a Miraflores. Descalificar al mensajero no ocultará  la verdad ni modificará el texto constitucional; por tal razón,  siempre estoy presto a la sana dialéctica..

LA INHABILITACION DE MADURO HA SIDO PERMANENTE

 Esta  "irregularidad ampliamente consentida" tiene muchos años y se   remonta a todos los  cargos relevantes  ocupados por el "obrero presidente" en el Chavismo. Por supuesto que fue consentida tanto  social  como políticamente ya que jamás  leí o escuché alguna fuerte noticia de rechazo.

 La afirmación anterior es producto de un  mandato expreso previsto  en el Artículo 41 constitucional.  Sin importar el lugar  dónde nació, al ser hijo de madre colombiana con el inalienable  derecho a  tener la  nacionalidad de un país fronterizo, lo cual agrava el hecho, Nicolás Maduro estaba impedido, es decir INHABILITADO para ocupar los cargos de Canciller, Presidente de la Asamblea Nacional, y Vicepresidente Ejecutivo de la República. 
Todos ellos  prohibido para  aquel que tenga doble nacionalidad.

A pesar de lo anterior, el 8 de Marzo del 2013 también  le fue impuesta la banda tricolor como Presidente encargado.

 INHABILITADO E ILEGITIMO. NO SON  SINÓNIMOS PERO SE COMPLEMENTAN.

Ese rimbombante  e inventado título de "Presidente encargado" fue la más grotesca violación a la  Constitución para  que,  el ya  ilegitimo Vicepresidente Ejecutivo  llegara   por vez primera, a un cargo en el que "por las malas" se ha mantenido " durante 11 años con pretensiones de prolongar su tiranía.

En la entrega anterior, cité un escrito del 8 de Marzo del 2013  publicado  con el título " El nuevo comandante en Jefe".

Allí dejé constancia de mi postura jurídica, académica y sobre todo ÉTICA  con respecto al hecho que ese día se permitiera  que el señor Nicolás Maduro, sea investido con la banda presidencial.

Con tal hecho se materializó  toda una previa  conspiración delictiva  que se encargó de   modificar  y obviar mandatos constitucionales que sumaban nuevas causales  de ilegitimidad como de   Inhabilitación al ya inhabilitado como vice presidente, Nicolás Maduro Moros ( De los Moros de Cúcuta).

En la próxima entrega analizamos desde la Constitución la primera postulación del inhabilitado Nicolás Maduro.

Caracas 12 de Marzo del 2024.
Coronel Ángel Alberto Bellorín

domingo, 10 de marzo de 2024

CANGREJO VALENCIANO AL BARRO. Un menú chileno para Venezuela. Por: Ángel Alberto Bellorin. Venezuela.

FOTO: imagen REFERENCIAL, por cortesía de El País

CANGREJO VALENCIANO  AL BARRO. Un  menú  chileno para Venezuela.  Por Ángel Alberto Bellorín.

No tengo idea como se me ocurrió el título de este escrito que, luego de calmar un poco mi indignación, conocer sobre el entierro de Ojeda en Chile y leer la noticia que aquí comparto decido hacer hoy. Lo inicio con la siguiente cita:

"Un entierro que también mezcló dolor, indignación e incertidumbre, porque al cumplirse 17 días del operativo de un comando paramilitar que extrajo a la fuerza de su hogar al teniente venezolano no se ha avanzado en la captura de los asesinos materiales y en la identidad de quienes ordenaron su muerte. Eso sí, la viuda no tiene ninguna duda: "Es un secreto a voces, todo el mundo sabe quién es el culpable... Detrás de esto está el Gobierno de Venezuela". Fin de la cita.

FUENTE: El Mundo.es / La viuda del teniente Ojeda, ejecutado en Chile: "Detrás de esto está el Gobierno de Venezuela". El entierro tuvo lugar el viernes gracias a la solidaridad de varios venezolanos. https://www.elmundo.es/internacional/2024/03/09/65ec91f6e9cf4abc7d8b4587.html

Es necesario dejar constancia de mi opinión sobre  todo el circo socialista  en que las autoridades chilenas han convertido el secuestro y posterior asesinato en la capital de ese país, del joven  militar venezolano Ronald Ojeda.

El Ministerio Chileno  del Interior  con su  viceministro de nombre Manuel Monsalve,  surgió como  actor principal de la trama en los inicios de su puesta en escena.

Este personaje que menciono en mi escrito del 22 de Febrero que titulé "Secuestro o entrega negociada", lo considero involucrado hasta los tuétanos. Por los giros de la trama, se vio obligado  a ceder ese  espacio protagónico  al  fiscal Héctor Barros.

Este es un personaje  que según  su currículo público, muestra muchas credenciales pasadas resolviendo asuntos policiales en Chile, pero que hasta el momento en sus actuaciones en el caso no refleja  firmeza,  veracidad ni confianza.

Es a Héctor Barros a quien se observa en varias declaraciones"embarrando" el caso de tal  forma que casi en forma inmediata  hemos observado a  su superior contradecirlo  y  tratando de "remendar el capote".

Como superior de Barros  me refiero al homólogo de Tareck Saab  en Chile, el Fiscal General, rector del Ministerio Público  chileno  señor Angel Valencia.

En razón de ambos personajes , es necesario afirmar que tanto   Valencia  como  Barros sustituyeron al pronto desgastado Manuel Monsalve,   pretenden imponer un libreto con  clara intención de  desviar la atención sobre la  vinculación política del gobierno chileno con el caso.  En  su actuación, ambos personas  están volviendo un cangrejo el caso del Teniente Ojeda.

A mí modo de analizar el desarrollo de los eventos, aún sin alcanzar la magnitud teatral de nuestro sin par Tarek Saab, podemos observar  como se ha tratado desde el inicio  de evitar involucrar al gobierno como parte  necesaria de los eventos ocurridos. 
Se intenta  hacer construyendo sobre la marcha un improvisado libreto. 

Si se revisa con detenimiento la prensa chilena, al  día siguiente del secuestro, se dejó filtrar solo dos vídeos del pasillo del piso 14 cuando secuestradores con secuestrado se dirigian hacia el ascensor. 

Esa filtración, hecha con alguna desconocida intención, demostraba equipos,  entrenamiento y  profesionalismo del grupo secuestrador.  Eso fue el detalle impactante de lo observado en ese vídeo.

Cuando surgió la versión que  tales secuestradores podían  ser   funcionarios de inteligencia Venezolana actuando directamente en Chile, se les vino el mundo encima a los socios chilenos del Chavismo

 Si se revisan las declaraciones tanto de Manuel Monsalve como todas las notas de prensa alimentadas por el gobierno, se  puede verificar  desde el inicio el esfuerzo mediático del  ejecutivo  chileno para evitar cualquier   matriz de opinión que involucre  la incursión venezolana en ese país, conjuntamente con propaganda  para   también negar  que los secuestradores que eran policías chilenos. Algo demasiado  complicado, desde la racionalidad.

En esa misma línea de acción política, nótese que todas las notas  de prensa del caso,   desde el inicio del evento  aún  señalan la tesis de "falsos funcionarios"," falsos policías" o " secuestradores disfrazados de policías". 

Para ese momento, cuando aún no habían sospechosos, no habían detenidos, ni se podía atribuir autoría,  era  poco profesional y ético descartar al mismo tiempo  las dos tesis evidentes del primer video filtrado. 

El principio lógico de " Tercero excluido" hacia de las suyas.  La evidencia racional era de solo dos posibilidades, o eran expertos  profesionales chilenos o lo eran venezolanos.

 Había que construir rápidamente una tercera versión y vender a la opinión pública  el  entrenamiento militar de alguna  organización criminal para excluir a los funcionarios de ambos gobiernos. 
Presumo que Tareck  Saab, experto conocedor del mítico tren de Aragua brindó su ayuda 

Sin duda alguna, la fiscalía chilena fue entrenada por la fiscalía venezolana y no es de extrañar que para este caso,  se echen sus llamaditas.

