ESENCIA

Con la solicitud de pase a retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales en el año 2000, constituimos una PROTESTA, negándonos a ser instrumento subordinado de los incapaces. Estos; se adueñaron, deterioraron, politizaron y pretenden destruir una Institución a nombre de una REVOLUCIÓN. La esencia del blog es advertir, destacar y denunciar las acciones políticas, que inciden negativamente en el estamento militar, por obra del DESGOBIERNO autocrático, militarista y neo comunista de Hugo Chávez Frías.
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miércoles, 12 de julio de 2023

La inseguridad Social de los Militares R y A. Por: Tcnel (Ej.) Darío Lozano. Opinión. Militar. IPSFA. Venezuela.

La inseguridad Social de los Militares R y A 

Los militares gozaban de una Ley de Seguridad Social con su Respectivo Reglamento. Si mi mente Frágil no me traiciona creo fue el Coronel de Blindados Zerpa Torres quien Escribió su Tesis de Post Grado sobre la seguridad Social de las FAN sin B. Ya existía el Ipsfa Capitalista quien Manejaba los Fondos Autónomos de Seguridad Social, FASFA. 

Por allá en el año 83/84 el Cnel Ramirez tío del Cnel. Ramirez Socorro promoción 86 Compañero de AMV de los Generales Reengancha dos José Avelino Ornelas Ferreira, y Domingo Hernández Lárez (88) era Gerente de Seguridad Social y manejaba los Fondos Autónomos, un Marino era Presidente del Ipsfa. Quizás Juan José Ferrer Barazarte, Dumas Rojas Rodríguez, Capitán de Navío Jesús Grillet Brouzes, Coronel. Francisco Alvarado Pintos  Gerentes en Gestión de Ferrer Barazarte, nos puedan decir si Existían esos Fondos y como se Manejaban.

Hoy el IPSFA es SOCIALISTA y NO FUNCIONA, y NO cumple la LEY.  Los Hospitales Militares se vinieron a menos, el Genio Populista del Socialismo del Siglo XXI Ordenó Atención Hospitalaria para Todo el mundo pero con el mismo viejo presupuesto e inventó las Rutas Sociales Aéreas, con los viejos Aviónes Golfo y C123. Los cuales terminaron en el Museo Aeronáutico. 

Seguros Horizonte, Empresa propiedad del Ipsfa en un 99 /100. Prácticamente NO EXISTE, el Ministro Eterno de Defensa Padrino López quien se ganó los Galones Arrodillandosele al Tirano Banderas del Caribe, NO le da la gana de pagarle a Horizonte, la Cuota Anual del Seguro de Cirugía y Hospitalización de los Oficiales de las Fuerzas Armadas.


Así paga el Diablo a quien le sirve es el título que el Cmdte Pineda Castellanos le colocó al Libro que le escribió a su Compañero Hugo Rafael y que la Bicha Berenice Gómez colocó en Internet antes de que saliera a la Prensa.  http://www.rettalibros.com/shop/catalogs/show_material_details/19370

Si Pineda dice que Hugo Rafael era un Diablo se confirma la teoría se acepta la prueba del Chi cuadrado. Yo  pregunté en el Escrito La Inseguridad Social de Los militares que mal le habíamos hecho los oficiales Retirados que negaba el pago de Alimentación y el Bono Vacacional Recreacional mediante Sentencia del TSJ de Luisa Estela Morales de Lamuño. Presidenta del TSj.

La Misma pregunta se la hago a Vladimir Ilich Padrino López, a José Avelino Ornelas Ferreira, mi Furriel en AMV y a Domingo Hernández Lárez, mi Alumno de Leyes y Reglamentos AMV 84/85. Miembros del Alto Mando Militar. El Trío que manda. Que mal le hicieron los oficiales en Situación de Retiro y sus Profesores Militares en AMV... 

Que Pena me da ver a ex Ministros de Defensa participando en marchas Como Pedro Pueblo, Enrique el Soberano pidiéndole al Excelentísimo Ministro Eterno de Defensa pague las Asignaciones Monetarias de Ley que corresponden a los oficiales en Situación de Retiro igual que a los oficiales en Situación de Actividad.

Ver a mi Cmdte de Grupo de Artillería Lara 91, Año 77/78. Liderando los Reclamos junto al Coronel Hidalgo Valero Briceño, hermano del Embajador Eterno en OEA y ONU, Valero Briceño quién lleva 23 años en USA como Embajador.

Aquí los funcionarios Son Eternos como el Colega Profesor AMV 84/86 quien es un Muerto Eterno.

En tiempos de Pandemia los Generales Amigos jefes y compañeros de trabajo Gral. Ramon Andrés Cuervo Romero y Juan Manuel Bogado Velázquez y señora Nancy Torres de Bogado, murieron como Juan Bomba, en el Poliedro instalación para Eventos Deportivos y Musicales.

Cómo crees que te recordarán Ministro Padrino López como al Gral Ramón Florencio Gómez, Briceño Linares, Fernando Paredes Bello, Vice Almirante Carbonell Izquierdo, V/A, Brito Martinez. Gral Heliodoro Guerrero Gómez tu Director AMV, Vice Almirante Radamés  Muñoz León, Vicente Luis Narváez Churion, NO Padrino López, Alferez AMV 84. Te recordarán como el Ministro que se le Arrodilló a un Guerrillero. Que acabó con la Seguridad Social de los Militares "R" y viudas con Derecho. Tu tienes un Suegro que es CORONELtienes que saber cuáles son sus Carencias o las del MTM. JJ Rendón, tu Representante en AMV que te llamó INGRATO. Dicen que el Peor pecado que cometen los Hombres es la INGRATITUD,  Frase de Simón Bolívar el único Eterno Libertador y que pronunció también Martin Luther King.

