ESENCIA

Con la solicitud de pase a retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales en el año 2000, constituimos una PROTESTA, negándonos a ser instrumento subordinado de los incapaces. Estos; se adueñaron, deterioraron, politizaron y pretenden destruir una Institución a nombre de una REVOLUCIÓN. La esencia del blog es advertir, destacar y denunciar las acciones políticas, que inciden negativamente en el estamento militar, por obra del DESGOBIERNO autocrático, militarista y neo comunista de Hugo Chávez Frías.
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martes, 11 de octubre de 2011

¡En una Universidad socialista! Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¡En una Universidad socialista!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Estamos acostumbrados ~demasiado~ a ver conflictos, por una parte entre esta cosa que sostiene que solo en socialismo la gente, el pueblo, tiene el Poder y labra su felicidad y por la otra, las Universidades Nacionales que no están subordinadas a los intereses del individuo y sus secuaces; universidades como la excelsa Universidad Central de Venezuela que nunca ha doblado ni doblará sus rodillas ante nadie ni ante ningún régimen que pretenda violar su campus, su autonomía, ni mucho menos ¡los principios que ella ha defendido, defiende y defenderá, hasta el último aliento de sus aguerridos estudiantes!
Este “maravilloso sistema” que se empecina en procurar un utópico mar de la felicidad made in caribeño-castro-comunista inauguró, hace algunos años, una Universidad que denominó “Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV)” para el pueblo, en donde el Poder estaría en manos de “ese pueblo” representado por los estudiantes que ingresarían a ella, pero… ¿qué ha sucedido luego de algunos años?... ¡Que todo se convirtió en otro fraude a la promesa de “empoderamiento” (sic) por los estudiantes!, así vemos que el pasado 9 de octubre se publicó la siguiente noticia:
Estudiantes aseguran que cierre de la UBV será indefinido
Octubre 9, 2011 10:27 am
El martes se reunirán universitarios y la comisión designada por las autoridades. Piden auditoría, así lo informó Panorama.com.ve.
Los estudiantes que mantienen la Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV) cerrada desde el pasado miércoles 28 de septiembre, manifestaron ayer su intención de continuar con la protesta hasta que se les cedan espacios en el consejo universitario y en las comisiones asignadas por las autoridades de la universidad.
La profesora Aidee Ochoa, miembro de la comisión nombrada el pasado jueves 6 de octubre, declaró que están dispuestos a dejarles participar si se organizan y proponen a sus representantes.
Entre las exigencias de los protestantes resaltan la falta de participación en las comisiones que se han encargado de las inversiones en transporte e infraestructura.
Andrés Belandria, uno de los dirigentes estudiantiles del cierre, informó que en la primera toma, del pasado 10 de mayo, se aprobaron 650 mil bolívares para reparar siete buses de las rutas y solo se compraron 36 cauchos que no se han instalado en las unidades de transporte.
Antonio Ferrer, miembro del consejo estudiantil de la misión Sucre, se presentó como vocero y manifestó que se suman a la protesta estudiantil porque no reciben respuesta, a pesar de apelar a las autoridades nacionales. “Durante el 2010 y 2011 hemos estado enviándole informes a la ministra (de Educación Universitaria) Yadira Córdova, solicitándole una revisión de la parte académica, porque no se están impartiendo los programas debidamente y porque no tenemos condiciones de infraestructura adecuadas”, añadió.
Las reivindicaciones laborales de los empleados también están concentradas en las peticiones de los estudiantes. La cooperativa Venezuela Activa 214 (dedicada a mantenimiento y limpieza) tiene 15 miembros, entre los que está Ángel Mejía, un empleado que, según confesó, tiene alrededor de dos meses sin cobrar. Pide la contratación directa con la universidad porque ya cuenta con siete meses de servicio.
David Morillo, profesor de la universidad, aclaró durante una entrevista que las condiciones laborales del profesorado no forma parte de las exigencias de los estudiantes. “Hay profesores que apoyan estas acciones en cuanto a razonamientos porque hay necesidades, pero quizás no justifican el método”, acotó.
Hasta ahora, la única voz oficial que ha rendido declaraciones a este periódico ha sido el administrador de la UBV del eje Zulia, Mérida y Trujillo, Orlando Pacheco, quien ayer reconoció la necesidad de concluir la infraestructura y mejorar los servicios estudiantiles.
“Creo que es necesaria una auditoría con autoridades nacionales porque los problemas de la universidad son reales”, añadió Pacheco.”

Entonces, ¿con qué MORAL critican y atacan a las “otras” universidades, en especial a la UCV?
¡Ah!, es que me olvidé que el individuo y sus secuaces no conocen esa palabra y por consiguiente su significado y aplicación.
Octubre, 10 de 2011

miércoles, 21 de septiembre de 2011

SE APROXIMA OCTUBRE. Por: Manuel A Ledezma Hernández



¡Se aproxima octubre!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

¿Hay algo especial para octubre?
En realidad, no. Sin embargo octubre es un punto de referencia tradicional porque en ese mes, generalmente, se publica el Decreto Presidencial sobre el pago de la Bonificación de Fin de Año y la base de cálculo para dicho pago.
Así vemos que todos los Decretos sobre la materia señalan que:
“A los efectos de este numeral, el cálculo de la bonificación se hará con base al sueldo integral devengado […] al 31 de octubre de…”

¿Cuál será nuestra remuneración INTEGRAL para el 31 de octubre del presente año? ¡NADIE LO SABE!, excepto una persona y hasta la fecha solo ha dicho que incrementará la remuneración “a su Fuerza Armada”; falta determinar a cuál fuerza armada se refiere (sic)
El caso es que el actual Presidente de la Junta Administradora del IPSFA, el ciudadano General de Brigada Alexander Cornelio Hernández Quintana, debe evitar el mal “asesoramiento” que “padeció” su antecesor, el general de división César Augusto Torres Chávez quien decidió pagar esa Bonificación según su libre interpretación de lo que quiso decir su Comandante en Jefe en el Decreto y de lo que también ordena el Ministro del PP para la Defensa en su Directiva de Remuneraciones. El General de Brigada Hernández Quintana debe ir tomando las previsiones para cumplir exactamente lo que siempre ha ordenado el Comandante en Jefe de la FAN en su Decreto Presidencial, específicamente en su artículo 3º:
“Artículo 3º. A los Oficiales y Sub-Oficiales profesionales de Carrera, Tropas Profesional y Alistada de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Cadetes y Alumnos de los Institutos de Formación Profesional de Oficiales y Suboficiales de Carrera, el equivalente a noventa (90) días de sueldo integral o ración, según corresponda.”