La gran diferencia con Venezuela la hace la prensa libre  chilena. Muchos  profesionales que expresan abiertamente, sin miedo a represalias,  las inmensas dudas que, en vez de ser aclaradas  vemos oscurecer . 

Eso ni se sueña aquí en Venezuela cuando el fiscal  Tareck o cualquiera de los capitostes Chavistas hacen ruedas  de prensa con público cautivo,  dónde con impunidad y cinismo   manifiestan sus  grotescas versiones de cualquier cosa, sin preguntas complicadas que los molesten.

Los Tarek sureños, ante su  realidad se aferran al  "secreto sumarial" como única arma  para tratar de contener  que la verdad los arrase. 

Van soltando  por pequeña dosis videos y pastillas de sus presuntas pruebas para  tratar de justificar el libreto creado y cada nuevo elemento para armar su versión. 

Ahora bien, es sabido que la verdad es terca  y, al tratar de ocultarla, siempre intentará salir por cualquiera de las  grietas que  surgen en  argumentos inventados. Allí, en esas  contradicciones absurdas, comienzan a  descubrirse  mentiras y   mentirosos..

Hasta ahora la versión que trata de Imponer el Chavismo chileno es  toda una novela dónde el actor principal es un   indocumentado,  pero que sin tener documentos, ellos  saben y están seguros  que es un menor de edad.

Un desconocido menor de edad es la excusa perfecta  para no  tener que mencionar nombre ni  mostrar rostro. Eso si, todo lo que dice es validado por los fiscales y  transformado en  premisas de su teoría 

 Un  presunto menor que nadie ha visto, no tiene familiares adultos que lo representen  ni abogado que informe sobre  su debida defensa y situación.
Un presunto venezolano   a quien alguien debe conocer en Venezuela y que debe tener doliente.  ¿ Será verdad su existencia?

Al igual que muchos casos venezolanos , a este fantasma lo han convertido en  un testigo  estrella que contradictoriamente, en una  primera versión  lo agarraron merodeando el edificio donde secuestraron al Tte.

En otra versión era  un campanero que capturaron en el sector dónde estaba enterrado el cadáver. 

A continuación la última versión pública manifestada por  el fiscal  Barros en reciente declaraciones a la prensa tras la imputación del misterioso joven. 

Cito:
"La participación de él es en torno al sitio del suceso, en cuanto a prestar cobertura como quedó establecido el día de hoy en la audiencia, posteriormente trasladarse al lugar en el que la víctima y los falsos funcionarios policiales hicieron cambio de vehículo". Fin de la cita.

Volviendo al tema de los "Falsos funcionarios policiales" que  nuevamente se observa en la declaración citada de Barros y convertida en  consigna chilena, hace  apenas un día, con el evidente objetivo de intentar  justificar una misteriosa  huella digital encontrada en el destrozado teléfono del malogrado Teniente Ojeda, el gobierno hizo público otro vídeo.

La nueva gota que saca el gobierno es dentro del ascensor. La versión oficial lo hace tardíamente público con rebuscados esfuerzos para hacer creer que se veía la mano del secuestrador con el teléfono recuperado.
De allí su huella  y su eficiente  identificación del ahora solicitado  que mencionan como el líder del secuestro.

Sin embargo, en ese vídeo sin  audio,  con más claridad que la mano que dejó la huella, se observa  al Teniente Ojeda  serenamente  intercambiando conversación con su captor. 

Con esa otra lectura del vídeo, también se hace evidente  que Ojeda  no opuso resistencia ante un hecho que debía  presumir como una  detención policial. Al ser así, toda  la situación debía aclararse en un debido proceso.

Colocándome en el lugar del teniente Ojeda, si en esa conversación hubiera detectado que mi captor  era venezolano, jamás habría supuesto que era una detención policial,  tenían que  matarme  en el propio ascensor. 

La grabación habría captado una escena  distinta, un Teniente Ojeda tirando  golpes con la cabeza,  dando  patadas, defendiéndose mentando, madre, haciendo ruido, etc.
Un  vídeo en las circunstancias descritas  si sería la  evidencia  de  un secuestro y no una detención policial.

La lógica lleva a concluir que fue la policía chilena la que lo detuvo y lo trasladaron para entregarlo  a otro grupo aún no determinado.

Creo que  ese secuestro tenía que ser grabado para publicitar el hecho y amedrentar a los jóvenes militares. Presumo que algo salió mal con el grupo que lo iba a sacar del país y de allí su ejecución. 

No hay otra explicación para que, a pesar que las autoridades chilenas actuantes tengan en su poder  todos los vídeos, los estén sacando por gotas y editados con sus explicaciones dirigidas a su libreto.

Llama la atención que el  ocultamiento del cadáver,  fue en un sitio más cercano a la residencia del Ojeda que del sitio donde apareció el vehículo utilizado  inicialmente. 

Demasiadas contradicciones para valorar en tan poco espacio. Lo indiscutible es el hecho que están construyendo pruebas absurdas para tapar la complicidad del gobierno chileno.

Caracas 9 de Marzo del 2024.

Coronel Ángel Alberto Bellorín.









Twitter: (X) @chateubrian

lunes, 19 de febrero de 2024

BRAZALETE BLANCO, MALEDICENCIA MULTICOLOR. Por Angel Alberto Bellorin. Opinión. Venezuela.


BRAZALETE BLANCO, MALEDICENCIA MULTICOLOR. Por Ángel Alberto Bellorín.


TODO ESTÁ PENSADO, PENSAR ES DELITO.

La nueva Campaña Admirable del año 2024, o la moderna Revolución Liberal Restauradora de Venezuela en pleno Siglo XXI,  no pudo realizarse. Solo quedó en pensamiento.

Planificada en la recalentada mente  de mucho "terrorista opositor", prevista, proyectada, soñada  etc, para  intentar derrocar al señor Nicolás Maduro, fue detenida exitosamente. 

En realidad no fue que murió antes de nacer, ni siquiera fue concebida. Al que "pensaba" hacer todo eso no le dieron tiempo de montar en su caballo.  Al igual que  a  Juan Charrasqueado, pistola en mano se le echaron a montón cuando pensando pendejadas, cruzaba una trocha en la frontera tachirense.
Fue a parar con sus huesos a los calabozos de inteligencia militar dónde le ayudaron con inyecciones de  teoría y solfeo para  fortalecer  sus cuerdas vocales. Allí le  compusieron varias rancheras para  su futura serenata en televisión .

A diferencia de Monteverde y de Ignacio Andrade, que no pudieron adivinar lo que pensaban aquellos terroristas, Maduro consiguió  una derrota sin precedente contra   estos modernos  insurgentes con pretensiones de  nuevos libertadores.

Lo novedoso  de esta victoría es que Maduro logró hacerlo  antes que el solitario líder que  pensaba derrocarlo, pudiera conseguir  tropas, armamento para su ejército, caballos,  logística , viáticos, etc, para la cruzada . Eso sí, todo lo tenía pensado y eso fue suficiente  para el superfiscal.

El ultra  secreto plan de operaciones para el brazalete blanco (El fiscal mantiene su  secreto por aquello de "reserva legal" que no se lo que para él significa)  tenía previsto  iniciar la cruzada  desde San Cristóbal bajo el mando del "Charrasqueado capturado".

 El  "pensó" en avanzar   hasta Caracas conduciendo  ese  ejército  que "pensaba" conseguir. Hacerlo a caballo como lo hicieron Bolívar y Castro suena más épico. 

Es posible que al igual que Bolivar y Castro, el nuevo insurgente pensó que  con las correspondientes  batallas regionales (que también pensaba vencer) , sumaria  tropas  hasta completar un ejército suficiente para enfrentar las tropas de Padrino en la toma de Caracas. Todo estaba pensado.