Me imagino que estás enterado que el IORFAN  está  USURPANDO, tus funciones y las de Horizonte Seguros, al Contratar, firmar convenio con Seprefa Aragua, para un Seguro Funerario por  el cual deben pagar 94 Bs los oficiales En Retiro, de Los 800 o 1000 bs que percibe un Coronel o Teniente Coronel. Salario Miserables. En el Año 80 cuando tú eras un Cadete Aspirante, un Mayor oficial Superior ganaba 2000 Dólares. Yo quisiera tener hoy día en esta maravilla de Revolución o mejor dicho de INVOLUCIÓN, Salario de los Años 80/86.

Cuando vengas de visita a San Cristóbal a saludar a tus primos Políticos dile a tu Director de Secretaria que te pases a la 12 del Día frente a las Residencias que están al lado de Hiper Barata para que veas Sargentos de la Guardia Nacional haciendo cola para que le suministren Sopa en un pote.  Y me dijo el Sargento García Arellano: "Yo he visto a oficiales allí Mendingando un plato de sopa."

Es este el legado de tu cmdte Eterno. Así vamos a ganarle la guerra al Imperio? Amor con hambre no dura Alférez Padrino, perdón Soñaba es Gral Cuatrisoleado que NO es Militar cuatri... o Abigarrado como decía el Profesor Alfonso Álvarez Castellano en UCABET 73.

Elías Pino Iturrieta PHD en Historia, mi Profesor de Historia de Venezuela en UCAB 80 dice que este es un Gobierno Militar Militarista y ustedes Gritan Socialista y Chavista. El Ejército Es Ejército NO es propiedad de nigun mortal y la Historia es Historia y no tiene lado correcto dice Elías Pino. Entiendo que te preocupen más las Bricomiles y el General Maita con sus máquinas sacando oro Coltán y otros minerales como lo acusó la hija del Capitán Indígena de Amazonas. 

Donde quedó aquello del Bienestar de los Hombres y el Cumplimiento de la Misión. Con lo cual nos ladillaban en la Vieja Escuela Militar. Ordena que regrese a la Entrada de la Academia Militar el Lema: "La Academia Militar, Forja Hombres Dignos y Útiles a Patria". La Escuela militar NO es CUBA, pues allí NO hay niños hay jóvenes Cadetes, Hombres que reciben Enseñanza de Valores Principios Éticos Morales, bueno creo no tuviste oportunidad  de ser Profesor Oficial de Planta. Comandante del Cuerpo de Cadetes. Ustedes recibieron una buena Educación, Verdad José Avelino Ornelas. Domingo Hernández Lárez, por eso llegaron a Dónde Están al Zenit, Nada es eterno en la vida, todo tiene  su final, nada dura para siempre canta Rubén Blades.

La vida es un bazaar, un tobogán un Sube y baja, unas veces arriba otras abajo. Todas las deudas se pagan decía el Bíblico Hermano Pablo. Paguen al Salir.
  
Angiollillo Pascualino Fernández, bienvenido a la vida Civil. Si sembraste, cosecharás. Deseo verte como vi a Velasco Lugo, haciendo Cola para comprarse un helado y le toque la Espalda, y me dijo: Renuncié a Bolipuertos.

A Jose Temístocles Morantes Torres le vi en estos días pasaba por mi lado y  NO me reconoció le dije cuando pasaba por mi lado:  "José Temístocles Morantes Torres" y se Sorprendió y me dijo "Mi comandante usted vive aquí le respondí si ya el Satrapa General Camejo, Asesino intelectual de la Masacre del Amparo,  NO me saca de Aquí. No cumplistes el Reglamento de Servicio en Guarnición en lo referente a llegada de Militares a la Guarnición, fuistes dos años jefe de la REDI Andes y NO te acordaste  de tus Profesores. 

Me respondió NO le veía desde Febrero 92 cuando fue a visitar los Tenientes presos  en el Cecao. 

Por ahí llamé el jueves pasado al Gral Quiaro mi ahijado de Confirmación me enteré por el parte de Caica que estaba Hospitalizado y le dije pensé que los Generales NO se enfermaban.

¿Que rápido pasaron 39 años verdad?

Mejoró la seguridad Social, noo, Mejoró el Hospital Militar, noo, mejoraron los Sueldos noo. Entonces. para que se Alzaron. Tienen ustedes la palabra señores Generales.












Teniente Coronel  Ejército Darío Lozano 
100630 julio 2023. 

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1.- miércoles, 5 de julio de 2023

CONVENIOS IORFAN: ¿DELITO, COMPLICIDAD Y GUABINEO? Por: Coronel (Ej-V) Manuel A Ledezma Hernández. Denuncia. Seguridad Social. Militar. IPSFA. Venezuela. FUENTE: https://laprotestamilitar.blogspot.com/2023/07/convenios-iorfan-delito-complicidad-y.html


2.-  martes, 8 de julio de 2014

EL DISCURSO DEL DEGRADADO general en jefe. Por: Juan José Rendón González. Al G/J (ENB) Vladimir Padrino López. FUENTE:  https://laprotestamilitar.blogspot.com/2014/07/el-discurso-del-degradado-general-en.html  

miércoles, 5 de julio de 2023

CONVENIOS IORFAN: ¿DELITO, COMPLICIDAD Y GUABINEO? Por: Coronel (Ej-V) Manuel A Ledezma Hernández. Denuncia. Seguridad Social. Militar. IPSFA. Venezuela.

 

... 

CONVENIOS IORFAN

¿DELITO, COMPLICIDAD Y GUABINEO? 


 

PREÁMBULO

Me veo impelido hacer este escrito debido a que he sido citado en una de las redes sociales acusándome de enemigo del IORFAN e incluso de querer imponer mi voluntad y quién lo dice no entiende, o no le da la gana de entender, que no soy de los que dicen siempre, en forma servil:

“SÍ, SEÑOR”.

