ESENCIA

Con la solicitud de pase a retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales en el año 2000, constituimos una PROTESTA, negándonos a ser instrumento subordinado de los incapaces. Estos; se adueñaron, deterioraron, politizaron y pretenden destruir una Institución a nombre de una REVOLUCIÓN. La esencia del blog es advertir, destacar y denunciar las acciones políticas, que inciden negativamente en el estamento militar, por obra del DESGOBIERNO autocrático, militarista y neo comunista de Hugo Chávez Frías.
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jueves, 8 de diciembre de 2022

DELINCUENCIA ORGANIZADA TRASNACIONAL COMO APARATO DE PODER. Por: Alfredo Mosqueda. Abogado.Opinión. Venezuela.


DELINCUENCIA ORGANIZADA TRASNACIONAL COMO APARATO DE PODER.

Por: Alfredo Mosqueda/Abogado. Twitter @generalbeaufre

La Delincuencia Organizada Transnacional (DOT), no crimen organizado, es considerada en la doctrina extranjera como un fenómeno global contemporáneo, siendo su delito fuente: 《La conspiración o Asociación para delinquir》 como un nuevo tipo asociativo de delito. Este universal fenómeno de la criminalidad, se desenvuelve con una impactante capacidad organizacional y estratégica, suficiente para vulnerar las características del poder político, creando en contraposición, un Estado dentro de otro Estado o verdaderos contrapoderes que sustituyen a los legalmente constituidos. Es una estructura delictiva que se ubica en una categoría situacional absolutamente diferente de las demás delincuencias, configurada en especie de un tejido interconectado de relaciones; financieras, económicas, políticas, militares y judiciales, propio de las superestructuras, en diseño, algo parecido a una "telaraña", donde lo determinante es lo político, porque necesita corromper las instituciones de los Estados, no destruirlas, mientras que el eje estratégico, es lo económico y la razón de su naturaleza; es el《animus negotialis》, condición que la separa y distancia de las otras delincuencias. Todo con el inalterable propósito de consolidar y expandir su maniobrabilidad para delinquir, haciendo lucrativos e indescifrables negocios y de esta manera reproducir sus ilimitadas ganancias y con ello su consecuente aumento de poder. Estos grupos delictivos organizados son de alta inestabilidad sistémica o de efecto totalizante, transformados en aparatos de poder con la peculiar potencia de afectar de manera frontal el statu quo de cualquier sistema político; magno ejemplo, los emergentes esquemas de corrupción oficial y privado en varios continentes, en especial en el nuestro, donde ningún Estado escapa a la cooperación internacional de la oculta ramificación del poder económico mundial. A propósito, la corrupción como delito de 2do grado, es el preferido a lo externo de la DOT, ya que a lo interno se considera la legitimación de capitales o Lavado de Dinero (sic). 

El Estado venezolano, es signatario de la 《Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos, Palermo 2000》. Suscrita en la misma ciudad de Palermo Italia, el 15 de diciembre del año en referencia y ratificada como ley aprobatoria Nro. 88, sucesivamente promulgada en gaceta oficial N° 37.357 de fecha 4 de enero de 2002. Pese a que este compromiso político globalizado, fue suscrito por un sinnúmero de Estados, con la finalidad de dejar atrás los ancestrales paradigmas delincuenciales y lograr adaptarnos al nuevo contexto internacional, no así, dicho compromiso en repetidas y públicas ocasiones, ha sido utilizado por el régimen de turno, como un despiadado instrumento de persecución política contra los miembros de la resistencia democrática.

En Venezuela, el inapropiado vocabulario que expresan o usan los responsables políticos, legisladores, aplicadores de la ley e instituciones policiales, ha sido recurrente en seguir confundiendo, tal vez por "pasmosa ignorancia o negligencia deliberada" a esta distinguible organización delictual; con la antigua definición del crimen organizado de los años veinte (20), delitos de cuello blanco, las descontextualizadas mafias, las cuales sufrieron un cambio radical en naturaleza, dinámica y magnitud, delincuencia común; tales como las bandas, pandillas, grupos comandos, terrorismo urbano o algo más rimbombante; los Grupos Estructurados de Delincuencia Organizada, GEDO, a sabiendas de los que imparten justicia, que el concierto de voluntades de estos grupos agavillados en los conocidos trenes y dominados por una violencia callejera, no corresponden a tipificaciones de la 《Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo》, si no a normas penales tradicionales como características propias de una asociación para delinquir doméstica y fijada a una estructura- jurídico penal clásica, por la simple razón de ser grupos de baja o precaria estabilidad estructural.