En Trujillo tenía previsto  proclamar un decreto de guerra a muerte que más o menos diría lo siguiente." Chavistas y Maduristas contad con la muerte aunque ahora sean de oposición". De esta manera pensaba en fusilar a los vencidos. Más terrorista,  imposible de pensar

Con todo lo anterior como argumento de fondo, hay  suficiente material para escribir una nueva "Venezuela Heroica".  Para una buena publicidad sugiero el pseudónimo del autor " Eduardo (Brazalete) Blanco."

No debe dejar de  observarse en el relato  la prevalencia  de  los  verbos conjugados todos  en tercera persona, de un futuro  visualizado con poderes psíquicos que lograron  evitar que los eventos  ocurrieran. 

Es allí donde está el gran logro revolucionario del ministerio público, convertir en hecho punible el pensamiento, así el flamante fiscal venezolano  pudo  hacer realidad su sueño actoral asumiendo el rol de aquel  personaje ficticio interpretado por Tom Cruise que leyendo los pensamientos de la población, detenían a los futuros criminales antes de cometer ese delito que pensaban realizar. 
La revolución chavista avanza a paso de vencedores hacia su  soñado "estado sin delito".
..

CAE ROCÍO EN LA MADRUGADA.

En ese mismo orden de eventos que nunca se realizaron, encontramos la siguiente noticia sobre la  declaración del funcionario garante del Estado de Derecho con  la que intentó justificar ante el mundo la arbitraria detención de la Sra Rocío San Miguel. Cito

"Ella tenía una misión, la de comunicar en tiempo real los avances de las acciones terroristas que se irían desarrollando, en función de eso es su implicación en este caso. Ese sería el rol de Rocío San Miguel en la operación Brazalete Blanco según lo informó el Fiscal General de la República, Tarek Wiliam Saab, y es la razón por la cual fue detenida."


Así, por encimita se ven las costuras y las mentiras. No hay que ser doctor en derecho para  desmontar las falacias y recordar  aquello de la presunción de Inocencia, detención arbitraria, debido proceso, orden judicial, y tantas cosas elementales que están escritas y publicadas.

Hay demasiados funcionarios y allegados al gobierno que desde hace años desconectaron  corazón y  cerebro de  su  lengua. Si  se atrevieran a revisar con detalle  sus incoherentes  discursos, podrán verificar que en ellos  ya no existen los órganos principales del ser humano , únicamente les quedó la lengua dirigida por el odio y la maldad  que contaminó  su sangre. Son casi Zombies y no son capaces de medir el verdadero impacto de sus mentiras.  "La muerte y la vida están en poder de la lengua" (Proverbios 18:21)

MALEDICENCIA PÚBLICA Y NOTORIA 

Maledicencia es un término de poco uso en nuestro país y sobre el que ya he escrito con anterioridad.  Su significado es de profundo interés en estos  tiempos de   un "gobierno revolucionario" con  avasallante uso  de las   redes sociales y dónde decir la verdad es traición a la patria.

Maledicencia  pudiera ser sinónimo de calumnia, difamación, engaño, mentira, malicia y vituperio, sin embargo, considero que  su definición es más compleja y  que estos términos que presentan como sinónimos,  son en realidad  algunas de las múltiples  herramientas del maldiciente.

La forma de lograr proyectar  la maledicencia es divulgando informes falsos, parciales, dando a conocer algún hecho  o suposición de hechos, expuestos al público en  forma maliciosa. La mentira producto de supuestos concluyentes es la mejor  manera de contaminar al que la escucha.

En tiempo de redes sociales, de personas reacias a pensar con su propia cabeza,  y de una nación sumida en el desespero por sobrevivir,  la maledicencia  impulsada desde el gobierno, es tan peligrosa  como cualquier virus  letal. Sus consecuencias y efectos impredecibles se propagan con mayor rapidez que el propio Covid.

La maledicencia es un mal uso que hacemos de nuestra lengua, no hablando con racionalidad  para el bien común  y el provecho de nuestro prójimo, sino para satisfacer inclinaciones y desviaciones  personales, vanidad, y en casos como se observa en Venezuela, para satisfacer proyectos políticos sin bases morales ni racionales que los sostengan.

La maledicencia no es solo el hecho de utilizar  falsas expresiones con  malas palabras en sí mismas; también pueden ser buenas  palabras , pero dichas con mala intención.
Aunque digamos la verdad, no sirve de nada si nuestro propósito es malo. 
El solo hecho de que las religiones amonesten seriamente la maledicencia,  debería bastar para apartarnos de ella, sobre todo sabiendo que vivimos en un mundo donde prolifera la mentira y el engaño.

NO HAY MENTIRA BLANCA CUANDO LA MALEDICENCIA ES MULTICOLOR.

Los corazones afectos por amargura son quienes practican la maledicencia . Esa amargura no se oculta con el maquillaje que le colocan a la persona antes de presentarlo frente  las cámaras para esparcir su mentira..  Solo hay que estar atentos.

En algunos personajes, la amargura maldiciente se hace evidente, tan  llamativa como  los colores del arcoíris que  sin vergüenza ni pudor, colocan en su estandarte ,

Releyendo por "sopotocienta" vez a José Ingenieros, en su obra cumbre "El hombre mediocre", me vuelvo a encontrar en la sección tercera del primer capítulo,eso  que el autor denominó "La maledicencia".

Comparto un brillante párrafo donde José Ingenieros utiliza una obra de arte para recrear magistralmente todas las viles pasiones que se conjugan contra la verdad y la virtud.

 Luego de expresar la dura frase: "Los lacayos pueden hozar en la fama; los hombres excelentes no saben envenenar la vida ajena"; Ingenieros nos pasea por un famoso  cuadro de Botticelli  que bien pudiera reflejar la actual realidad Venezolana . Cito

"Ninguna escena alegórica posee más honda elocuencia que el cuadro famoso de Sandro Botticelli. La calumnia invita a meditar con doloroso recogimiento; en toda la Galería de los Oficios parecen resonar las palabras que el artista no lo dudamos quiso poner en labios de la Verdad, para consuelo de la víctima: en su encono está la medida de su mérito.

 La Inocencia yace, en el centro del cuadro, acoquinada bajo el infame gesto de la Calumnia. La Envidia la precede; el Engaño y la Hipocresía la acompañan. Todas las pasiones viles y traidoras suman su esfuerzo implacable para el triunfo del mal. El Arrepentimiento mira de través hacia el opuesto extremo, donde está, como siempre sola y desnuda, la Verdad; contrastando con el salvaje ademán de sus enemigas, ella levanta su índice al cielo en una tranquila apelación a la justicia divina. Y mientras la víctima junta sus manos y las tiende hacia ella, en una súplica infinita y conmovedora, el juez Midas presta sus vastas orejas a la Ignorancia y la Sospecha". 

(Fin de la cita.).

EL TRIUNFO DEL MAL SIEMPRE ES PARCIAL.

Para finalizar está reflexión y luego de dos lapidarias sentencias sobre el tema, tomadas de la obra de ingenieros, les dejo la pintura de Boticelli  para que  intenten un ejercicio de inmaginación colocando  nombres conocidos a sus personajes. 
Sobran personas de esta Venezuela revolucionaria que llenen las expectativas del autor de la famosa obra de arte que reposa en la Galería de los  Oficios en Florencia.

"EL MALDICIENTE, COBARDE ENTRE TODOS LOS ENVENENADORES, ESTÁ SEGURO DE LA IMPUNIDAD; POR ESO ES DESPRECIABLE"

"TODAS LAS PASIONES VILES Y TRAIDORAS SUMAN SU ESFUERZO IMPLACABLE PARA EL TRIUNFO DEL MAL"

Caracas 18 de Febrero del año 2024.

Coronel Angel Alberto Bellorin.
Twitter (X): @chateuabian

sábado, 3 de febrero de 2024

EL VERBO INHABILITAR CONJUGADO EN TERCERA PERSONA. Dispara primero, luego justifica. Por: Ángel Alberto Bellorín. Venezuela.