--

DEFINICIONES

Antes de entrar en materia revisemos algunas definiciones registradas en el DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO EN ESPAÑOL 1 para tratar de evitar el “pataleo” de un “guabinoso”:

DELITO:

El delito es un concepto utilizado en el ámbito del derecho penal para referirse a una acción u omisión que está prohibida por la ley y que se encuentra castigada con una pena o sanción.

COMPLICIDAD:

La complicidad es un concepto jurídico que se refiere a la participación de una persona en la comisión de un delito junto con el autor principal. Esta participación puede ser de diferentes formas, como ayudar, instigar, inducir o colaborar de alguna manera en la realización del delito.

La complicidad puede ser tanto activa, cuando la persona realiza directamente acciones para facilitar la comisión del delito, como pasiva, cuando la persona simplemente se abstiene de actuar para evitar la comisión del delito.

Es importante tener en cuenta que la complicidad implica una responsabilidad penal, ya que el cómplice puede ser juzgado y condenado por su participación en el delito, aunque no haya sido el autor material del mismo.

GUABINOSO:

Persona que acostumbra salirse por la tangente para no comprometerse y descubrir sus verdaderos planes, o tomar decisiones o enfrentar una responsabilidad ante una situación difícil o comprometedora, o una responsabilidad.

APROPIACIÓN INDEBIDA:

La apropiación indebida es un delito que se comete cuando una persona se apropia de manera indebida de algo que le ha sido confiado o entregado, y que le pertenece a otra persona. Este delito implica una violación de la confianza depositada en la persona que realiza la apropiación, ya sea por parte de un particular o de una entidad pública. La apropiación indebida puede aplicarse a diversos ámbitos, como el financiero, el empresarial o el doméstico, y puede tener consecuencias legales graves, incluyendo sanciones penales.

COSA:

En el ámbito del Derecho, el término "cosa" se utiliza para referirse a cualquier entidad material o inmaterial que tenga existencia autónoma y pueda ser sometida al poder de las personas como medio de satisfacer una utilidad, generalmente económica.

DATA:

En el ámbito de la tecnología y la informática, "data" hace referencia a los datos almacenados en una computadora o en cualquier otro dispositivo electrónico. Estos datos pueden ser de diferentes tipos, como texto, imágenes, videos, números, etc.

INFORMACIÓN DE CARÁCTER PERSONAL:

La información de carácter personal se refiere a cualquier dato que identifique o pueda identificar a una persona física específica. Este tipo de información incluye datos como el nombre, la dirección, el número de teléfono, la dirección de correo electrónico, el número de identificación, la fecha de nacimiento, entre otros. En el ámbito legal, la protección de la información de carácter personal es fundamental para preservar la privacidad y la intimidad de las personas, y suele estar regulada por leyes de protección de datos en muchos países.

INFORMÁTICA:

Conjunto de conocimientos técnicos que se ocupan del tratamiento automático de la información por medio de computadoras.

FLAGRANCIA:

Se considera flagrante a aquella conducta delictiva que es descubierta en el momento en que se está llevando a cabo o justo después de haberse perpetrado.

OMISIÓN IMPROPIA:

En el contexto legal, una omisión impropia podría referirse a una conducta negligente o imprudente por parte de una persona que no cumple con una obligación legal o contractual, lo que puede resultar en responsabilidad civil o penal.

COMISIÓN POR OMISIÓN:

La expresión "comisión por omisión" se interpreta como una manera de describir una situación en la que alguien comete un error o incurre en una falta al no llevar a cabo una acción que se esperaba de él.

PATRIMONIO:

El concepto de patrimonio se refiere al conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona o entidad posee. Estos bienes pueden ser tanto materiales (como propiedades, vehículos, dinero) como inmateriales (como marcas registradas, derechos de autor, patentes). El patrimonio también incluye las deudas u obligaciones económicas que se tienen.

ANUENCIA:

La palabra "anuencia" se refiere a la acción de dar consentimiento o aprobación a algo. Es sinónimo de acuerdo, conformidad, permiso o consentimiento. Cuando alguien otorga su anuencia, está dando su conformidad o permitiendo que se realice una determinada acción o se lleve a cabo un proyecto.

La obtención de la anuencia de alguien es necesaria en varios contextos, un ejemplo común son los contratos: Antes de firmar un contrato, es importante obtener la anuencia de todas las partes involucradas. Esto asegura que todas las partes estén de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el contrato.

ASUNTO A TRATAR

No será breve debido al tipo de hechos denunciados y al guabineo defensivo.

Desde hace muchos días ha estado circulando por las redes comentarios, verbales y escritos, sobre irregularidades que afectan el patrimonio de quienes están afiliados a alguna organización administrativa militar. Son tres los órganos que han sido denunciados por afectar directamente el patrimonio de los denunciantes, uno de ellos es el Instituto de Previsión Social de la fan (IPSFA); otro es la caja de ahorros adscrita al mencionado Instituto y el tercero es el Instituto de Oficiales Retirados de la fan (IORFAN)

En cuanto al IPSFA esa afectación no puede ser eliminada sin reformar la vigente LOSSFAN.

En relación a la caja de ahorro adscrita al IPSFA es necesario tener al alcance sus estatutos, los cuales no poseo.

En lo que corresponde al IORFAN es un caso muy particular ya que, presuntamente, se cometió un delito que, si no fue a título de beneficio personal, si lo fue en beneficio de un tercero con la anuencia, omisión o complicidad de todos los integrantes de la Junta Directiva de ese Instituto, órgano colegiado para la toma de decisiones que afecten, o beneficien, al Instituto y principalmente a sus afiliados.

Es curioso y alarmante lo que ha sido denunciado por las redes por los descuentos hechos de las jubilaciones y pensiones de los afiliados a ese Instituto en favor de una empresa privada de servicios funerarios gracias a la entrega inconsulta de la data de todos esos afiliados que, en total sobrepasan, o sobrepasaban, las cuatro mil (4.000) personas y es aquí donde se materializa el presunto delito que describiré más adelante.