Así mismo con lo que ordena el Ministro del PP para la Defensa en su Directiva sobre Remuneraciones, de fecha 26 de abril de 2010, vigente:
11. BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO.
El Personal Militar en Situación de actividad o retiro con disfrute de pensión y los familiares con pensión de sobrevivientes, recibirán, anualmente, una Bonificación de Fin de Año, la cual será igual al monto de laremuneración mensual integral, dividido entre treinta (30) y multiplicado por el número de días que determine el ejecutivo Nacional. (Página 8 de 12)

Torres Chávez, a manera de excusa, alegaba que “él” pagaba lo que correspondía a cada militar profesional en situación de retiro y a cada familiar con derecho de pensión ya que esas personas recibían el total de su pensión, sin descuento alguno y “eso era su remuneración integral”, ¡ALGO TOTALMENTE FALSO Y SÍ ALGO “INTERESADO”!
Es falso porque la remuneración integral está conformada por:

“B. La remuneración mensual que servirá de base para el cálculo de las pensiones y demás prestaciones en dinero contempladas en la Ley, será la que corresponda al beneficio de su condición de miembro de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de acuerdo a su grado o jerarquía y antigüedad. Dicha remuneración será integral y comprendeel sueldo basebono de fin de año, bono vacacional, ración, asignaciones y las primas de carácter permanente existentes o las que establezca el Ministerio del Poder Popular para la Defensa.” (Directiva de Remuneraciones, 26 abril 2010 vigente y todas las anteriores a ésta)

Pero Torres Chávez, durante ¡CINCO AÑOS!, pagó dicha bonificación solamente en base a la remuneración normal,¡SIN INCLUIR LA BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO!, lo que perjudicó a todos y cada uno de los militares profesionales en situación de retiro y a todos y cada uno de los familiares sobrevivientes con derecho de pensión.
En el caso de un Coronel o Capitán de Navío, con treinta (30) años de servicio, dos descendientes y sin Prima de Profesionalización, Torres Chávez, en el año 2010, dejó de pagarle por concepto de Bonificación de Fin de Año la cantidad de cinco mil trescientos diecinueve bolívares con sesenta y ocho céntimos (Bs. 5.319,68), ocasionando un daño en el patrimonio personal de esos profesionales en situación de retiro, y a los familiares con derecho de pensión que corresponden, así como un presunto daño patrimonial a la Nación. Multiplique usted Bs. 5.319,68 ¡por cada Coronel y Capitán de Navío que esté en las mismas condiciones!
¿EN ESTE AÑO SE CORREGIRÁ ESTA ARBITRARIEDAD?
Septiembre, 20 de 2011

lunes, 29 de agosto de 2011

¡Cuentas claras! // Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández



¡Cuentas claras!


Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¡Qué difícil es tener que reconocer que una organización, con la que uno ha contribuido a su creación y desarrollo, se va degradando y va dejando de lograr o tergiversando sus objetivos fundacionales!
En el año 2003 se creó y se registró una Asociación Civil para la defensa de la dignidad de la profesión militar, con énfasis en los derechos y beneficios sociales y económicos que nos garantizan la Constitución y las leyes. Este objetivo siempre estuvo presente en las acciones que emprendimos sus fundadores y aquellos Oficiales que se fueron adhiriendo a esa Asociación Civil.
Así, en el año 2005, un pequeño grupo de Oficiales participamos, junto a la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la Asamblea General, en la elaboración de un Proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN el cual fue aprobado por dicha Comisión Permanente y entregada, en abril del mismo año, a la Secretaría de la AN donde duerme en un ignorado lugar.
El mismo grupo de Oficiales que participamos en la elaboración del citado Proyecto LOSSFAN, luego de una ardua tarea de entrevistas, reuniones con diferentes autoridades de la Administración Militar y la interposición de un RECURSO DE RECONSIDERACIÓN que fue decidido en sentido contrario a las justas aspiraciones de los Militares Profesionales en Situación de Retiro y Familiares Pensionados inició la más notoria, y única, de las acciones que ha emprendido esa Asociación Civil, la que más trascendencia obtuvo, denominada:
ACCIÓN AUTÓNOMA  DE AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO MATERIALIZADO EN LA DIRECTIVA MINISTERIAL GENERAL Nº MD-DGSPP-DIRPLA2005-13/006 DEL 27 DE JUNIO DE 2005 SOBRE: “REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIO-ECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL” EMITIDO POR EL SEÑOR MINISTRO DE LA DEFENSA 
Proceso incoado el 12 de julio de 2006 ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y decidido el 29 de marzo de 2011, Sentencia Nº 396, ¡1.720 días después, lo que equivale a 4,72 AÑOS o 56,64 meses!
Para esa “misión” fue designado un equipo conformado por diez Oficiales asociados a esa Asociación Civil pero solo ¡CINCO OFICIALES! nos mantuvimos firmes,  en actividad permanente, cuatro renunciaron a la actividad y uno falleció en el ínterin. Necesario y justo es reconocer el ciclópeo trabajo desarrollado por los tres (03) señores Oficiales abogados apoderados quienes realizaron un total de cincuenta y dos (52) diligencias y cualquier abogado de la República sabe lo que esto significa en cuánto a trabajo, tiempo, dedicación, meticulosidad, sacrificio y esfuerzo que se requiere para tal tarea. Nadie más, de esa Asociación, prestó ayuda o se ofreció; el trabajo solo era para esos cinco Quijotes.
Para llevar adelante tan enorme responsabilidad y que ineludiblemente conlleva una serie de gastos, se recurrió a la buena voluntad de los Militares Profesionales en Situación de Retiro y a todos los que pudieran contribuir para pagar esos costos, lográndose reunir una cantidad superior a los veinte mil seiscientos sesenta y siete bolívares (Bs. 20.667,00) ~según el control de ingresos llevado por el infrascrito desde el  21MAY2008 hasta el 28NOV2008, fecha de la última notificación de depósito que recibí~ porque se hicieron contribuciones directamente a la cuenta puesta a disposición y que no pasaron por el control de ingresos. La rendición de cuenta de esas contribuciones está disponible en la sede de esa Asociación Civil.
Conocido el contenido de la Sentencia 396 del 29 de marzo de 2011, ese mismo grupo de CINCO Oficiales reemprendimos la quijotesca lucha por obtener el reconocimiento de los derechos y beneficios socioeconómicos conculcados a todos los Militares Profesionales en Situación de Retiro y Familiares Pensionados, pero ahora respaldados no solo por aquella Asociación Civil, sino por ¡ocho! Asociaciones más de Militares Profesionales, todas constituidas por Oficiales Técnicos, SOPC, Guardias Nacionales y Tropas Profesionales en Situación de Retiro y de esta forma colaborar, en igualdad de condiciones, con la titánica tarea¡AUTO IMPUESTA! por esos cinco Oficiales.
Es necesario insistir, recalcar, dejar muy en claro, que la tarea de llevar adelante el actual proceso ante la Sala Político Administrativa no era (ni lo es) ninguna obligación para nosotros y que NADIE nos la impuso, nada más nos motivó a continuar con esa “misión” el deseo de recuperar los derechos conculcados, el respeto que todos merecemos como Militares Profesionales en Situación de Retiro y los Familiares Pensionados luego de haber entregado nuestras vidas y juventud a la República y a la Fuerza Armada Nacional y… ¿por qué no?, …el orgullo de haber logrado hacer algo importante en beneficio de esa colectividad militar tan golpeada e ignorada como estamos todos los que pasamos a la Situación de Retiro ¡Y AQUELLOS QUE TAMBIÉN PASARÁN A ESA SITUACIÓN, MÁS TEMPRANO QUE TARDE!
Pues bien, aquella Asociación Civil se arrogó ~inconsultamente~ la representatividad de todos los Militares Profesionales en Situación de Retiro y Familiares Pensionados, a pesar de las reuniones y compromisos adquiridos con las demás Asociaciones mencionadas a las cuales ignora “olímpicamente”, al extremo de que al plantearse la conveniencia de hacer un “reconocimiento” dinerario ~a futuro y si se obtenía decisión favorable, a ese grupo de cinco Oficiales que batallaron durante más de cuatro años y que decidieron continuar la lucha en el nuevo escenario~ esa Asociación Civil se opuso a tal “reconocimiento” a pesar de que el mismo fue aprobado por la totalidad de las otras ocho Asociaciones.
Funcionó el autoritarismo con la complicidad de la sumisión.
La Asociación Civil, motu proprio, decidió abrir una cuenta corriente a su nombre para recibir nuevas contribuciones destinadas “únicamente” a cubrir los gastos del equipo de cinco Oficiales que llevarán, insisto, voluntariamente, el Recurso ante la Sala Político Administrativa del TSJ y que nos autodenominamos “G-5”.
En reunión del Coordinador General de la ya referida Asociación Civil, en compañía del Secretario General de la misma, sostenida con los representantes de las otras ocho Asociaciones en la sede de la Asociación Nacional de Guardias Nacionales (ASONAGUARNAC), se llegó al acuerdo de que dicha cuenta corriente contaría con tres firmas de las cuales una, como principal, era de un representante designado por esas ocho Asociaciones pero transcurrido más de un mes de dicho acuerdo, el mismo no se ha hecho efectivo lo que permitió que se hicieran algunos gastos no relacionados con el actual Recurso Contencioso Administrativo.
Para el 19 de agosto del presente año según informaciones extraoficiales, ya que la administración de esa Asociación Civil nunca ha presentado una rendición, la cuenta corriente abierta por ella había recibido aportes por la cantidad de veintiún mil doscientos treinta y dos bolívares con ochenta y nueve céntimos (Bs. 21.232,89). Contra esa cuenta se emitieron dos cheques, uno por Bs. 1.500,00 con fecha 27/7/2011 y otro por Bs. 4.052,00 con fecha 09/8/2011, para un total, conocido, de Bs. 5.552,00; de esta cantidad se entregó al equipo de abogados la suma de Bs. 3.000,00 para que reintegrara los gastos ya hechos por los integrantes del equipo, entre ellos el infrascrito quién hizo un pago de Bs. 442,00 por concepto de fotocopias según factura Nº 041624 - Centro de Copias IPSFA por fotocopias de anexos para el Recurso y Bs. 475,00 de un total de Bs. 560,00, según factura Nº 176 de la Empresa Kisbell System, C.A., por pagos que hiciera uno de los abogados.
Entre la cantidad de bolívares retirados de la cuenta corriente (Bs. 5.552,00) y la cantidad de bolívares entregados a los abogados (Bs.3.000,00) más el reintegro de Bs, 475,00 hecho a uno de los abogados, queda un remanente retirado equivalente a Bs. 2.077,00; ¿en qué se invirtió la diferencia de Bs. 2.077,00?, ¿quiénes firmaron esos cheques?
Muchos podrán decir que la cantidad no es significativa, o que la misma está justificada por el trabajo que se realiza.
La respuesta a esas posiciones es que no se justifica, de ningún modo que un dinero, aportado voluntariamente para ser invertido con un solo propósito muy bien definido, sea utilizado para otros fines muy distintos, aunque sea para alguna otra acción ante cualquier tribunal o dependencia relacionada con ellos o con la justicia.
Falta un muy largo camino por recorrer y en él vamos todos los Militares Profesionales en Situación de Retiro y Familiares Pensionados; esta nueva acción no tiene única paternidad, es de todos y absolutamente nadie, por más jerarquía o grado pueda ostentar tiene la exclusiva representación de todos los Militares Profesionales en Situación de Retiro y Familiares Pensionados.
¡No se equivoquen!
Agosto, 27 de 2011

jueves, 18 de agosto de 2011

¡ALTO…! ¡…Ustedes dos! // Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¡ALTO…! ¡…Ustedes dos!    
coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández 