EL VERBO INHABILITAR CONJUGADO EN TERCERA PERSONA. Dispara primero,  luego justifica. Por: Ángel Alberto Bellorín.

SE CIERRA EL TELÓN

Toda la parodia sobre la inhabilitacion de la Sra Machado, iniciada por el Chavismo luego de comprobarse su acelerada popularidad, con puesta en escena mediatica del 26 de Junio del año 2023, parece llegar a su fin.

La aparición y solicitud ante la Contraloría  del pintoresco personaje devenido en diputado de apellido Brito, la  rápida respuesta mediante un panfleto firmado por un obeso funcionario de tercera del organismo  y  a  partir de ese momento el engaño mediático para vender al mundo una inexistente Inhabilitación política, fué un éxito.

 Acto seguido a la publicidad, videos por delante, las diversas acciones para lograr hacer "verdad  jurídica" la mentira  repetida, con   sentencias del Tsj para aparentar legalidad  jugando a cumplir  el circo llamado "Acuerdo de Barbados'. 

Hoy finaliza la  burda puesta en escena del Chavismo.

A  nadie  le va a interesar  si lo que afirmó el aberrante  oficio que generó  la respuesta de la contraloría al  hoy afamado alacrán,  se contradice o diverge con las falacias que se publican en  el epílogo "firmado en conjunto " por los Chavistas integrantes de la sala político administrativa.


OTRA PONENCIA CONJUNTA

Ayer 26 de Enero del 2024, luego de los previos  cambios de magistrados chavistas que para esta foto  se negaron a retratarse  en  conjunto ya que  se preparan para ser opositores, el bufete oficial del gobierno publicó la esperada decisión que intenta   justificar la inhabilitacion política de María Corina Machado. 

 Esa grotesca publicación que no merece la calificación de "Sentencia Judicial",es  la lógica consecuencia del  total desmantelamiento  de un precario estado de derecho que  existía en Venezuela antes de la  Constitución de 1999 y que en vez de evolucionar hacia el ansiado "Estado de Justicia" que señala el Artículo 2 de la carta magna, involucionó  en forma alarmante hasta dejar  de existir . 

Un  tribunal supremo conformado por militantes del gobierno que nada conocen de derecho ni de probidad, designados en  violación al  texto Constituciónal, no puede tener  legítimidad de acción, mucho menos respeto a esa Constitución que les impedía acceder en forma legítima  a los cargos que ostentan. Se deben a sus patrones y sus decisiones los definen.

Estamos en presencia  de  una agonizante tiranía que se desnuda ante el mundo. A estas alturas ya no  importa guardar   apariencia con una  mínima señal de  separación de poderes, o de sensatez. 

Este amorfo adefecio firmado " en forma colegiada"  para dividir en partes iguales la responsabilidad directa del delito, muestra sin pudor lo que significa un  estado fallido y un abusivo poder ejercido sin vergüenza  ni  escrúpulos.

Confieso que  ha sido difícil aislar algún párrafo medianamente racional  para tratar de escribir algo que pueda ayudar a comprender detalles  no  tan evidentes. 

Sustanciar  las aberraciones, señalando de carencias y falacias para dejar constancia pertinente, siempre será un buen ejercicio académico y de ciudadanía. 

El siguiente  párrafo pudiera ayudar.a  cumplir ese  propósito. Cito.

" Se RATIFICA la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y en consecuencia el Contralor General de la República está facultado para establecer sanciones de inhabilitación, en ese sentido la ciudadana María Corina Machado Parisca, de conformidad con la Resolución N° 01-00-0000285 de fecha 16 de septiembre de 2021 está inhabilitada por quince (15) años por estar incurso en los hechos, ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador JUAN G. ANTONIO GUAIDÓ M., que propició el bloqueo criminal a la República". Fin de la Cita.

PRIMERA  OBSERVACIÓN. ¿ RATIFICAR LA CONSTITUCIONALIDAD?

Recordemos que la decisión es de la Sala Político Administrativa y la única facultada  para establecer ratificación de esta naturaleza es la Sala Constitucional.  

Hace poco tiempo dicha sala  se lavó las manos sobre el tema  y  se especula que eso motivó la retirada de la Sra Gladys Gutiérrez. En ese momento la sala electoral hizo el mandado a medias, pero   el Chavismo  requiere de   esa afirmación actualizada  en  nueva sentencia, se debía escribir que la inhabilitacion de la contraloría era  Constituciónal

A pesar de lo que ha expresado y sigue vociferando el Chavismo, se debe repetir hasta el cansancio que contrario a esa afirmación, el Contralor General de la República no está facultado para establecer  inhabilitación de índole político y mucho menos para ciudadanos que aspiran a postularse para los cargos de elección popular producto del sufragio.

 Ayer se observó en las primeras  declaraciones de Gerardo Blyde  ceder  en la postura académica  constitucional sobre la naturaleza jurídica de la inhabilitacion política. 

Los  reiterados abusos del gobierno en la materia, han influido en  muchos abogados que, resignados  públicamente han cedido postura  en la discusión sobre la expresa  inconstituciónalidad de la inhabilitación política por vía administrativa para cargos de elección popular

Esa  inhabilitacion política generalizada,  que  desde el año 2008,  ya con el control total de todos los poderes públicos y de la  Fan,  la Contraloría chavista reparte a diestra y siniestra,  se sostiene en  confundirla  convenientemente con la inhabilitacion de  funcionarios públicos para ejercer cargos de naturaleza administrativa  sujetos a su control.  

A pesar de todo ello,  hay que ser firme en la realidad jurídica  y académica para no  ensuciarse en e pantano político;  la norma constitucional con su claridad gramatical está ahí, a la vista del mundo entero. Cito.

 

"Artículo 65. No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito."( Fin de la cita)

 El significado del citado artículo, sin vacíos de ninguna índole. se  desprende de la propia Exposición de Motivos del texto constitucional. Cito

 "El derecho a desempeñar funciones públicas y ejercer cargos de elección popular se les otorga de manera igualitaria a los electores venezolanos y venezolanas, que sepan leer y escribir, con las solas RESTRICCIONES DERIVADAS DEL PROPIO TEXTO CONSTITUCIONAL o de las condiciones de aptitud exigidas por las leyes, para determinados cargos." Fin de la cita.

La naturaleza penal de la inhabilitacion política  para ejercer cargos de eleccion popular no debe tener discusión. La contraloría  es un órgano administrativo perteneciente al Poder Ciudadano. 

La  jurisdicción penal pertenece  a los tribunales penales  adscritos al Poder Judicial . En la Constitución existe separación de poderes  y aunque en la realidad de Venezuela no sea así, la verdad juridica y académica no cambia.

La  inhabilitacion administrativa para  optar a  cargo de elección popular no está en la norma Constituciónal citado,  por tal razón, ninguna ley diferente a la penal puede restringir  este derecho. La inhabilitacion para otros cargos públicos es otra cosa. 

Ahora bien, ratificar en  jurisprudencia esa violación del mandato citado, es de mucha más gravedad pues  se presume que los abogados en funcion de magistrados  conocen la Constitución y el derecho. 

Hacerlo  en "forma conjunta", es conspiración  para la  ejecución  de  un delito Constituciónal que en algún momento saldrá a relucir.

Es tan absurdo el escrito de la sala político administrativa, que  en su improvisado desespero  olvidaron que la sentencia no era en Sala Constitucional única competente para revisar la constitucionalidad de las leyes.

Lo que si prevé bien claro la carta magna en el párrafo de la Exposición de Motivos citado, es la obligación de   legislar sobre las condiciones de APTITUD para  optar a determinados cargos  que como el de Magistrados del TSJ y Contralor General, requieren algo más que lealtad ciega a un proyecto político, aspecto que por cierto, es prohibido  en forma precisa..