Ante tantas denuncias siempre sale un vocero quién es el autor intelectual, autor material de la planificación, concreción y firma del contrato de servicio de esa agencia funeraria, y presumo que fue designado por el presidente y todos los integrantes de la Junta Directiva, para dar las explicaciones necesarias.

Entre sus argumentos para justificar el convenio del servicio de prevención funerario, y la consiguiente entrega de la data de sus afiliados, es que el Instituto está cumpliendo con lo que establece el artículo 1º de la ley del IORFAN según la interpretación muy particular de dicho vocero lo cual es incierto porque el contenido de dicho artículo es:

“El Instituto de Oficiales de las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de Retiro (así), es un organismo de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente del Fisco Nacional; creado con el objeto de agrupar a todos los Oficiales que se encuentren o pasen a dicha situación, estimular su mutuo acercamiento y fortalecer los vínculos de fraternidad que deben existir entre los miembros de la Institución Armada y, a través de los organismos correspondientes procurarles medios de bienestar económico, social y cultural”.

¿Desde cuando la empresa contratada y receptora de toda la data es uno de los organismos correspondientes para la procura de bienestar económico, social y cultural?

Cuando los afiliados al Instituto en referencia dicen que los descuentos inconsultos es una Apropiación indebida el vocero autorizado por el presidente y por los vocales que integran la Junta Directiva del IORFAN, sin excepción, responde que es una equivocación y limita la “apropiación” a la aprehensión de COSAS MUEBLES (así) haciendo remisión, para esos afiliados al artículo 468 del Código Penal, incluso retándome para que haga un análisis de dicho artículo.

Bien, entonces vamos a hacer un minúsculo análisis de dicho artículo el cual, según la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.768 del 13 de Abril de 2005, dispone:

Artículo 468. Cuando el delito previsto (apropiación indebida) en los artículos precedentes se hubiere cometido sobre objetos confiados o depositados en razón de la profesión, industria, comercio, negocio, funciones o servicios del depositario, o cuando sean por causa del depósito necesario, la pena de prisión será por tiempo de uno a cinco años; y el enjuiciamiento se seguirá de oficio.

Veamos; el artículo en cuestión no hace referencia a COSAS MUEBLES tal y como aduce el vocero autorizado, pero sí hace referencia a “objetos confiados o depositados en razón de […] o servicios del depositario […]

En base a lo expuesto, ¿la información privada confiada al IORFAN con el propósito de recibir servicios del depositario tal y como es lo señalado en el artículo 1º de la ley del IORFAN puede considerarse un “objeto”?

Por estar tratando un asunto de entrega de data personal vamos a buscar la definición de “objeto” en el ámbito de la programación y la informática y hallamos la siguiente:

En el ámbito de la programación y la informática, un objeto es una instancia de una clase, que a su vez es un conjunto de propiedades (atributos) y comportamientos (métodos). Los objetos en este contexto se utilizan para representar entidades del mundo real o abstracto, y forman parte fundamental de la programación orientada a objetos, es decir:

Es un paradigma de programación que se basa en la idea de organizar el código en objetos, los cuales son entidades que representan una combinación de datos y funciones relacionadas.

Pregunta obligada: ¿la data privada se puede considerar un objeto?

En el contexto de la protección de datos privados, el término “objeto” se refiere a la información o elemento al que se aplica la normativa de privacidad. Un objeto puede ser cualquier tipo de dato personal, como nombres, direcciones, números de teléfono, direcciones de correo electrónico, entre otros. En resumen, un “objeto” en el contexto de la protección de datos privados hace referencia a la entidad o información que está sujeta a las regulaciones y medidas de seguridad para preservar la privacidad de los individuos.

Llegados a este punto, a pesar de que existen más argumentos, considero suficiente para afirmar que sí hubo una presunta apropiación indebida.

Seguidamente, el vocero autorizado, reitero, por el presidente y todos los integrantes de la Junta Directiva del IORFAN acude a la maniobra del guabineo cuando, para distraer la atención del asunto en tratamiento, hace una pregunta totalmente divorciada de los hechos; el vocero pregunta: ¿Por qué no demandan a la Caja de Ahorros del IPSFA? Por lo mismo de estar divorciada del asunto que estoy tratando en este escrito no daré ningún tipo de respuesta.

Ahora entremos a la verdadera “parte gruesa o al meollo” de todo lo anterior y para ello debemos preguntarnos:

¿Con la entrega de la data, bajo custodia del presidente y de todos y cada uno de los integrantes de la Junta Directiva, ya que ninguno de estos últimos manifestó, ni ha manifestado, por escrito, su desacuerdo con la acción de esa entrega, así como el Gerente de Informática del IORFAN e incluso la empresa que recibió la recibió y explota, cometieron, o no, un presunto delito?

Para responder acudiré a la LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.313 de fecha 30 de octubre de 2001

Capítulo III

De los Delitos Contra la Privacidad de las Personas y de las Comunicaciones.

 

Artículo 20. Violación de la privacidad de la data o información de carácter personal. Toda persona que intencionalmente se apodere, utilice, modifique o elimine por cualquier medio, sin el consentimiento de su dueño, la data o información personales de otro o sobre las cuales tenga interés legítimo, que estén incorporadas en un computador o sistema que utilice tecnologías de información, será penada con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.

La pena se incrementará de un tercio a la mitad si como consecuencia de los hechos anteriores resultare un perjuicio para el titular de la data o información o para un tercero.

Artículo 21. Violación de la privacidad de las comunicaciones. Toda persona que mediante el uso de tecnologías de información acceda, capture, intercepte, interfiera, reproduzca, modifique, desvíe o elimine cualquier mensaje de datos o señal de transmisión o comunicación ajena, será sancionada con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.  