¡Deténganse allí!
Sus polémicas, estériles y estrepitosas, llenas de jactancia, petulancia y vanagloria, con el único pretexto de querer demostrar a los residentes en esta Tierra de Gracia quién es el más fuerte; quién es el que tiene la razón y quién es el que miente; quién “ama” más al ¿pueblo? y quién es el más capaz para entregarle la mayor felicidad y bienestar; en definitiva, la vana y ridícula pretensión de demostrar quién es el “salvador de la Patria” ya tiene exhaustos a un alto número de quienes vivimos en este país; ustedes parecen ignorar que sabemos, desde hace mucho tiempo, que ambos andan enredados en un jueguito peligroso medio “gatopardiano” de ataque-apoyo mutuo en el cual ambos se presentan cual gladiadores dispuestos a liquidar uno al otro pero que en el sótano del circo, antes de salir a la arena, se pusieron de acuerdo sólo para dar un espectáculo y luego repartirse las ganancias y premios sin importar quién sea el vencedor, ¡pero eso sí, vivos y sin ningún rasguño!
Individuos, solucionen sus diferencias con otro tipo de espectáculo, al fin y al cabo los venezolanos estamos cansados de ustedes y ya sabemos lo que haremos en los próximos comicios y en los que seguirán inmediatamente y casi en seguida otro de igual magnitud al que se avecina el próximo año. No estén tan seguros que el que gane en la próxima contienda electoral se quedará para siempre, no sean ilusos. Los venezolanos sabemos lo que queremos y lo haremos pacíficamente, ¡pero no le jurunguen el rabo al perro!
Ambos consideran a las personas que integran las FAN cercanos a la condición de ciudadanos, pero siempre acuden a esas personas cuando se ven en aprietos o cuando ven la posibilidad de usarlas como ficha de ajedrez para tratar de dar jaque mate al contrario; no crean que los militares no nos hemos dado cuenta de ello; guardamos silencio y nos limitamos a observar pero no crean que ese silencio y observación constante es apatía, ¡no se confundan!
Ustedes dos siempre han jugado a la conversión de la FAN en un instrumento de uso particular, tanto en la mal llamada Cuarta como en la peor denominada Quinta y no se acaban de convencer que “ella” es indomable como lo es la mujer venezolana y ambos se han llevado sus respectivossustos, así que déjenla en paz y busquen otro juguete para su distracción.
Hasta hace muy poco trataban de sacarse los ojos acudiendo a determinados problemas y acusaciones de un bando contra el otro; eso los mantenía sobre “el tapete”, pero poco a poco se fueron desgastando y perdiendo “centimetraje” en la prensa y tiempo en el aire, tanto en radio como en televisión, ¿qué se les ocurrió hacer de mutuo acuerdo?, pues incluir a un nuevo elemento lúdico, pero de mucha sensibilidad, algo inestable y muy fácil de explosionar como lo es la Fuerza Armada Nacional, con el apoyo ¿inconsciente? de algunos de sus más altos representantes en el papel de “peones” y poco a poco incluyen otros elementos muy sensibles para ella como lo es ¡SU SEGURIDAD SOCIAL!
Ninguno de ustedes dos tiene la moral suficiente para hablar de la Seguridad Social de la FAN y su “preocupación” por ella porque ninguno de ustedes, en doce años se ha ocupado de ello.
Es ahora, a raíz del afloramiento del muy grave problema de seguridad social en la FAN gracias al trabajo incansable de un muy pequeño número de “Guerreros Invisibles e Invencibles” y el apoyo decidido, valiente, de una dama periodista, que ustedes descubren un filón a explotar pero en beneficio propio, no sean tan… tan… insensatos.
No politicen nuestro problema de seguridad socialSE LO AGRADECEMOS ALTAMENTE, no nos involucren en sus diferencias [ya] de carácter personal y mucho menos con algo tan sensible para nosotros como lo es NUESTRA Seguridad Social consagrada en el 328 de la Constitución Nacional; al contrario, pónganse de acuerdo para la aprobación de esa Ley Orgánica que tiene ¡DIEZ AÑOS DE RETARDO LEGISLATIVO!, obliguen a la administración militar a respetar nuestro derechos y beneficios socioeconómicos, obliguen a esa administración a pagar las deudas dinerarias que tiene con nosotros y hagan justicia a esos hombres y mujeres, militares en servicio activo o en situación de retiro y a sus familiares, que han dado y siguen dando su vida por defender el derecho de ustedes a tener esas diatribas medievales.
Agosto, 18 de 2011

Autorizada su reproducción y distribución si usted lo considera conveniente y apropiado.


viernes, 22 de julio de 2011

ADMITEN ACCIÓN DE NULIDAD CONTRA ACTO DEL MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA





ADMITEN ACCIÓN DE NULIDAD CONTRA ACTO DEL MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA


Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa
Viernes, 22 de Julio de 2011 15:12  
(PRENSA TSJ).- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a  través del Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, admitió una acción de nulidad que ejerció el ciudadano Manuel Antonio Ledezma contra el acto administrativo contenido en la Directiva General Nº MPPD-OPP-ARPLA-DIR-2010/13-05/005, de fecha 26 de abril de 2010, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa mediante la cual se establecieron las remuneraciones y beneficios socioeconómicos del personal militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

El Juzgado admitió la acción interpuesta luego de constatar que no se encontraban presentes las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Lojca), y en consecuencia ordenó notificar, tal como lo indica el artículo 78 de la misma ley, a la Fiscal General y la Procuradora General de la República, así como al Ministro del Poder Popular para la Defensa, funcionario al que también se le solicitará el expediente administrativo relacionado con el juicio.

