Califican de "muy grave" insistir en un registro militar obligatorio
Ya entró en vigencia la Ley de Registro y Alistamiento Militar para la Defensa Integral de la Nación, la cual sanciona con multas a personas naturales y jurícas que no se inscriban en el padrón castrense. "¿Qué se está buscando? ¿Qué los militares sepan dónde estamos y para qué servimos?", se preguntan desde Control Ciudadano.
MARÍA LILIBETH DA CORTE
| EL UNIVERSAL
jueves 26 de junio de 2014 07:03 PM
Caracas.-
A partir de la publicación en Gaceta Oficial, el pasado 25 de junio, de
la Ley de Registro y Alistamiento Militar para la Defensa Integral de
la Nación "los venezolanos por nacimiento o por naturalización" de entre
18 y 60 años, así como las empresas deberán inscribirse en el Registro
para la Defensa Integral de la Nación sino quieren pagar multas
comprendidas entre 600 y 18 mil bolívares. Quienes aún no se han
inscrito en el Registro "quedarán exentos de toda sanción (...) siempre
que formalicen su inscripción dentro de al año siguiente a la entrada en
vigencia" del texto legal.
La persona natural tiene 60 días luego de cumplido los 18 años para inscribirse en el Registro, mientras los venezolanos por naturalización deben apuntarse "dentro de los 60 días siguientes a la fecha de publicación de su naturalización en Gaceta Oficial".
La presidenta de la ONG Control Ciudadano, Rocío San Miguel, advierte que esta obligatoriedad "no se ajusta al artículo 134 de la Constitución que establece que todos los venezolanos a nuestra elección podemos prestar servicio militar o servicio civil".
"Hay un equivoco deliberado, perverso, intencionado del oficialismo en subsumir en una obligatoriedad el Registro Militar para la Defensa Integral de la Nación. Es decir al final se entiende la defensa de la nación como militar, lo cual nuevamente es un concepto errado porque la única defensa militar que atribuye la Constitución a algún órgano o persona es a la Fuerza Armada Nacional", enfatiza San Miguel.
Según la Ley las personas naturales y jurídicas deberán inscribirse en la Circunscripción militar u oficina de de registro municipal o parroquial más próxima a su domicilio, mientras los residenciados en el exterior deben inscribirse "de manera automatizada y formalizarlas a través de las representaciones diplomáticas".
Para Rocío San Miguel "el venezolano consciente de sus derechos no ha acudido a esta obligatoriedad inconstitucional que desde hace 4 años se viene dibujando en esta reforma sucesiva a la Ley, esta es la tercera reforma en esta materia". "Lo que está pasando es que nos resistimos a inscribirnos compulsivamente a un servicio militar porque estamos consciente que no estamos obligados a ello, entonces están usando subterfugios para endosárselos a las empresas privadas con la gravedad de sancionarlas por la vía de solvencias económicas, etc.", agregó la presidenta de Control Ciudadano.
Los órganos y entes públicos y privados están obligados, según el artículo 44 de la Ley "a exigir como requisito indispensable para la inclusión en nómina o contratación el certificado de inscripción" en el Registro para la Defensa Integral o constancia de haber cumplido con el servicio militar. Además las personas naturales deben presentar el certificado para obtener licencias de conducir, mientras las universidades e institutos deben exigirlo para otorgar títulos académicos. Las personas jurídicas deben presentar su certificado de inscripción para obtener solvencias laborales.
A juicio de san Miguel "el oficialismo se escuda señalando que no hay servicio militar obligatorio, sí esta muy bien, entonces para que nos obligan a registrarnos militarmente cuando no estamos obligados a ello de acuerdo a la Constitución. Eso es una infamia a la Constitución y sobre todo un desconocimiento al avance constitucional que significó eliminar el servicio militar obligatorio".
"¿Qué se está buscando con un registro militar obligatorio?, ¿Qué los militares sepan dónde estamos y para qué servimos?", se pregunta.
"Es grave porque estamos persistiendo en un modelo de estado militar o controlado por lo militar que no está en la Constitución", insistió San Miguel, para luego subrayar que el único registro obligatorio que existe en Venezuela es el electoral, al que por cierto no se le está haciendo ningún seguimiento y vigilancia que le de garantía a los venezolanos, y sin embargo se nos está compulsivamente obligando a un registro militar que no aparece obligatoriamente para todos los venezolanos en la Constitución".
La persona natural tiene 60 días luego de cumplido los 18 años para inscribirse en el Registro, mientras los venezolanos por naturalización deben apuntarse "dentro de los 60 días siguientes a la fecha de publicación de su naturalización en Gaceta Oficial".
La presidenta de la ONG Control Ciudadano, Rocío San Miguel, advierte que esta obligatoriedad "no se ajusta al artículo 134 de la Constitución que establece que todos los venezolanos a nuestra elección podemos prestar servicio militar o servicio civil".
"Hay un equivoco deliberado, perverso, intencionado del oficialismo en subsumir en una obligatoriedad el Registro Militar para la Defensa Integral de la Nación. Es decir al final se entiende la defensa de la nación como militar, lo cual nuevamente es un concepto errado porque la única defensa militar que atribuye la Constitución a algún órgano o persona es a la Fuerza Armada Nacional", enfatiza San Miguel.
Según la Ley las personas naturales y jurídicas deberán inscribirse en la Circunscripción militar u oficina de de registro municipal o parroquial más próxima a su domicilio, mientras los residenciados en el exterior deben inscribirse "de manera automatizada y formalizarlas a través de las representaciones diplomáticas".
Para Rocío San Miguel "el venezolano consciente de sus derechos no ha acudido a esta obligatoriedad inconstitucional que desde hace 4 años se viene dibujando en esta reforma sucesiva a la Ley, esta es la tercera reforma en esta materia". "Lo que está pasando es que nos resistimos a inscribirnos compulsivamente a un servicio militar porque estamos consciente que no estamos obligados a ello, entonces están usando subterfugios para endosárselos a las empresas privadas con la gravedad de sancionarlas por la vía de solvencias económicas, etc.", agregó la presidenta de Control Ciudadano.
Los órganos y entes públicos y privados están obligados, según el artículo 44 de la Ley "a exigir como requisito indispensable para la inclusión en nómina o contratación el certificado de inscripción" en el Registro para la Defensa Integral o constancia de haber cumplido con el servicio militar. Además las personas naturales deben presentar el certificado para obtener licencias de conducir, mientras las universidades e institutos deben exigirlo para otorgar títulos académicos. Las personas jurídicas deben presentar su certificado de inscripción para obtener solvencias laborales.
A juicio de san Miguel "el oficialismo se escuda señalando que no hay servicio militar obligatorio, sí esta muy bien, entonces para que nos obligan a registrarnos militarmente cuando no estamos obligados a ello de acuerdo a la Constitución. Eso es una infamia a la Constitución y sobre todo un desconocimiento al avance constitucional que significó eliminar el servicio militar obligatorio".
"¿Qué se está buscando con un registro militar obligatorio?, ¿Qué los militares sepan dónde estamos y para qué servimos?", se pregunta.
"Es grave porque estamos persistiendo en un modelo de estado militar o controlado por lo militar que no está en la Constitución", insistió San Miguel, para luego subrayar que el único registro obligatorio que existe en Venezuela es el electoral, al que por cierto no se le está haciendo ningún seguimiento y vigilancia que le de garantía a los venezolanos, y sin embargo se nos está compulsivamente obligando a un registro militar que no aparece obligatoriamente para todos los venezolanos en la Constitución".
FUENTE: EL UNIVERSAL