Artículo 22. Revelación indebida de data o información de carácter personal. Quien revele, difunda o ceda, en todo o en parte, los hechos descubiertos, las imágenes, el audio o, en general, la data o información obtenidos por alguno de los medios indicados en los artículos 20 y 21, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.

Si la revelación, difusión o cesión se hubieren realizado con un fin de lucro, o si resultare algún perjuicio para otro, la pena se aumentará de un tercio a la mitad.

Visto y leído lo anterior creo que si existe un presunto delito, pero como yo no estoy afiliado al IORFAN ni hago ninguna contribución por efectos de cualquier tipo de actividad del citado Instituto no intentaré ninguna acción judicial contra las personas que podrían estar involucradas en un presunto delito, así como tampoco lo haré en contra de lo directivos de la caja de ahorros adscrita al IPSFA porque tampoco estoy inscrito en ella; todo quedará en manos de los afiliados que se sientan estafados o víctimas de sustracción de un monto no autorizado de sus haberes como jubilados o pensionados, remuneración que no puede ser objeto de ningún tipo de descuento excepto por los que estuvieren contemplados en alguna ley, como la LOSSFAN y aún discutible, o por sentencia firme de un tribunal por pensión alimentaria para un menor de edad.

En manos de los afectados queda la opción de hacer respetar sus derechos vulnerados de forma atrevida y descarada que afectan su patrimonio personal.

¿No sería una excelente oportunidad de sentar un precedente?

Julio, 04 de 2023

(1) Todas las definiciones contenidas en este escrito provienen de la página https://www.definiciones-de.com

FUENTE: LEDHERMAN / https://ledherman.blogspot.com/2023/07/convenios-iorfan-delito-complicidad-y.html

viernes, 25 de noviembre de 2022

EL IORFAN SOMOS TODOS LOS OFICIALES EN SITUACIÓN DE RETIRO. Hasta en la indigencia viven militares retirados. ¡Triste realidad! Por: Cnel.(GN) Dr. Hidalgo Valero. En el Acto del 64 aniversario del Instituto. Venezuela.

 


EL IORFAN SOMOS TODOS LOS OFICIALES EN SITUACIÓN DE RETIRO. Hasta en la indigencia viven militares  retirados. ¡Triste realidad!

Por: Cnel.(GN) Dr. Hidalgo Valero (*)

En el Acto del 64 aniversario del Instituto.

Gratos momentos de cordialidad en compañía de mis Paisanos Cnel. (Ej.) Jhony Mendoza Terán y Tcnel (Ej.) Olinto Ojeda Valera, quienes recibieron el Botón del IORFAN por 50 años en situación de retiro.

Uno de los anfitrionas, nuestro vocal favorito del   IORFAN, Cnel.(Ej.) Abog. Marcos Porras Andrade, nos arropó con su acostumbrada  cordialidad, simpatía y dotes de ser humano extraordinario.

Felicidades, a todos los miembros de la Junta Directiva por la brillante esfuerzo, que realizan en beneficio de nosotros los miembros del Instituto, último bastión de ayuda al bienestar social, que nos queda a los militares retirados.

IORFAN, SIRVEN CON HONORA

A pesar de todas  las adversidades el IORFAN, ha logrado seguir adelante en su tarea de servir.

Las condiciones infrahumanas hasta de indigencia, a las que  ha tocado  vivir a muchos de nuestros compañeros retirados de la FAN, quienes tienen que recurrir a  la caridad humana,  a la  solidaridad de amigos para comer y para salvar sus vidas y las de su familia.

Con sueldos de hambre, condiciones de bienestar y seguridad social deplorables, después de haber  dado la mayor parte de su vida con dignidad, al servicio de la Patria.

Es hora de reflexión, no merecemos tal situación. Juramos ante Dios, defender la Patria y sus instituciones.

Con profundo dolor, tenemos que ver hasta a Generales de División, con sus bastones de vejez, en cola para tratar de sobrevivir, detrás de una bolsa de CLAP, con alimentos de muy baja calidad, que se da cada 3 meses en el IPSFA.

Hemos visto con estupor, hasta a  Coroneles retirados, detrás de un sancocho de la olla   solidaria, que se ofrece en algunas iglesias Católicas.

Hemos visto morir, a dignos generales en carpas de campaña improvisadas, y a Oficiales que mueren  ruleteados por los hospitales de Caracas, buscando atención médica.

Hoy el Hospital Militar de Caracas, mantenido por años con el aporte económico de los militares, fue entregado para la  gente del pueblo. Lo criticable es que de construir y mejorar los hospitales públicos, los cuales estan en estado deprimente, destruyeron nuestro hospital militar, que fue modelo de salud en el mundo.

Los directivos del IORFAN, realizan esfuerzos  infrahumanos,  en materia de  salud. Tratando de ayudar, para que se proporcionen entierros adecuados a militares fallecidos.

Los oficiales, no merecemos ese trato inhumano. Recordábamos, nuestros tiempos de subtenientes, cuando íbamos al IPSFA, por diciembre, a recibir un baúl navideño, se nos daban regalos hasta de cubiertos bañados en oro.

De tenientes, podíamos optar a créditos de viviendas adecuadas y la posibilidad de adquirir vehículos modestos, nuestros sueldos de tenientes llegaban hasta 400 $ mensuales.

Hoy después de tener sueldos de coroneles hasta de 13 US$ mensuales, nuestra pensión se deteriora y alcanza ya 90 US$ al mes, lo que no alcanza para comer una semana, si la canasta alimentaria pasó los 380$ mensual.

Llegó la hora de hablar con verdad.

Hasta cuando resistimos tanta humillación, manteniendo un Régimen de excepción en el mundo civilizado, en uno de los países más ricos del mundo.

Por qué permitir que se imponga  por la fuerza de las armas, la doctrina Comunista la cual combatimos y  derrotamos en los años 60, 70 luchando en los campos de batalla.