SEGUNDA OBSERVACIÓN, ¿ RESOLUCIÓN  N° 01-00-0000285  DE FECHA 16  DE SEPTIEMBRE DE 2021?

Llama la atención  en esta decisión la cita que se hace  de la resolución citada,  hasta hoy desconocida por aquellos que  seguimos con interés juridico y académico el extraño caso de la inhabilitacion de la sra María Corina. 

Es tan  extraña la aparición de esta" nueva prueba",que ni el alacrán Brito ni el obeso funcionario que firmó por el contralor, mencionaron su existencia en el mes de Junio del año 2023 cuando se inició la obra.

Es posible y se debe presumir  que en el expediente del TSJ exista  tal resolución de   sanción,  en  copia certificada por la contraloría, debidamente firmada por el Contralor General del momentos y  acompañado del  oficio   de notificación  dirigido a  la Sra Machado en una  fecha  dentro del lapso  que para tal fin establece el debido proceso previsto en su Ley Orgánica.

De ser así , y en un ejercicio académico,  bajo el supuesto  negado que  la inhabilitación administrativa que realiza el contralor a María Corina  sea Constitucional.   es necesario revisar la citada ley.

En primer lugar, veamos a quien se aplica. Para tal fin, estos dos artículos de la Ley de Contraloría son suficientes.

Artículo 82. Los funcionarios, funcionarias, empleados, empleadas, obreros y obreras que  presten servicios en los entes señalados en el artículo 9, numerales 1 al 11, de esta ley y, así como los particulares a que se refiere el artículo 52 de esta Ley, responden penal, civil y administrativamente de los actos, hechos u omisiones contrarios a norma expresa en que incurran con ocasión del desempeño de sus funciones

Artículo 93. Las potestades sancionatorias de los órganos de control serán ejercidas de conformidad con lo previsto en la Constitución de la República y las leyes, siguiendo el procedimiento establecido en esta Ley para la determinación de responsabilidades.

 Dicha potestad comprende las facultades para: 

1.- Declarar la responsabilidad administrativa de los funcionarios, funcionarias, empleados,empleadas, obreros y obreras que presten servicio en los entes señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley, así como de los particulares que hayan incurrido en los actos, hechos u omisiones generadores de dicha responsabilidad.

2. Imponer multas en los supuestos contemplados en el artículo 94 de la presente Ley.

3. Imponer las sanciones a que se refiere el artículo 105 de esta Ley.  Fin de la Cita.

No voy.a transcribir toda la ley para asegurar en forma categoríca  que no existe en ella  ningúna norma  que  permita a cualquier juez serio o persona sin fanatismo,  demostrar de que la sra Machado está sujeta al régimen de sanciones por actos, hechos u omisiones sujetas a la responsabilidades  administrativas que determina esta ley.

Por supuesto, la  decisión de la Sala Político administrativa  al valorar y mencionar la misteriosa resolución de sanción,  N° 01-00-0000285 del 16 de Septiembre del año 2021 debió verificar su validez y contenido apegado a las formalidades requeridas para un acto administrativo de su naturaleza.

Lastima que en su decisión nada informa sobre su contenido ni las motivaciones  jurídica que la soportan. Eso constituye un grotesco vicio de nulidad.

Es posible que la señora Machado muestre su copia y nos saque de dudas. No se puede pensar que la contraloría o el Tsj sean responsables o cómplices  de algún documento forjado.  Es recomendable a la salud  de los que estamos en Venezuela, dejar constancia escrita de  presumir la buena fe en situaciones como esta 

TERCERA OBSERVACIÓN; "ACCESSORIUM SEQUITUR PRINCIPAL"

Ese Aforismo latín puede ser traducido como "Lo accesorio sigue la suerte de lo principal" 

Un asunto principal es aquel que tiene una existencia y naturaleza propia e independiente. Un asunto accesorio  es aquel  cuya existencia y naturaleza está determinada por otra cosa de la que depende.

 Esto es  de un importante pero olvidado valor jurídico que se aprende en los primeros años de estudios jurídicos. Se considera  como un principio básico para  cualquier  razonamiento que relacione asuntos diferentes pero relacionados. Su aplicación puede ir  mas allá de lo jurídico.  

Son numerosas  las sentencias judiciales complacientes al chavismo dónde se  evidencia  como algo normal, obviar este principio para tomar atajos y  hacer  el fraude jurídico de  prevalecer lo accesorio. Generalmente luego de impuesto lo accesorio , lo principal pasa al olvido.

Las medidas cautelares  son el mejor ejemplo  de esta afirmación y solo se debe revisar muchas sentencias.

Parafraseando el citado principio, en Venezuela lo principal es la ausencia de un estado  de derecho, lo demás ha sido  accesorio  y por lo tanto irrelevante. Está inhabilitacion es un buen ejemplo.

Lo importante para el análisis del  caso de la Sra Machado es afirmar que la naturaleza jurídica de la inhabilitacion como restricción al derecho político del ciudadano, además  de ser penal, es concebida.como accesoria. 

La norma constitucional restrictiva prevista en el citado Artículo 65,  únicamente faculta a la ley penal, a fijar el tiempo de dicha Inhabilitación.

 En ese sentido, tal como podemos observar en el Código penal Venezolano, se le fija el mismo tiempo de la pena.  Por lo tanto, su existencia está condicionada a qué esa sentencia y penalidad  tenga que existir en forma previa. 

Por tal razón, es una pena accesoria y así lo establece con precisa redacción nuestro Código Penal.  Cito

Artículo 11: "Las penas se dividen también en principales y accesorias. Son principales: Las que la ley aplica directamente al castigo del delito. Son accesorias: Las que la ley trae como adherentes a la principal, necesaria o accidentalmente." 

Artículo 13: "Son penas accesorias de la de presidio: 1.- La interdicción civil durante el tiempo de la pena. 2.- LA INHABILITACIÓN POLÍTICA MIENTRAS DURE LA PENA…". Fin de la cita.

Los dos artículos citados al ser confrontados con el artículo 65 Constitucional, no puede dejar dudas de la naturaleza jurídica de la Inhabilitación en los términos de mis afirmaciones..

Ahora bien, si partimos del supuesto negado  sobre la  validez del alcance de la  inhabilitación administrativa de la contraloría como  prohibición para  optar  a cargo de elección popular, es necesario citar el Artículo 105 de dicha ley.  Cito

Artículo 105. La declaratoria de responsabilidad administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 91 y 92 de esta Ley, será sancionada con la multa prevista en el  artículo 94, de acuerdo con la gravedad de la falta y el monto de los perjuicios que se hubieren causado. 

Corresponderá al Contralor o Contralora General de la República de manera exclusiva y excluyente, sin que medie ningún otro procedimiento, acordar en atención a la entidad del ilícito cometido, la suspensión del ejercicio del cargo sin goce de sueldo por un período no mayor de veinticuatro meses o la destitución del declarado responsable, cuya ejecución quedará a cargo de la máxima autoridad; e imponer,atendiendo la gravedad de la irregularidad cometida, su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas hasta por un máximo de quince años, en cuyo caso deberá remitir la información pertinente a la dependencia responsable de la administración de los recursos humanos del ente u organismo en el que ocurrieron los hechos para que realice los trámites pertinentes..' Fin de la cita.

Partiendo del supuesto y presunción que la Contraloría pudo demostrar y  motivar  que la Sra Machado está sujeta a las responsabilidades de su  ley,  logrando ubicarla en algún cargo público funcionarial desconocido  por mi persona,  un simple análisis de este artículo nos lleva a suponer  el contenido que por ley  debe  cubrir la validez de   la misteriosa resolución N° 01-00-0000285 del 16 de Septiembre del año 2021 .

Esa validez está sujeta a al cumplimiento  los siguientes elementos concurrentes y excluyentes en en  su estricto orden de aparición.