Por otra parte, dejó establecido el Juzgado de Sustanciación que una vez consten en autos las notificaciones ordenadas y la publicación del cartel de emplazamiento se remitirá a la Sala Político Administrativa el expediente a fin de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Lojca.
http://www.tsj.gov.ve/decisiones/jspa/Julio/394-19711-2011-2011-0719.html

FUENTE: Notivargas


ANEXO: Texto del link en referencia: 




SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN


Caracas 19 de julio de 2011
200º y 152º

Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 12 de julio de 2011, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:

Mediante escrito presentado en fecha 29 de junio de 2011, el ciudadano MANUEL ANTONIO LEDEZMA HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio y asistido por el abogado Juan Medina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 36.193, ejerció acción de nulidad  contra el  acto administrativo contenido en la Directiva General N° MPPD-OPP-ARPLA-DIR-2010/13-05/005, de fecha 26 de abril de 2010, dictada por el ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, mediante la cual se establecieron las“REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DELA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA”. (Folios 34 al 45 de este expediente).

Este Juzgado, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, admite cuanto ha lugar en derecho la acción de nulidad incoada.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 eiusdem, se ordena notificar a las ciudadanas Fiscal General de la RepúblicaProcuradora General de la República, y al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y de la presente decisión. Líbrense oficios.

La notificación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Líbrese el cartel a que se refiere el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el día de despacho siguiente a aquél en que consten en autos las notificaciones ordenadas el cual deberá ser publicado en el “Diario Últimas Noticias”.

Asimismo, se deja establecido que una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas y la publicación del cartel se remitirá a la Sala el presente expediente a fin de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 ibidem, acuerda solicitar al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, el expediente administrativo relacionado con este juicio. Líbrese oficio y anéxese copia certificada de la presente decisión.
          La Jueza,


 María Luisa Acuña López
                                                                            El Secretario Int.


                                                                          Dionisio E. Breto Bretto

Exp. N° 2011-0719/dp.


FUENTE: TSJ/Decisiones

lunes, 27 de junio de 2011

TSJ : ¡DESCARADOS! // Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández




¡DESCARADOS!


Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


Menos mal hacen los delincuentes que un mal juez.
Quevedo
No podemos negociar con aquéllos que dicen, «lo que es mío es mío y lo que es tuyo es negociable».
John Fitzgerald Kennedy

La Sala Constitucional del TSJ, presidida por Luisa Estella Morales Lamuño quién a su vez es presidenta de ese Máximo Tribunal, mediante Sentencia 396 del 29 de marzo de 2011 nos negó, a los Militares Profesionales en Situación de Retiro y a los Familiares Sobrevivientes de nuestros compañeros de armas fallecidos, un Derecho Constitucional y muy especialmente un ¡Derecho Humano!,  como lo es el BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN, obedeciendo a unos supuestos “tecnicismos”; pero todos sabemos cuál fue, específicamente, “el tecnicismo” que la llevó a dictar esa incalificable “des-decisión”.
Hoy, 24 de junio de 2011, vemos con sorpresa y asco como ese Máximo Tribunal auto asigna un “emolumento” adicional para la gran mayoría de sus Magistrados, y digo una gran mayoría porque seis (06) de esos Magistrados se negaron a recibir lo que viene a ser una grosería, una burla para todos aquellos que hemos padecido el abuso del poder, la descalificación, el desprecio ~véase la mención del mindefensa sobre militares ¡afortunadamente! retirados en la demostración de incapacidad gubernamental en el caso de El Rodeo~ del que hemos sido víctimas. Así vemos que el diario Quinto Día de esta misma fecha publica, en primera página:
Quinto Día_1 - 24jun2011.jpg
A continuación la información:
 Quinto Día_2 - 24jun2011.jpg
Junio, 24 de 2011

sábado, 5 de marzo de 2011

¿Rendirse?.... ¡JAMÁS! // Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¿Rendirse?... ¡JAMÁS!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Primero que nada, es contigo Luisa Estella:

Los más desgraciados no son los que sufren las injusticias, sino los que las cometen.Barón de Montesquieu, Louis de Secondat
(1689-1755); escritor y filósofo francés.
La peor forma de injusticia es la justicia simulada.
Platón (c.428-c.347 a. C.); filósofo griego.

Aunque los años suman, ellos no restan voluntad de lucha. ¡AHORA ES CUANDO VAN A TENER QUE FAJARSE DURO PARA VENCERME!
Como soldado de aquel verdadero Ejército aprendí que los buenos soldados jamás nos rendimos; podemos caer una, dos veces y levantarnos tantas veces y en el momento en que ya no podamos hacerlo alguien recogerá el Estandarte y seguirá adelante, ¡jamás aprendimos a rendirnos!, y como desconocemos el significado de la palabra “rendición”, no sabemos como hacerlo.
¡Aún no nos vencen, NI LO HARÁN!, aunque se tomen mil años.
La ignominiosa “abogada” del tribunal de injusticia subalterno y sus cochambrosos crótalos adláteres (excepto uno) se equivocó de contendientes. Le demostraremos que ella sí es falible, que ella no es omnipotente; haremos que tenga que morderse su sibilante bífida lengua y tragarse su propio veneno.
¿Debemos partir desde cero? ¡PARTIREMOS DESDE CERO!
Y que se prepare el minúsculo número de generales y almirantes jerarcas de la Administración Militar, no escaparán de nuestras fuerzas si insisten en negar y reintegrar nuestros derechos.
Que el individuo no crea que aceptaremos limosnas, porque independientemente de lo que él decida, si ello no se ajusta a nuestros derechos, seguiremos insistiendo hasta alcanzar lo que nos corresponde y usaremos los medios y métodos que las leyes nos autorizan. Veremos cual será la repercusión internacional.
Marzo, 05 de 2011