Es traición mantener un Régimen, que es contrario  a nuestra idiosincrasia, cultura, tradición histórica, que nos obliga a vivir en condiciones infrahumanas.










Cnel.(GN) Dr. Hidalgo Valero

(*) Promoción de Oficiales EFOFAC, Primera Batalla de Valencia (1.970) , Curso N° 21 del IAEDEN.

REMISIÓN: Por bondad de Miguel Zambrano y Moises Brunstein 

sábado, 20 de agosto de 2022

NO se trata de que se aplauda o no diligencias "alternativas". El IORFAN debe hacerse presente ante el órgano de adscripción, MPPD. Por: (Av.) Tomás Montes de Oca Lugo. Seguridad Social. Retirados FFAANN. Venezuela.

Muy buenas tardes respetables Oficiales en Situación de Retiro ( No Retirados ), personal militar en Situación de Retiro y cónyuges sobrevivientes, que la salud siempre este presente en vuestros hogares. Quien les escribe ha escuchado con detenimiento el audio transmitido  por las redes sociales por el Cdano. Cnel Marcos Porras Andrade, además de haber leído sus msjs retransmitidos y no identificados donde se le felicita a él y a la Junta Directiva del IORFAN, referida a su gestión. Los respeto y punto!.   

Debo informarles que quien suscribe observa que se asume una defensa ciega a la participación del interlocutor citado y debo aclarar que: aquí no hay rivalidad alguna por parte de los Oficiales citados en el audio (CN Adolfo Añez Marcano y quien les escribe). Lo que si no hay es  coincidencia ni en estilo, ni en la visión, ni en la manera o forma de accionar gerencialmente en lo que se debe y debería hacerse en la búsqueda de soluciones prácticas, adaptables y aceptables de corte gerencial, en el logro de satisfacer la necesidad de dar soluciones, sí a la situación de deterioro de la calidad de vida del personal en Situación de Retiro, y afiliados que por derecho deberíamos tener. Insisto no se trata de que se aplauda o no diligencias "alternativas" para intentar remediar nuestra deteriorada seguridad social, que por derecho humanitario los entes responsables han debido y deben atender en términos de obligatoriedad. Como tampoco se ha señalado que los responsables del problema social existente sea el IORFAN. Y eso está claro, no es su competencia y no tienen la capacidad para ello.  Aquí no se trata de descalificar el por qué se hicieron con empresas prestadores de servicios funerarios, ni con empresas particulares suministradoras de alimentos, ni con empresas suministradoras de medicinas, ni con particulares promotores de seguros. Faltarían sí, quienes satisfagan aspectos de recreación, y hospitales o clínicas particulares que atiendan nuestros estados de necesidad en el deterioro de las áreas citadas, para así llenar los espacios no atendidos por el o los entes responsables, y liberarlos de esta responsabilidad legal social que tienen para con nuestro segmento Capital Humano en Situación de Retiro y familiares con derecho. 

        Señores Oficiales en Situación de Retiro, no podemos apartarnos de la obligatoriedad que tiene que asumir "NO se trata de que se aplauda o no diligencias "alternativas". El IORFAN de hacerse presente ante el órgano de adscripción, MPPD. de hacerse presente ante el órgano de adscripción (MPPD) y los entes con responsabilidades contempladas en la Ley, para atender nuestros derechos en cuanto a: Pensión, bonificaciones, atención médica, suministros de medicinas, alimentación, seguros y  recreación, entre otros, bien preparando y presentando estudios y/o cuentas formales que incluyan aspectos motivacionales y amparados con Análisis de la Situación Social por la que atraviesa nuestro segmento social en Situación de Retiro, y en el que participen todos los Oficiales que laboran e integran la planta directiva y administrativa del Instituto y cuya alimentación del contenido de ese escrito/cuenta/estudio sea producto de un Análisis Situacional Integral Nacional, en razón a la gravedad que se vive, y no que se de una respuesta simplista por las redes para justificar hice esto o lo otro. La situación es grave!.                 

Para finalizar, reitero y solicito que se formalice esta situación ante el Ente de adscripción y se informe a la Comunidad en Situación de Retiro y a nuestra familia con derecho a la prestación de los distintos servicios sociales previstos en la Ley que nos tutela en este sentido. Agradeciendo vuestra atención:


 Cnel Tomás Montes de Oca Lugo  Promoción " Sgto. Pil. Pablo Emilio Guerrero "  ( EAM--- 1967 )                  Turmero, 20 de agosto del 2022


NOTA DEL EDITOR: Transcipción 


Saludos mi Coronel Montes de Oca. He seguido con interés todas las omisiones así  como las  gestiones del IORFAN relativas a salarios,pensiones y demás asuntos relativos a la seguridad social de la FAN.

Todo el mensaje que usted hace público y al cual respondo, había que escribirlo y usted acaba de hacerlo de forma magistral.

Ante el abuso continuado y prolongado de las autoridades militares,  contra el poder adquisitivo de los militares y en forma específica de los más vulnerables, los retirados; las "diligencias alternativas' que realiza el IORFAN pretenden silenciar  los reproches de la conciencia de sus integrantes. 
No hay que ser ninguna lumbrera para entender que por su propia naturaleza,los integrantes directivos siguen siendo subalternos y por tal razón  no se atreven a reclamar con contundencia al Ministro de la defensa tanta irregularidad y abuso.
 No son capaces de  llamar las cosas por su nombre y provocar la furia de su patrono.
 Eso de pretender estar bien  con Dios y con el diablo es una de las conductas que tienen al país en la situación actual.
Trasladar la responsabilidad del pago total  de la seguridad social a militares sub pagados, y a retirados con pensiones pauperrimas, es una salida inmoral y absurda para cualquiera que se jacte de conocer el texto constitucional y más aún  jurado defenderlo. Siempre ha sido más sencillo que la cuerda revienta por los más delgado y que los abusadores de alta graduación salgan impunes.
Angel Alberto Bellorin
Caracas 20 de Agosto del 2022. 

jueves, 26 de mayo de 2022

ÁRBOL QUE NACIÓ TORCIO.... Breve anécdota sobre el nacimiento de la seguridad social del miltar. Por Ángel Alberto Bellorin. Opinión. Información. Ciudadanía. Venezuela.