1 .La declaratoria de responsabilidad  administrativa que de acuerdo a los artículos citados deberá estar motivada, indicando en  que consistió el hecho y como tal hecho se relaciona con  el cargo funcionarial afectado.

 La motivación debe establecer   con precisión la relación de causalidad  entre dicho cargo,el hecho y  el consecuente daño patrimonial.

2.- La sanción principal, es decir el monto de la multa que tenía que pagar la Sra María Corina Machado, la motivación de dicho montó en plena  correspondencia con la gravedad de la falta y el daño causado al patrimonio.

3.- En plena concordancia con los elementos señalados y de forma accesoria a la  sanción principal, la  norma otorga facultad al contralor para aplicar sanción accesoria.  En este caso se determinan tres posibilidades que según la redacción son alternativos y  el orden de aparición determinan de menor a mayor su  afectación.

 a.-La suspensión del ejercicio del cargo sin goce de sueldo por un período no mayor de veinticuatro meses 

 b.- La destitución del declarado responsable, cuya ejecución quedará a cargo de la máxima autoridad.

  c.- Imponer, atendiendo la gravedad de la irregularidad cometida, su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas hasta por un máximo de quince años, en cuyo caso deberá remitir la información pertinente a la dependencia responsable de la administración de recursos   humanos del ente u organismo en el que ocurrieron los hechos para que realice los trámites pertinentes.

CONCLUSIÓN.

Ahora bien,en ningún momento,ni las declaraciones de los diferentes  actores ni la decisión aquí en estudio, han informado ni escrito   sobre la sanción principal. 
Todo lo revisado se enfoca en la sanción accesoria,que por cierto  es fue aplicado al máximo permitido.

Por todo lo anterior  se debe comprender la relevancia de esa" misteriosa resolución de sanción,  N° 01-00-0000285 del 16 de Septiembre del año 2021 "

Finalizado el ejercicio académico anterior.y superada la ficción del negado supuesto, me permito dejar al lector una comparación visual directa entre  lo que ordena el artículo 65 de  la  Constitución  con lo que prevé el artículo 105 de la ley. 

El Artículo 65 de la Constitución protege " los cargos de popular"

El Artículo 105 de la ley  otorga facultad de "Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas"

Más claro imposible, la inhabilitación para ejercicio de funciones públicas como sanción accesoria es legal, siempre y cuando no abarque los cargos de elección popular. Si un  abogado no entiende eso,hay que anularle el título.

A pesar del mandato Constitucional, el  Chavismo ha  interpretado  que las funciones públicas  incluyen los cargos de elección popular sólo para opositores.

No olvidar que  con la  propia María Corina Machado, cuando fue la expulsada  de su curul de  diputada, se cometió la aberración de aplicar como justificación jurídica  normas pertenecientes al "Estatuto de la  Función Pública".

Caracas 27  de Enero.del año 2023

Coronel Ángel Alberto Bellorín.

REMISIÓN: 
De: Angel Alberto Bellorin angelalbertobellorin@gmail.com
Date: dom, 28 ene 2024 a la(s) 11:05 a.m.

domingo, 19 de noviembre de 2023

MENTIRAS DE DELCY PARA EL MUNDO. Sin separación de poderes no hay orden democrático. Por Ángel Alberto Bellorín. Opinión. Justicia. Venezuela. Internacional

MENTIRAS DE DELCY PARA EL MUNDO. Sin separación de poderes no hay orden democrático. Por: Ángel Alberto Bellorín.

La garantía de preservación de los derechos humanos no sería posible sin la firme existencia de una  sólida institucionalidad democrática. El  país que presume  respeto y  existencia de ese  orden institucional, siempre presumirá también  de cumplir y garantizar  los derechos humanos . Demostrar ambas cosas en esta era de redes sociales no es tarea sencilla para gobiernos autoritarios.

Por tal razón y para compromiso de esos estados, todos los tratados internacionales relativos a  derechos humanos  sostienen su razón de ser en esa institucionalidad. Para ello,  todas las constituciones  de los países deben reflejarlos como  supremos principios normativos. La Constitución de Venezuela señala en forma expresa la  institucionalidad necesaria y todo un extenso menú de derechos y garantías que hoy  son letra muerta.

El  fundamento principal para la institucionalidad   es la indubitable  separación de poderes y cualquier alteración o duda de su existencia afecta gravemente el orden democrático en los países integrantes de las diferentes organizaciones internacionales.

Esa duda o señales adversas a tal separación debe constituir un obstáculo insuperable para la participación de ese estado en las diversas instancias de  dichas organizaciones. Está demostrado que esa  alteración siempre  incidirá directa pero  negativamente  en la  protección de los derechos humanos.

En este sentido, el Derecho internacional trata de  proteger  esa institucionalidad y así lo prevé los principios rectores de   la mayoría de los convenios y acuerdos destinados  a la protección de los derechos humanos.

La mejor manera didáctica para definir lo que significa " Orden Democrático" es utilizar un acuerdo internacional firmado y refrendado por Venezuela.

La Carta Democrática Interamericana fue aprobada el 11 de septiembre de 2001, en sesión especial de la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en Lima, Perú y es un instrumento que proclama como objetivo principal el fortalecimiento y preservación de los Derechos humanos y de la institucionalidad democrática.

 En tal sentido, el siguiente artículo nos da claridad de lo  expresado. ( CITO)

"Artículo 3  Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y LA SEPARACIÓN E INDEPENDENCIA DE LOS PODERES PÚBLICOS"(FIN DE LA CITA).

Más allá de lo que resalto en mayúsculas, si desglosamos para  definir  esos componentes allí señalados en forma enunciativa, debemos concluir que en Venezuela la ruptura del orden democrático es indiscutible y de muy vieja data.

1.- COMUNISTA INTELIGENTE PERVERSIÓN SEGURA.

Se le atribuye al Ruso  Alexander Solzhenitsyn una  frase donde afirma que ser comunista, ser inteligente y ser bueno son tres  conceptos que  jamás pueden  estar juntos en una misma  persona .
Por tal razón, al hacer su ejercicio de silogismo,  concluía como premisa  que cualquier comunista inteligente jamás podrá ser bueno.

Por tal razón, y solo para delimitar la idea de mi escrito, considero que tanto la Sra. Delcy Rodríguez como su hermano Jorge Rodríguez, ( Los vengadores) se encuentran dentro de esa última premisa. 
Solo con su presencia  generan la  desconfianza pública que siempre  ocurre con los que irremediablemente son  señalados como  perversos.

Cuando alguno de ellos actúa y son noticia, hay que  revisar con lupa hechos y palabras en especial cuando ejercen vocería ante organismos internacionales.

Son muchos los ejemplos   de  la perversiones comunistas que en Venezuela señalan abiertamente la existencia de una  ruptura prolongada y  continuada del orden democrático,  con su consecuente daño a derechos humanos elementales . Estos dos personajes han jugado un rol fundamental en esas perversiones.

 A mi parecer y así lo he expresado en varios escritos, en Venezuela la  separación de poderes dejó de existir desde el año 2004 y  casualmente considero a Jorge Rodríguez actor principal de  su liquidación.
En ese año 2004,  perteneciendo a la directiva del partido de gobierno, violando con descaro el mandato de no estar vinculado a partido político, Rodríguez pasó a ser Rector Principal y Presidente del Poder Electoral. Allí comenzó la desgracia de Venezuela. 

Desde aquella ocasión hasta nuestros días  ha ocupado y rotado por un elevado numero de cargos. Hoy es el presidente del Poder Legislativo. 
Su hermana Delcy se incorporó en forma posterior a funciones de gobierno  demostrando que  en cinismo y perversión  nada tiene que envidiarle al hermano.

Con tantos  años en el poder, existen múltiples registros de todos sus engaños, mentiras fraudes y autoría material de hechos delictivos . Personalmente los acuso desde hace años del delito de conspiración para  modificación del texto Constitucional.