Se hace ineludible destacar que el acrónimo "GEDO", se desprende de la arbitraria mutilación del adjetivo 《Transnacional》, definido en la 《Convención de Palermo》 con el título 《Delincuencia Organizada Transnacional》, de allí que el enunciado de nuestro instrumento legal, haya sido bastardeado en su rigor teórico, solo a Delincuencia Organizada... El citado y cercenado adjetivo se refiere estrictamente a la naturaleza jurídica de esta delincuencia, y no a su jurisdicción, lo que implica que la expresión "Transnacional" contempla es el alcance y movimiento de sus actividades, en sentido didáctico, significa que va más allá de las fronteras físicas de los Estados, resultando una incongruencia asumir que la DOT se desarrolle dentro de un mismo país, de forma monolítica y sin las alianzas estratégicas de otras organizaciones, con lo cual imposibilita desconocer la transnacionalización del delito. Pero, pareciera que las marcadas y distorsionadas imposiciones burocráticas, apoyadas en las prácticas policiales, siguen contribuyendo a quedar atrapados en el pizarrón negro de tiza, en tiempos de pantallas digitales.

La DOT se constituye en una estructura jerárquica piramidal, caracterizándose por proteger a sus líderes al separarlos del aspecto operacional, no participando en entregas de mercancías ni en sangrientos enfrentamientos con autoridades policiales o grupos rivales, debido a que otro de los objetivos políticos, es la 《paz delincuencial》; no la violencia, creando con esto la dificultad de relacionar a esta dirigencia en la comisión de cualquier hecho punible. Aunque la impronta criminal es con el determinado fin, de no ser desmantelada como organización y mantener la prolongación e indeterminación en el tiempo, a semejanza de las empresas de derecho privado. Se concluye entonces a este respecto, que estas organizaciones nunca se desmantelan, simplemente sufren reemplazables bajas o se mudan a otros países que les brinden mejores oportunidades para sus ilegales y gigantescos negocios.

Finalmente considero que la interminable confusión conceptual y pragmática, desaparecerá cuando entendamos, que todo grupo delictivo organizado, es un grupo estructurado, pero no todo grupo estructurado, es delincuencia organizada. Conforme al fundamento doctrinario extranjero, lo que define a la 《Delincuencia Organizada Transnacional》, no es solo la pluralidad de miembros dentro de la estructura, ni la simple organización, disciplina, reparto de tareas o la sofisticación de sus armas de fuego. También comporta otras características elementales de categoría mucho más exigentes como; el anonimato e impersonalidad de las actividades, cooperación internacional de otras redes, el uso de estructuras corporativas para legitimar los capitales, vinculaciones con altas figuras del poder político y la transnacionalización del delito entre otras; como se puede observar, apreciables diferencias. El anterior contenido no dispone de rigurosidad analítica, solo describe algunos datos demostrativos, relacionados con la complejidad de la materia, la cual para ser entendida requiere de una semiótica forense más actualizada.

REMISIÓN: William Jiménez Gaviria / Twitter: @Williamjimenezg 

sábado, 24 de septiembre de 2022

Legitimación de Capitales O Lavado de Dinero. Por Alfredo Mosqueda. Opinión. Información. Economía. Ciudadanía. Internacional.

Legitimación de Capitales O Lavado de Dinero

Por Alfredo Mosqueda.