ÁRBOL QUE NACIÓ TORCIO.... Breve anécdota sobre el nacimiento de la seguridad social del miltar. Por Ángel Alberto Bellorin
La Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional se hace pública el 06 de Julio de 1977 . Por casualidades de la vida, al día siguiente 7- 7-77 fue el acto de graduación de mi promoción como Oficial del Ejército
Entre los aspectos más relevantes de esa ley se debe resaltar que en su artículo 21, por primera vez para los profesionales militares, se reconoce el derecho a la asignación de antigüedad,( prestaciones) el cual estaba previsto en la Constitución de 1961.
Tal derecho ya existía plasmado en otras normas laborales tanto para los empleados públicos como demás trabajadores que tenían años disfrutando pagos de sus prestaciones que para ese momento, en muchos casos triplicaban el recién aprobado beneficio a los miltares. Podemos observar que además de torcido también nació chucuto.
Por el año 2010 ya en situación de retiro y a la luz de la nueva Constitución, decidí interponer un recurso de nulidad por apreciar incoherencias constituciónales en dicho texto legal y sus diferentes reformas sucesivas. En la previa investigación necesaria, aprecié varias situaciones irregulares en el origen de la norma y una de ellas motiva este escrito.
Al respecto, en el recurso de nulidad interpuesto expuse el siguiente párrafo: Citó.
“Un Poder Legislativo que aprobó y publicó el 06 de Julio de 1977 una Ley, que si no declaraba el pago retroactivo de los beneficios laborales, no era aplicable a las promociones militares que para esa fecha ostentaban los cargos del alto mando y que pasaron a retiro el día anterior. Todos los textos que se hicieron públicos sobre la ley tienen esa fecha y cualquier interesado puede verificar la certeza de mi afirmación.
Sin embargo, otra gaceta oficial gemela de fecha 04 de Julio es la que aparece en los archivos del IPSFA y del Ministerio respectivo como justificativo para pagarle dicho beneficio a las autoridades militares de turno qué por su redacción omitia en dicha ley la posibilidad del beneficio a los retirados en fechas anteriores a la ley. (Anexos A y B). FIN DE LA CITA.
Es evidente que ese alto mando de turno asegurando sus intereses particulares, no fue capaz de exigir al poder político aunque sea una “Disposición transitoria” para reconocer un derecho constitucional postergado desde 1961 a las promociones anteriores, sus antiguos jefes, superiores, amigos y hasta familiares.
Frente a tamaña injusticia, una considerable cantidad de oficiales retirados en fecha anterior a la promulgación de la Ley, iniciaron en 1977 un tortuoso peregrinar administrativo y judicial que TREINTA Y DOS años después, en sentencia de la Sala Política Administrativa nro. 1260, expediente 1999-16711 del 13 de Agosto del 2009, les dio la razón, beneficiando solo en el papel a un reducido grupo de ancianos militares que aún quedaban vivos de esa organización llamada GRUNACOR.Para el momento.de mi recurso,el pago a los ancianos militares no se había materializado y sinceramente no sé en qué quedó ese episodio lamentable y vergonzoso de nuestra historia militar.
La actual "racionalidad" sobre la verdadera justicia para con los militares permite no sorprenderse con el hecho que los legisladores, magistrados , jefes militares, y sociedad en general de esa Venezuela de 1977 y años siguientes no hubiesen tenido la voluntad ( O también con "B" ) de cumplir o exigir a quien corresponda, cumplir la Constitución de 1961 con esos ancianos oficiales.
Esa continuada.y prolongada injusticia es otro de los "privilegios" de la que siempre han "disfrutado" los militares venezolanos según el inmaginario colectivo.
Hoy a la luz de la historia, sobra suficiente evidencia para demostrar que en ese momento las prestaciones eran un derecho disfrutado por la gran mayoría de los trabajadores y que injustamente fue conculcado a los militares por el poder político de turno con la complicidad activa o pasiva de los altos mandos.
Aquí comparto la dolorosa decisión en la mencionada sentencia del TSJ que en el año 2009 otorgó razón a los demandantes. Yo, que me gradué cuando surgió la ley, pasé a retiro en el 2007 sin tener conocimiento de una situación que nunca tuvo repercusión social.
CITA
“En efecto, observa esta Sala que el Estatuto Orgánico del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas (publicado en la Gaceta oficial Nº 23.053 del 21 de octubre de 1949) sólo establecía la asignación por causa de muerte para los familiares de los militares fallecidos y nada preveía en cuanto a las prestaciones sociales o antigüedad de éstos, no obstante que ya la Constitución del 18 de julio 1947 disponía en su artículo 63 la prima de antigüedad aplicable tanto a los trabajadores manuales como a los técnicos. Asimismo se observa que los militares estaban excluidos de la aplicación de la Ley del Trabajo del 03 de noviembre de 1947, conforme a lo previsto en el artículo 6 eiusdem
La mencionada ley no hizo referencia alguna en relación a los militares que habían prestado sus servicios a la Nación en la institución armada antes de su entrada en vigencia y que nunca recibieron prestaciones sociales por sus servicios. Considera la Sala que aun cuando no existía un desarrollo legislativo previo a la Ley Orgánica de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas de 1977, que estableciera la asignación de antigüedad para los militares, éstos tenían derecho a la mencionada prestación en aplicación de lo dispuesto en los artículos 50, 61 y 88 de la Constitución de 1961 transcritos en los párrafos que anteceden, por lo que no era ajustada a derecho la posición asumida por la Administración Militar de negarles el pago de la antigüedad a los recurrentes.” FIN DE LA CITA
Aunque anteriormente he escrito sobre está situación, se han manifestado dudas sobre la certeza de mi relato y varios oficiales me han pedido copia del ejemplar citado. Por tal razón, debo aclarar que por motivo de un recurso de nulidad interpuesto ante el Tsj, me ví en la obligación de hacer esa investigación y tener en mis manos las dos gacetas autenticadas por el órgano competente y entregadas como anexos necesarios ante el TSJ.
Aquí me permito publicar foto de la primera página de la gaceta gemela mencionada. Cada página del ejemplar que conservo, en su parte posterior tiene el sello de la oficina de la Imprenta Nacional.
Caracas,26 de Mayo del 2022.