2.- AÑO 2016. LA MENTIRA TIENE PATAS CORTAS. 

El Sábado 05 de Noviembre del 2016 ante la Asamblea de la ONU, la entonces canciller  Delcy Rodríguez  con buena actuación teatral y  mediante sus declaraciones, defendió ante el mundo su pretendida revolución. Está afirmación es de antología. ( CITO)

"Es una doctrina de vanguardia en el mundo, inclusiva, que no distingue (…), todos somos iguales frente a la Ley y en el acceso en materia de derechos humanos" ( FIN DE LA CITA)

En aquel momento, al escuchar eso de  todos somos iguales, en rápido ejercicio mental y  buscando analogías comparables a tamaño cinismo , me vino rápidamente a la mente  la caricatura de la Sra Delcy como personaje principal en otra revolución  de ficción.
Me refiero a aquella surgida del brillante ingenio de George Orwell en su obra "La Rebelión en la granja". En  esa ocasión escribí mi parecer. (https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=10227533256695683&id=1192430801&mibextid=Nif5oz)

Como la mentira tiene patas cortas, en este  año 2023,  la comisión especial designada por la ONU para la determinación del cumplimiento de los derechos humanos en Venezuela, resaltó las múltiples violaciones de derechos humanos cometidos por un gobierno del que ahora Delcy es Vicepresidente.

En un informe detallado y motivado en 429 páginas, contradiciendo aquello afirmado por Delcy en la cita, dicha comisión presentó conclusiones y  recomendaciones tanto a la ONU como  a la comunidad internacional. De esas recomendaciones me permito transcribir las siguientes: (CITO)

"25. Garantizar que la  futura cooperación en materia de seguridad y las transferencias de equipo policial y militar estén condicionadas al compromiso de la República Bolivariana de Venezuela de garantizar que sus fuerzas de seguridad cumplen con sus obligaciones internacionales en virtud de los instrumentos internacionales de 
derechos humanos.

26. Garantizar que la cooperación internacional y los proyectos de inversión en la República Bolivariana de Venezuela incluyan garantías de respeto y protección de los derechos humanos. 

27. Iniciar acciones legales contra los individuos responsables de crímenes 
internacionales y violaciones de los derechos humanos investigados por la Misión, conforme con el ordenamiento jurídico interno del país en cuestión.

28. Todos los Estados Partes del Estatuto de Roma deben cooperar de forma activa con la investigación de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre la Situación en la República Bolivariana de Venezuela. (FIN DE LA CITA)

Todo ese informe debe estar en los voluminosos expedientes que hoy cursa contra Maduro y su combo en la Corte  Penal Internacional. Un juicio que para este momento avanza en la causa por  delitos previstos en el Estatuto de Roma. 
Recordemos que  este tribunal penal  tiene sede  en la Haya, ciudad de los Países Bajos y en este mes ha sido notícia en lo referente a Venezuela.

3.- LA HAYA 2023  DELCY  SIGUE MINTIENDO

El pasado  miércoles 15 de noviembre del 2023 en  la  audiencia pública ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), (otro Tribunal internacional diferente al que lleva las violaciones del Estatuto de Roma)  también con sede en La Haya,  la  hoy vicepresidenta Delcy Rodríguez aseguró que el referendo consultivo sobre el Esequibo es un ejercicio de soberanía nacional y  nada impedirá que Venezuela realice el referendo consultivo sobre el Esequibo que está programado para el 3 de diciembre próximo. 

De ese discurso, me permito compartir una cita  de algo expresado  por la Sra Rodríguez que motivó  este escrito. (CITO).

" Venezuela tiene un sólido sistema institucional que vela por la constitucionalidad y legalidad de la actuación de los poderes públicos. Ese sistema ha sido activado y a través de sentencia de su TSJ ha confirmado la constitucionalidad de las preguntas del referendo. EN VENEZUELA NO HAY NADA POR ENCIMA DE LA CONSTITUCION ".  (FIN DE LA CITA).

Con solo ver las imágenes del rostro de los Magistrados del tribunal, se puede observar el asombro que reflejan  al ser testigos de tanto cinismo en una persona . 

En la Haya, para está fecha con juicios paralelos, todos saben que en Venezuela la Constitución ha sido  papel sanitario para Delcy, su hermanito Jorge Rodríguez, Nicolás Maduro, y todos esos personajes que usurpan el poder y acabaron en Venezuela con todas las instituciones que ella vocifera como solidas. Si fueran solidas no estuviera ese juicio penal.

Es conocido en el mundo que el  TSJ venezolano es un bufete del Chavismo conformado por militantes del partido de gobierno. Si alguna duda existía en el extranjero, la disiparon con la grotesca sentencia de anulación de las primarias. 
A nadie impresiona Delcy al manifestar que su bufete confirmó las mal redactadas preguntas del referendo.

No hay que pasar por alto que hace pocos días, en el tribunal Penal les fue dada una paliza tanto al fiscal Tareck  como al canciller de  Venezuela. Este último personaje  se la pasa brincando entre ambos Tribunales y como que se  mudó a la Haya.
Todo eso es público y notorio ya que en esas instancias nada es secreto. Los detalles se desprenden  del expediente penal  que allí mismo en la Haya cursa en un tribunal vecino.

4.- EL DILEMA DE LA SOBERANÍA .

En lo que concierne a la incidencia procesal llevada por la Corte Internacional  referida al referendo consultivo sobre el Esequibo, sin entrar en más detalles, no deja de llamar la atención el hecho contradictorio que la Sra. Delcy se presente personalmente en la audiencia, habilitando con esa  presencia la competencia  de un  tribunal   que posiblemente y, a pedido del gobierno que representa, el pueblo de Venezuela en ese referendo " que nadie impedirá",  vote un sí para desconocer. 

¿Que hará el gobierno  en este caso?  ¿ Desconocerá el  mandato que surja de ese ejercicio de soberanía?  Veamos la pregunta número 3.  (CITO)

 ¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la Jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?
(FIN DE LA CITA)

Sobre este particular, me  ha causado pena ajena observar expertos ( varios conocidos) tratando con maromas  gramaticales, explicar que la solución al actual problema sobre el antiguo conflicto de la Guayana Esequiba, está en enfrentar la nueva realidad del juicio iniciado.
 Deben  los expertos en tarea difícil, señalar sus argumentos  sin meterse en problemas con el gobierno afirmando sobre  lo descabellado y perturbador  del pretendido referendo.

A estás alturas de tantos errores,  entreguismo  y con todo en contra para nuestra causa, considero que la única forma de presentar ante el mundo la veracidad del despojo y la nulidad del Laudo de París de 1899, es enfrentar con las mejores armas jurídicas  este juicio que ya no puede evadirse. Vacilar es perder 

Cuando afirmó que todo está en contra para la causa, no debe pasarse por alto que la  actual  representación  del Estado venezolano ante la Corte Internacional, la  conforman funcionarios de  un gobierno que desde el año 2017 ha sido considerando usurpador e ilegitimo por más de 60  países.

Cómo ya referimos, la misma ONU, a través de su Corte Penal, le lleva causa a este gobierno  por delitos previstos  en el  Estatuto de Roma.. 

Estados Unidos ofrece recompensa por Nicolás Maduro y gran parte de su gabinete y la Unión Europea ha fijado sanciones. Esto no deja de ser contradictorio.

Sin embargo, su tribunal de conflictos, la Corte Internacional de Justicia, también bajo jurisdicción de la ONU,  le otorga a ese gobierno ilegitimo condición de parte en un juicio por un tema casi sagrado para el inmaginario colectivo de un  pueblo  que ha sido despojada hasta de su derecho a alimentarse mediante un salario mínimo que se lo permita.

 Esa  representación para la defensa del territorio Esequibo va en  detrimento de toda una nación que no encuentra solución a  una crisis social, publica, notoria y existencial. Pareciera que las mentiras y contradicciones mueve al mundo.