"Se cuenta que la más antigua y parecida conducta de legitimación de capitales, se dio durante la era cristiana, cuando Judas Iscariote, adquirió un bien inmueble con las 30 monedas de plata, en contraprestación por la traición de Jesús". Aunque para el momento no era delito, conforme al "Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege", traducido; no hay delito ni pena sin previa ley.
El delito de legitimación de capitales en Venezuela, conocido de manera impropia como 《Lavado de dinero》, obedece a un repetitivo y oxidado anglicismo que se desprende de la expresión 《Money Laundering》, correspondiendo originalmente a la legislación estadounidense y como geosinónimo en algunos otros países. Legitimación de capitales es el Nomen Juris o la definición idónea adoptada por el legislador en nuestro marco legal, mientras que la anterior es inexacta desde el punto de vista jurídico, solo que aceptada por la costumbre del lenguaje bárbaro de los periódicos y el argot policial de la época de los años veinte. Este delito, veintiocho (28) años después de haber sido contemplado primigeniamente en la "Ley Orgánica contra el Tráfico ílicito y  el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas" (LOCTICSEP), en su título X, aún continúa en el olvido forense, y seguimos como 《Fabricio en la Cartuja de Parma, deambulando por los campos de batalla de Waterloo sin entender nada》. En la actualidad el referido delito se encuentra tipificado en el artículo 35 de la "Ley Orgánica Contra Delincuencia Organizada Transnacional y Financiamiento al Terrorismo". (LOCDOYFT), cuyo bien jurídico tutelado es socioeconómico, y no simplemente económico, como en los delitos financieros e institucionalizados del Código Penal Venezolano, mal llamados 《Delitos de Cuello  Blanco》, lo cual se constituye en una transgresión punitiva de mayor alcance, por la sencilla razón de poder vulnerar o impactar en todas las instituciones del Estado; políticas, financieras, económicas, sociales, militares y morales. 

Es de inobviable rigor señalar que este delito, aun cuando se sigue considerando un crimen intangible, no ha impedido que entre en la categoría jurídica de violencia de 2do tipo, (no genera hechos de sangre), de particulares características como; grave, autónomo, pluriofensivo, de resultado y especial. Algunos Estados con ceguera voluntaria o ignorancia intencional insisten en no aceptar que la legitimación de capitales, no solo surge como el 《Cisne Negro》 del derecho penal globalizado, también es la figura legal que permite culminar el recorrido de otros delitos previos a él, como son; trata de personas, secuestros, tráfico de órganos, drogas, armas, materiales estratégicos o energéticos, entiéndase; plutonio, uranio, torio, oro, diamantes, petróleo y sus derivados, entre otros. Todo mediante el delito princeps; la corrupción contra la cosa pública, debido a que esta les permite trasgredir los controles legalmente establecidos o resulta el recurso delictivo más ajustado para penetrar las instituciones estatales.

La legitimación de capitales focaliza su tendencia criminal en utilizar las instituciones financieras públicas y privadas en el ámbito económico a nivel mundial, como intermediarios del dinero ílicito, constituido en un proceso etápico o por etapas en el siguiente orden; *colocación, estratificación e integración*, con el objetivo básico de simular el origen, movimiento y destino de los fondos, mediante los depósitos bancarios, luego estos son estructurados en transferencias electrónicas clásicas y en la era de la digitalización a través de las criptomonedas para finalmente integrar todos los contaminados  capitales en el circuito financiero-económico en un sinnúmero de países.

El contexto anterior es con el objetivo terminal de darle apariencia legítima a dichos capitales y la pretensión de reinvertirlos en actividades económicas lícitas e ílicitas y poder aumentar o expandir sus ventajas patrimoniales, es el principal motivo por el que los negocios e inversiones de estos delincuentes de categoría, no están basados en la rentabilidad como se estila con los capitales bien habidos, sino en la administración del riesgo frente a la represión de las autoridades o instituciones del Estado. 

De allí que recurran con obstinada frecuencia y de modo estratégico a los mal llamados 《Paraísos Fiscales》, territorio no cooperadores o centros financieros, reacios a vulnerar el secreto bancario de sus clientes y cumplir con las leyes que regulan la 《Prevención y Control de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo》. Este contexto se traduce inalterablemente en una de las condiciones más destacables de la Delincuencia Organizada Transnacional, como es el uso de estructuras corporativas mediante la actitud empresarial. Consumada esta última etapa y por ende el proceso, se interpreta en ingentes y exponenciales ganancias para los delincuentes y en un inocultable riesgo reputacional para las instituciones del Estado involucrado. 

Alfredo Mosqueda- Abogado.
Ex Secretario General en la Comisión: Prevención y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas del Ilustre Colegio de Abogados de Caracas. 
Experto en materia de Prevención, Control y Fiscalización de legitimación de capitales.

miércoles, 20 de julio de 2022

DARIÉN; el incierto y tenebroso camino de un sueño Por: Alfredo Mosqueda. Opinión. Ciudadanía. Inmigración. DDHH. Venezuela.