FUENTE: Facebook / Angel Alberto Bellorín /


Angel Bellorín / Twitter @chateubrian

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Rafael Ramírez Carreño. Presidente de PDVSA y ministro de Energía y Petróleo. Es ingeniero mecánico, es trujillano, de finos modales, la verdad sea dicha. Su padre -Rafael Darío Coronado- fue guerrillero en los sesenta. Su padre y él mismo fueron cercanos a Diego Salazar Longo -cuñado, fundador de la FALN (Fuerzas Armadas de Liberación Nacional). Rafael Darío Ramírez-padre militó en las brigadas urbanas de la FALN. Haga click en la imágen par seguir leyendo.

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Cuando los Trabajadores de Petróleos de Venezuela (PDVSA) activaron un paro laboral para repudiar la Politización y la inobservancia de la Meritocracia, en la Corporación en el año 2002; no recibieron el apoyo de algunos de sus compañeros. Los participantes del conflicto fueron catalogados por el régimen Castro Chavísta como enemigos del proceso revolucionario y traidores a la Patria.” Pero los que apoyaron al desgobieron, para consolidar lo que hoy llaman, “La PDVSA del Pueblo,” también podemos señalarlos por justicia, como: Los Esquiroles del Petróleo./Haga click en la imágen para seguir leyendo

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Mi nombre es Iván Simonovis, de 49 años de edad y de profesión Investigador Criminal. Durante 23 años ininterrumpidos trabajé en la Policía de investigación Criminal de Venezuela y, por mis méritos, en el año 2000 fui escogido para ocupar el cargo de Secretario de Seguridad Ciudadana del Distrito Capital durante los fatídicos hechos del 11 de Abril de 2002. Mi función era la coordinación y supervisión de las políticas de seguridad pública de la ciudad de Caracas, Venezuela./Haga click en la imágen para seguir leyendo

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Hoy 25 de Septiembre de 2008, se cumplen 5 años del brutal ataque de las fuerzas MILITARES y POLICIALES en el Campo Petrolero LOS SEMERUCOS, en Punto Fijo, Estado Falcon. Sacar de la vivienda, a la señora Haydée Irausquín, fue punto de honor, del proceso de revolución y la convirtieron en la primera persona desalojada de las residencias petroleras. /Haga click en la imágen para seguir leyendo

Keira Knightley

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Keira Knightley as Lara in Doctor Zhivago (2002) Keira es la cara de la campaña de AMNISTÍA INTERNACIONAL a favor de los DERECHOS HUMANOS. La fotografia corresponde a: http://www.flickr.com/photos/21058094@N04/3159549540/ Si Usted precisa mayor información sobre ésta prestigiosa actriz británica de cine y televisión, por favor haga click sobre la imagen. Gracias.

LA TRAICIÓN ENCUBIERTA // Por: Nelson Ramírez Torres

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La presente reseña, lo hacemos asumiendo la total responsabilidad, al difundir algunos aspectos, del Libro: “La traición encubierta” de Nelson Ramírez Torres, sin el ánimo de vulnerar los derechos de autor, las previsiones legales de la Editorial o las diagramaciones del diseñador grafico. Nos mueve simplemente los sentimientos de dolor, rabia e impotencia, que nos embarga en nuestra humilde condición de Militar en Situación de Retiro, ante una institución armada que quedó MINUSVALIDA en su Sistema de Comunicaciones de la Defensa Nacional -SICODENA- y NO podemos hacer otra cosa que sensibilizarnos con la narrativa del texto, en cuestión. Para ver ésta RESEÑA, le agardecemos hacer click en la imagen, donde tambien consideramos prudente incluir la FICHA TECNICA y la SIPNOSIS del libro. Gracias.

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Sammy Landaeta Millán. Coronel de la Fuerza Aérea Venezolana, en Situación de Retiro, según resolución N°7446 de fecha 26 de julio de 2000 (Propia solicitud). Licenciado en Ciencias y Artes Militares (Opción Aeronáutica). Especialista en Administración de los Recursos de la Aviación. Maestría en el Empleo del Poder Aéreo. Diplomado Estado Mayor Conjunto N°14. Diplomado Curso Especial de Seguridad y Defensa para Ejecutivos. Piloto Aviador Militar. Piloto de Helicópteros Militares. Piloto de Helicóptero Comercial. Especialista en Búsqueda y Salvamento -SAR- Cursó estudios de Maestría en Ciencia Política en la USB. Presentó el Trabajo de Grado: "Política Militar, Misión de la FAN y Soberanía Nacional, a partir de 1999." Fue asignada la fecha de defensa pero el primer Jurado lo mandó a corregir -nos pronunciamos por escrito y presuntamente no gustó la motivación.- Se corrigió y se redujo el estudio a 50% y se presentó de nuevo a la Coordinación. Designaron dos Jurados adicionales y se INHIBIERON. El Dr. Frederick Welsch -Tutor de la tesis - salvó su voto. No obtuvo el Grado. ¿ORDEN DE LA REVOLUCIÓN?

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