Para finalizar, otra frase  atribuida al ya citado  disidente ruso Alexander Solzhenitsyn (1918-2008). Este  cae como anillo al dedo. CITO

"Sabemos que nos mienten. Ellos saben que mienten. Ellos saben que sabemos que nos mienten. Sabemos que ellos saben que sabemos que nos mienten. Y, sin embargo, siguen mintiendo."  (FIN DE LA CITA)

Caracas 18 de Noviembre del 2023.

Coronel Angel Alberto Bellorin.

Angel Bellorín
Twitter (X): @chateubrian 

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La crisis institucional de la Fuerzas Armadas Nacionales de Venezuela llegó a sus clímax. La aprobación de la nueva Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional “Bolivariana” lo confirma. La identidad de una organización al servicio del Estado se pierde y surge por imposición pseudo-legal la potestad de “autoridad suprema” de aquel que se atavía como comandante en jefe. Se incrementa la INDISCIPLINA y se trata de contener la disidencia, desobediencia o rebelión, con la adoración al oficial de mayor graduación investido como TÓTEM SOCIALISTA . Haga click en la imagen para seguir leyendo. gracias

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Biografia de Rafael RAMÍREZ CARREÑO

Biografia de Rafael RAMÍREZ CARREÑO
Rafael Ramírez Carreño. Presidente de PDVSA y ministro de Energía y Petróleo. Es ingeniero mecánico, es trujillano, de finos modales, la verdad sea dicha. Su padre -Rafael Darío Coronado- fue guerrillero en los sesenta. Su padre y él mismo fueron cercanos a Diego Salazar Longo -cuñado, fundador de la FALN (Fuerzas Armadas de Liberación Nacional). Rafael Darío Ramírez-padre militó en las brigadas urbanas de la FALN. Haga click en la imágen par seguir leyendo.

Lea: Los Esquiroles del Petróleo / Por: Sammy Landaeta Millán

Lea: Los Esquiroles del Petróleo / Por: Sammy Landaeta Millán
Cuando los Trabajadores de Petróleos de Venezuela (PDVSA) activaron un paro laboral para repudiar la Politización y la inobservancia de la Meritocracia, en la Corporación en el año 2002; no recibieron el apoyo de algunos de sus compañeros. Los participantes del conflicto fueron catalogados por el régimen Castro Chavísta como enemigos del proceso revolucionario y traidores a la Patria.” Pero los que apoyaron al desgobieron, para consolidar lo que hoy llaman, “La PDVSA del Pueblo,” también podemos señalarlos por justicia, como: Los Esquiroles del Petróleo./Haga click en la imágen para seguir leyendo

Lea: Carta de Ivan Simonovis al Parlamento Europeo

Lea: Carta de Ivan Simonovis al Parlamento Europeo
Mi nombre es Iván Simonovis, de 49 años de edad y de profesión Investigador Criminal. Durante 23 años ininterrumpidos trabajé en la Policía de investigación Criminal de Venezuela y, por mis méritos, en el año 2000 fui escogido para ocupar el cargo de Secretario de Seguridad Ciudadana del Distrito Capital durante los fatídicos hechos del 11 de Abril de 2002. Mi función era la coordinación y supervisión de las políticas de seguridad pública de la ciudad de Caracas, Venezuela./Haga click en la imágen para seguir leyendo

Lea: LOS SEMERUCOS OBJETIVO MILITAR/ Por: Sammy Landaeta Millán

Lea: LOS SEMERUCOS OBJETIVO MILITAR/ Por: Sammy Landaeta Millán
Hoy 25 de Septiembre de 2008, se cumplen 5 años del brutal ataque de las fuerzas MILITARES y POLICIALES en el Campo Petrolero LOS SEMERUCOS, en Punto Fijo, Estado Falcon. Sacar de la vivienda, a la señora Haydée Irausquín, fue punto de honor, del proceso de revolución y la convirtieron en la primera persona desalojada de las residencias petroleras. /Haga click en la imágen para seguir leyendo

Keira Knightley

Keira Knightley
Keira Knightley as Lara in Doctor Zhivago (2002) Keira es la cara de la campaña de AMNISTÍA INTERNACIONAL a favor de los DERECHOS HUMANOS. La fotografia corresponde a: http://www.flickr.com/photos/21058094@N04/3159549540/ Si Usted precisa mayor información sobre ésta prestigiosa actriz británica de cine y televisión, por favor haga click sobre la imagen. Gracias.

LA TRAICIÓN ENCUBIERTA // Por: Nelson Ramírez Torres

LA TRAICIÓN ENCUBIERTA // Por: Nelson Ramírez Torres
La presente reseña, lo hacemos asumiendo la total responsabilidad, al difundir algunos aspectos, del Libro: “La traición encubierta” de Nelson Ramírez Torres, sin el ánimo de vulnerar los derechos de autor, las previsiones legales de la Editorial o las diagramaciones del diseñador grafico. Nos mueve simplemente los sentimientos de dolor, rabia e impotencia, que nos embarga en nuestra humilde condición de Militar en Situación de Retiro, ante una institución armada que quedó MINUSVALIDA en su Sistema de Comunicaciones de la Defensa Nacional -SICODENA- y NO podemos hacer otra cosa que sensibilizarnos con la narrativa del texto, en cuestión. Para ver ésta RESEÑA, le agardecemos hacer click en la imagen, donde tambien consideramos prudente incluir la FICHA TECNICA y la SIPNOSIS del libro. Gracias.

LEA: VELÁSQUEZ Y PILATOS. Por: Sammy Landaeta Millán.

LEA: VELÁSQUEZ Y PILATOS. Por: Sammy Landaeta Millán.
FOTO: LUIS VELÁSQUEZ ALVARAY. MAGISTRADO DEL TSJ. Hace más o menos una año la República Bolivariana de Venezuela contemplaba la acción del Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) Luis Velásquez Alvaray, fungiendo como el hombre más poderoso del régimen revolucionario, en la aplicación de justicia desde la óptica bolivariana. Haga click en la imagen, y lea el artículo completo. Gracias.

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SAMMY LANDAETA MILLÁN

Mi foto
Naguanagua, Estado Carabobo, Venezuela
Sammy Landaeta Millán. Coronel de la Fuerza Aérea Venezolana, en Situación de Retiro, según resolución N°7446 de fecha 26 de julio de 2000 (Propia solicitud). Licenciado en Ciencias y Artes Militares (Opción Aeronáutica). Especialista en Administración de los Recursos de la Aviación. Maestría en el Empleo del Poder Aéreo. Diplomado Estado Mayor Conjunto N°14. Diplomado Curso Especial de Seguridad y Defensa para Ejecutivos. Piloto Aviador Militar. Piloto de Helicópteros Militares. Piloto de Helicóptero Comercial. Especialista en Búsqueda y Salvamento -SAR- Cursó estudios de Maestría en Ciencia Política en la USB. Presentó el Trabajo de Grado: "Política Militar, Misión de la FAN y Soberanía Nacional, a partir de 1999." Fue asignada la fecha de defensa pero el primer Jurado lo mandó a corregir -nos pronunciamos por escrito y presuntamente no gustó la motivación.- Se corrigió y se redujo el estudio a 50% y se presentó de nuevo a la Coordinación. Designaron dos Jurados adicionales y se INHIBIERON. El Dr. Frederick Welsch -Tutor de la tesis - salvó su voto. No obtuvo el Grado. ¿ORDEN DE LA REVOLUCIÓN?

RECIVEX SAN DIEGO

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Los Chávez //ACTUALES-NUEVAS FOTOS //SOS Comandante Presidente // BMW, Jet, Cruceros y mas.... que vida tan dura.

DISIDENTES DE ALTAMIRA

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Artículos de Opinion relacionado con la Disidencia Civicp-Mlitar de la Plaza Francia de Altamira. Caracas. Venezuela.