DARIÉN; el incierto y tenebroso camino de un sueño

Por: Alfredo Mosqueda 

No es una historia nueva que nos impresione, pero sí debe sacudirnos ante la pasmosa indiferencia que nos domina. No es una simple decisión, es una espeluznante travesía de horrores acompañada de adversidades espantosas, a las que se someten los desafiantes inmigrantes, miles de seres humanos se desplazan como hormigas en una misma dirección, adentrándose al área selvática y pantanosa que une la América Central con la América del Sur, no es una deportiva caminata senderista, es el reto entre la vida y la muerte, tus condiciones físicas son tu principal aliado, sin duda alguna, alcanzar esta meta, es un indiscutible heroísmo de la fe y preparación tanto física como psicológica.

Luego de varias reflexiones, medité con profunda inquietud exponer la cruda realidad que les comparto en el presente artículo. El sufrimiento y las condiciones infrahumanas, así como los riesgos creíbles, son el día a día en esta odisea que se configura dentro del área fronteriza entre Colombia y Panamá, en un radio cuyo perímetro comprende más de 4.980 mil kilómetros aproximadamente, una densa vegetación, junglas, ríos y montañas, nada debatible considerarla la ruta más peligrosa de América para los migrantes provenientes de diversas latitudes del mundo, pero cabe hacerse la pregunta; por qué huyen? De dónde se desplazan estas personas? Es el planteamiento central del tema-problema. Está dinámica tiene su fundamento en las crisis política regional que afecta las condiciones y calidad de vida de los ciudadanos, caminantes provenientes de África, Centro América y particularmente miles de venezolanos que se aventuran ante el fantasma de la incertidumbre, aunque por décadas las instancias internacionales, especialmente las "Naciones Unidas" como la más alta instancia de la geopolítica globalizada han ido deliberando, discutiendo y acordando entre los Estados parte, relevantes  instrumentos políticos, pero en la actualidad dichas actividades han quedado solo en "actos de habla", razón por la que  ha sido insuficiente para resolver y generar soluciones efectivas a un escandaloso y trágico episodio de sobrevivencia. La teoría institucional no evita que se violen Derechos Humanos, los terribles  testimonios de las víctimas certifican un posible desconocimiento simulado por parte de los Estados, aún más cuando no se toman acciones concretas, que se contrapongan a las consecuencias de tales riesgos.

La República de Colombia, así como el Estado Panameño no han actuado con responsabilidad debida, sino como gobiernos de baja  capacidad, ni siquiera conscientes de los convenios a los que están sujetos ante los compromisos políticos internacionales que han suscrito desde las "Naciones Unidas" como organismo multilateral. Las personas que toman la ruta selvática, ingresan a un espacio territorial no controlado por los Estados que comparten fronteras, aun cuando sus Constituciones establecen garantías a la libertad de tránsito y seguridad de sus ciudadanos, especialmente el DARIÉN, que se transforma en "tierra de Nadie" o territorio propicio para las múltiples actividades  ilícitas, donde la Ley y el orden son inexistentes, dando paso al agavillamiento indígena como parte de los grupos que operan en la zona, muchos son despojados de su dinero, pertenencias y documentos, las víctimas más vulnerables son las mujeres y niñas, sujetas a una crueldad sin precedentes, al exponerse a ser profanadas en su castidad, siendo en su mayoría forzadas a violaciónes y vejámenes extremos, situación reconocida recientenente por la "Cruz Roja" de Panamá y que lamentablemente concluyen en algunas ocasiones, con desapariciones o el exterminio de sus vidas, datos que generalmente quedan fueran de estadística. Si escapan a la muerte, entonces deben seguir lidiando con perturbadoras condiciones ambientales que representan otra diversidad de desafíos; el frío, el calor, la humedad, así como las plagas e insectos, son elementos abrumadores a considerar y que debes superar para alcanzar el tan anhelado "Sueño Americano, de lo contrario, la zona se vuelve un cementerio sin decreto, donde la medicina forense Institucional prácticamente es remota e ilusa, pareciera un caos organizado ultraestable, cualquier cantidad de cadáveres yacen en el olvido, y algunos terminan siendo devorados por las aves de rápiña, las fieras y los lagartos, es un hecho de barbarie, que no pasa inadvertido para la prensa y redes sociales de la comunicación masiva, situación que no es la misma por parte de los Estados, donde prevalece la ignorancia intencional, así como la falta de interés de la voluntad política institucional.