viernes, 25 de febrero de 2011

¡BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN! // Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¡BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN! 
Deuda acumulada por el MPPD por negarse a cumplir la ORDEN del TSJ 
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández 
Ayer, 23 feb 2011, la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional (AN) autorizó el incremento de la Unidad Tributaria (UT), que pasó de 65 bolívares a 76 bolívares y cuya vigencia será a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Esto significa que la deuda acumulada por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa por concepto de pago del Beneficio de Alimentación, ordenado por la Presidenta del Tribunal Supremo de justicia, se incrementó, para cada militar profesional en situación de retiro antes del 15 de mayo de 2008, así como para cada familiar sobreviviente con derechos adquiridos antes de esa fecha y para los causahabientes de aquellos militares profesionales en situación de retiro antes del 15 de mayo de 2008 y que fallecieron posteriormente con la vana esperanza de ver reconocidos sus derechos, convencidos que en esta Patria, defendida por ellos, prevalecía la Justicia, se respetaban las decisiones de los tribunales y que de verdad Venezuela era un “…Estado de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.” La deuda acumulada es tal y como se muestra en la siguiente tabla: DEUDA DESDE 15/05/2008 HASTA FEBRERO 2011 U.T. VIGENTE Bs 76,00 U.T. QUE CORRESPONDE EN EL AÑO, SEGÚN JURISPRUDENCIA REITERADA DEL TSJ AÑO U.T MESES TOTAL 2008 76,00 15 días mayo 570,00 7 7.980,00 2009 76,00 12 13.680,00 2010 76,00 12 13.680,00 2011 76,00 2 2.280,00 Bsf 38.190,00 (*) (*) PARA CADA UNO ¡Y no salgan los “analistas” a decir que no hay dinero para pagar esa deuda!, es inaceptable esa posición. Los venezolanos no tenemos que sacrificarnos para que el gobierno de Nicaragua pueda mantener a sus burócratas; para que Bolivia pueda tener ambulancias; para que Cuba pueda revender nuestro petróleo y obtener enormes beneficios y así muchas otras “colaboraciones” y “corrupciones” que merman nuestra calidad de vida. El venezolano no tiene porque “quitarse el pan de la boca” y negarse la comida y la medicina para entregarlo a un extraño. ¡NO SEÑOR, ES INACEPTABLE!, primero nuestras necesidades. ¿Quién será el responsable del incumplimiento de la ORDEN impartida por la Presidenta, reelecta hasta 2013, del Tribunal Supremo de Justicia y Presidenta de la Sala Constitucional ¡…la Sala de todas las Salas del TSJ!? ¿Será responsable el Presidente de la Junta Administradora del IPSFA? ¿El Ministro del Poder Popular para la Defensa? ¿El Presidente de la República y Comandante en Jefe (ahora es un grado militar) de la FAN? ¿La Presidenta de la Sala Constitucional y del TSJ? ¿La Comisión de Defensa de la AN? ¿Los militares profesionales en situación de retiro y familiares sobrevivientes? ¡TODOS, absolutamente TODOS son responsable! En el mismo orden del enunciado de las interrogantes: El Presidente del IPSFA: Es cierto, este funcionario no puede pagar, por propia iniciativa, esa deuda, pero es culpable por su indiferencia ante la situación y por su posición cómoda: “yo tengo el dinero, si me ordenan pagar, mañana mismo pago” ¡pero no hace nada, absolutamente nada, para que lo autoricen a pagar! De paso, ¿qué están haciendo con ese dinero que él tiene disponible de inmediato?, ¿cuál es el origen de ese dinero y cuál es su rendimiento; a dónde van a “parar” los intereses que tiene que estar generando esa masa de dinero disponible en forma tan inmediata? El Ministro del PP para la Defensa: ¡Por supuesto!, él es el gran responsable, él ~y sus antecesores, desde el Almirante Maniglia~ fue quién recibió la ORDEN de pagar ese Beneficio de Alimentación. No tiene excusa de ninguna índole porque el cumplimiento de órdenes no es válida para quién viole algún derecho humano, así mismo tampoco ese cumplimiento de órdenes es excusa para dejar de cumplir una decisión de cualquier tribunal de la República. Si él está impedido de cumplir el mandato del TSJ como consecuencia de “una orden superior”, ¿por qué no entrega el cargo y solicita su pase al retiro y de esta forma evita ser acusado del presunto delito de desacato? El Presidente de la República: ¡Claro! ¿Acaso él no se jacta de decir que es el Comandante en Jefe de la FAN, al extremo de inventar un “grado militar” a su medida?, pues bien, si eso es así, tiene toda la responsabilidad en este asunto porque como militar, y como Comandante que dice ser, él sabe que “el Comandante es el único responsable de los que su Unidad y sus subalternos hagan o dejen de hacer”, ¿cierto? Eso es Doctrina. La Presidenta de la Sala Constitucional y del TSJ: ¡Sí! Ella también es responsable por hacerse la desentendida y por no tomar las medidas correspondientes para que se cumpla ¡su decisión!; no tiene excusa porque bastante se le ha insistido para que obligue al Ministro del PP para la Defensa a cumplir con esa medida cautelar. La Comisión de Defensa de la AN: ¡También! ¿Acaso esos Diputados están en esa Comisión solo para criticar o para defender las compras de armas, sean justificadas o no? ¿Tendrán conocimiento esos Diputados del verdadero significado y extensión del concepto “Seguridad y Defensa? ¿Acaso creen esos Diputados que Seguridad y Defensa es una “maquinita” que funciona sola, sin participación de algo llamado “ser humano” que vive, respira, siente, sufre, tiene familia, debe comer, se enferma, llora, ríe y padece como cualquier otro venezolano que no sea Diputado? Los militares profesionales en situación de retiro y familiares sobrevivientes: ¡Indudablemente! ¡Somos responsables! Por nuestra apatía, por dejar que otros sean los que hagan algo, ¿recuerdan aquél antiguo escrito “Todos, Nadie, Alguno?, pues bien, lo que allí se cuenta coincide perfectamente. Son pocos los que de verdad están decididos a emprender una acción diferente, dentro del marco de las leyes, para exigir el respeto de nuestros derechos y de nuestra calidad de vida. Debo reconocer que el número de posibles participantes se ha incrementado y están dispuestos a ejercer actividades de calle, entre ellas una dama, esposa de un General. ¿Será que tendremos que dejar de lado el comportamiento comedido que hasta ahora hemos observado? ¿Será que tendremos que declarar una huelga de hambre para poder ser escuchados? ¿Cuál sería la repercusión internacional de esta noticia?: EFECTIVOS DE LA FUERZA ARMADA VENEZOLANA SE DECLARAN EN HUELGA DE HAMBRE POR LA VIOLACIÓN DE SUS DERECHOS. Doscientos cincuenta efectivos, en situación de retiro de la fuerza armada venezolana y sus respectivos familiares, cuyas edades sobrepasan los sesenta años, se declararon en huelga de hambre por la constante violación de sus derechos constitucionales y sus derechos humanos ¡Alguna repercusión internacional tendrá!, y hasta ahora está siendo contenida esa acción, ¿hasta cuando?, ¡solo Dios lo sabe! Febrero, 24 de 2011