No vemos acciones inmediatas por parte de los órganos legislativos de estos países. El "Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos", está ausente o dominado por el burocrátismo de la gestión pública, vidas y sueños son frustradas ante la inacción oficial y la falta de cooperación de la Comunidad Internacional, para atender a través de los organismos competentes un tema-problema que debe ser considerado prioridad de Estado, de tal importancia para la garantía Indiscutible del Derecho a la vida y demás prerrogativas de la dignidad humana, contenidas en la "Declaración Universal de los Derechos Humanos".

Concluyó con toda responsabilidad que el "Tapón del Darién", representado por esta pesadillesca selva, se convierte en un escenario protagónico, donde miles de hermanos venezolanos huyen de nuestra amada patria, al preferir asumir cualquier riesgo en tan desafiante sendero, dejando en grotesca evidencia que #Venezuela no se está arreglando; está muriendo ante la mirada cómplice de las instituciones regionales, multilaterales y los sistemas gobiernos del continente; que además siguen prendados por la lógica impura de los negocios políticos y económicos. Considero Imperiosamente debe cesar la mortandad en la "Selva del Diablo", los gobiernos receptores hasta la fecha se han limitado a una simple acogida territorial, a cambio, tal vez, de percibir futuros recursos económicos por razones humanitarias, pero no están asumiendo su compromiso de soberanía y seguridad para las personas involucradas. La situación antes relatada, es un estratégico problema cuestión de Estado, no de Gobierno.

Nos vemos en una próxima oportunidad.

Alfredo Mosqueda. Abogado / Ex-Secretario General de la Comisión de Prevención en el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas del Ilustre Colegio de Abogados de Caracas.

@Generalbeaufre

@MC21NV

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FOTO: LUIS VELÁSQUEZ ALVARAY. MAGISTRADO DEL TSJ. Hace más o menos una año la República Bolivariana de Venezuela contemplaba la acción del Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) Luis Velásquez Alvaray, fungiendo como el hombre más poderoso del régimen revolucionario, en la aplicación de justicia desde la óptica bolivariana. Haga click en la imagen, y lea el artículo completo. Gracias.

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Sammy Landaeta Millán. Coronel de la Fuerza Aérea Venezolana, en Situación de Retiro, según resolución N°7446 de fecha 26 de julio de 2000 (Propia solicitud). Licenciado en Ciencias y Artes Militares (Opción Aeronáutica). Especialista en Administración de los Recursos de la Aviación. Maestría en el Empleo del Poder Aéreo. Diplomado Estado Mayor Conjunto N°14. Diplomado Curso Especial de Seguridad y Defensa para Ejecutivos. Piloto Aviador Militar. Piloto de Helicópteros Militares. Piloto de Helicóptero Comercial. Especialista en Búsqueda y Salvamento -SAR- Cursó estudios de Maestría en Ciencia Política en la USB. Presentó el Trabajo de Grado: "Política Militar, Misión de la FAN y Soberanía Nacional, a partir de 1999." Fue asignada la fecha de defensa pero el primer Jurado lo mandó a corregir -nos pronunciamos por escrito y presuntamente no gustó la motivación.- Se corrigió y se redujo el estudio a 50% y se presentó de nuevo a la Coordinación. Designaron dos Jurados adicionales y se INHIBIERON. El Dr. Frederick Welsch -Tutor de la tesis - salvó su voto. No obtuvo el Grado. ¿ORDEN DE LA REVOLUCIÓN?

RECIVEX SAN DIEGO

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Los Chávez //ACTUALES-NUEVAS FOTOS //SOS Comandante Presidente // BMW, Jet, Cruceros y mas.... que vida tan dura.

DISIDENTES DE ALTAMIRA

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Artículos de Opinion relacionado con la Disidencia Civicp-Mlitar de la Plaza Francia de Altamira. Caracas. Venezuela.