miércoles, 2 de febrero de 2011

¡CIRCUFAN vs IORFAN! // Por: Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


¡CIRCUFAN vs IORFAN!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Circula en la red una comunicación-respuesta que da el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar de las Fuerzas Armadas ~designación según el Estatuto Orgánico y el Reglamento General del Círculo Militar~ al Ciudadano Vicealmirante José J. Boggiano Pericchi, Director General de Control de Gestión del MPPPD a quién está adscrito el ahora denominado Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana (obsérvese que la fuerza armada, según la correspondencia en cuestión, dejó de ser FAN para transformarse en FAB, ¿guardia pretoriana?) para justificar el desalojo y secuestro de los bienes muebles y documentación de la Delegación IORFAN-TÁCHIRA.
Aún cuando he criticado la gestión y funcionamiento del IORFAN y que considero a este Instituto un “caballo muerto”, hasta que me demuestren lo contrario, no justifico la arbitrariedad, la grosería y la falta de respeto y consideración llevada a efecto por un coronel (sic) que ocupa un cargo temporal y que, más tarde que nunca, también pasará a la situación de retiro, aunque aún le queda la “esperanza” de que sea reencauchado gracias a su heroica actuación bélica en contra de sus propios compatriotas, maestros y compañeros de armas; pero lo más grave no es que un “SUBalterno” haga lo que hizo ese oficial activo, lo grave es que su jefe inmediato lo apoye y trate de justificar una grosería.
Si el IORFAN en verdad se aprecia de ser un Instituto DEL MISMO E IDÉNTICO NIVEL al Círculo Militar y al IPSFA, debería dar una respuesta clara y contundente al presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar, pero… “el cují no da cambures”.
En la comunicación remitida por el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar, se afirma:
1. Por instrucciones de la INGENFANB, según el informe de inspección Nº IG-DI-IS-003-2010 del 25 mayo 2010, el IORFAN Sucursal San Cristóbal debe entregar la oficina que funciona como su sede provisional o en su defecto cancelar (sic) un canon de arrendamiento acorde con el que se cancela (sic) en esa región, a fin de continuar y mejorar el proceso de autogestión de todas las sucursales del IACFAB (sic) que se lleva adelante desde 2008.
Al respecto se puede resaltar:
A. El INSTITUTO de Oficiales Retirados de la FAN no tiene conocimiento de esa “orden” impartida por la Inspectoría General de la FAN.
B. La Seccional que este INSTITUTO tiene en el Estado Táchira no es una “sucursal”, ni es una dependencia autónoma con atribución para firmar contratos de arrendamiento individuales ya que ello podría comprometer el presupuesto del IORFAN y dar origen a daños patrimoniales y conflictos judiciales.
C. El presidente de la Junta Administradora del IACFAN nunca notificó al IORFAN su decisión de hacer desalojar la oficina donde funcionaba la Seccional IORFAN Táchira, decisión que necesariamente tenía que ser consultada a su Consejo Directivo y notificada al Vocal que representa a los Oficiales en situación de retiro en dicho Consejo Directivo, conforme al Estatuto Orgánico del Círculo de las Fuerzas Armadas, Decreto Nº 54 del 14 de noviembre ce 1953, vigente.
D. El artículo 1º del Estatuto Orgánico del Círculo de las Fuerzas Armadas señala claramente la misión del Círculo Militar, su contenido reza así: “El Círculo de las Fuerzas Armadas tiene por misión contribuir a una mayor identificación entre Profesionales de la Institución Armada y al incremento de la vida social de ellos y de sus familiares.”
De su análisis se deduce que el Círculo Militar tiene la obligación de contribuir a una mayor identificación entre Profesionales Militares y al incremento de la vida social entre ellos y de sus familiares, lo cual ha sido reemplazado por una visión mercantilista en detrimento de su función social alegando como excusa “…continuar y mejorar el proceso de autogestión de todas las sucursales del IACFAB (sic) que se lleva adelante desde 2008…,” lo cual nos permite preguntar: ¿A cuánto asciende y cuál es el destino del descuento que se hace a cada Oficial, en servicio activo o en situación de retiro, así como a todos los familiares sobrevivientes de los Oficiales fallecidos? ¿A cuánto asciende y cuál es la inversión del presupuesto asignado por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa? ¿Cuál es el destino del dinero recibido por los alquileres de locales para restaurantes, fiestas, conferencias, etc.? ¿Cuál es el destino de los dineros obtenidos por concepto de alquiler de habitaciones de los hoteles del Círculo a nivel nacional? Solo por mencionar algunos ingresos.
E. El presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar, en su comunicación, informa que “Por instrucciones de la INGENFANB, según el informe de inspección Nº IG-DI-IS-003-2010 del 25 mayo 2010, el IORFAN Sucursal San Cristóbal debe entregar la oficina...” lo cual podría constituir una extralimitación de funciones de parte de ese órgano inspector ya que el reglamento que lo rige, “Reglamento de la Inspectoría General de las Fuerzas Armadas Nacionales”, del 12 de enero de 1968, vigente, señala:
Artículo 4. El Inspector General de las Fuerzas Armadas Nacionales dará cuenta inmediatamente al Ministro de la Defensa de todas las observaciones que obtuviere durante sus inspecciones periódicas y de las medidas que tome para normalizar la vida militar o naval y activar el desarrollo de la instrucción.
Artículo 5. El Inspector General de las Fuerzas Armadas Nacionales podrá dirigirse cuando lo estime conveniente, por órgano de la respectiva Comandancia de Fuerza, a una o a todas las reparticiones militares de tierra, mar y aire, solicitando los datos concernientes a la instrucción y disciplina.
Artículo 8. Las disposiciones emanadas de las distintas reparticiones de las Fuerzas Armadas Nacionales que se relacionen con sus funciones, serán comunicadas al Inspector General de las Fuerzas Armadas Nacionales, para su debido conocimiento, por órgano de la Comandancia respectiva.
Como se aprecia la Inspectoría General de la FAN no es un órgano de Comando y por lo tanto no está dentro de sus funciones impartir órdenes tal y como se desprende de la afirmación: “…el IORFAN Sucursal San Cristóbal debe entregar la oficina...” Aunado a esto, cualquier instrucción que deba impartir la Inspectoría General de la FAN deberá ser hecha a través del órgano regular del cual dependa la unidad o dependencia que deba recibir esas instrucciones, así se deduce del contenido de los artículos 5 y 8 del reglamento que rige a ese órgano supervisor. Por analogía, la Inspectoría, en cumplimiento de esos dos artículos, tenía que dirigirse al Director General de Control de Gestión del MPPPD para que éste procediera a dictar las instrucciones correspondientes al presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar y al presidente de la Junta Administradora del IORFAN
En atención a lo expresado, el IORFAN debe solicitar una copia del  Informe de inspección Nº IG-DI-IS-003-2010 del 25 mayo 2010.

Segundo punto de la comunicación IACFAN Nº 0758, de fecha 20 de diciembre de 2010:
2. El mencionado local que ocupaba el IORFAN, en la Sucursal de San Cristóbal, ha sido solicitado por el IPSFA para abrir una oficina (militares civiles) (sic) de esa localidad. Así mismo el Banco Bicentenario, ha manifestado la necesidad de colocar una agencia en ese mismo sitio del Círculo Militar. Ambas entidades han ofrecido un pago por concepto de arrendamiento bien importante para nuestro Instituto.
En este punto, el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar confirma el cambio de la misión y del objetivo para lo cual fue creado el Círculo Militar, transformándolo de una organización de carácter eminentemente social a una “empresa de producción capitalista”
Adicionalmente, es de hacer notar que se pretende dar prioridad a un Instituto en perjuicio del INSTITUTO de Oficiales Retirados de tan igual nivel jerárquico como el Círculo Militar y el IPSFA. ¿El presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar tuvo la cortesía de dirigirse a la Junta Administradora IORFAN para plantear la situación que se presentaba con el local donde operaba la Seccional Táchira y dar una solución satisfactoria para ambos Institutos?

Tercer punto de la comunicación IACFAN Nº 0758, de fecha 20 de diciembre de 2010:
3. Motivado al recorte del presupuesto para el año 2011, en la partida 4.01 (gastos de personal) es inevitable, que el Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana (incluye sucursales y estaciones de servicios) tenga que generar recursos administrativos para pagar la nómina de empleados y obreros; en consecuencia se hace imperativo la utilización de todos los medios disponibles y espacios productivos.
El argumento del recorte presupuestario también es válido para el IORFAN el cual fue reducido en más de 180.000,00 bolívares, lo que obliga a realizar ajustes importantes en su operatividad y poder cumplir con la misión y los objetivos que les corresponde en beneficio de la atención de las personas más vulnerables de la Fuerza Armada Nacional, como lo son los Oficiales en situación de retiro y sus familiares sobrevivientes quienes, en su casi totalidad, son personas de la Tercera Edad y ancianos.
Es muy bien conocido por todos los militares, tanto en servicio activo como en situación de retiro, que el Círculo Militar tiene un gran potencial, tanto en infraestructura como en cotizaciones de los Oficiales activos (no cotizan al IORFAN), de los Oficiales en situación de retiro y de los familiares sobrevivientes, además del presupuesto asignado por el MPPD, amén de los ingresos derivados de su actividad comercial; todos estos ingresos muy bien pueden rendir lo suficiente para cubrir los gastos de operación y mantenimiento de dicho Círculo Militar ~debe demostrarse lo contrario~ sin necesidad de recurrir a medidas inconsultas y arbitrarias de cierre de oficinas y secuestro de los bienes y documentos que en ella se encuentren.

Cuarto punto de la comunicación IACFAN Nº 0758, de fecha 20 de diciembre de 2010:
4. El Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana, se debe a sus socios y afiliados, tal como lo establece su reglamentación vigente; más no, a los grupos u organizaciones que los socios conformen para el logro de sus propios intereses. Es importante resaltar, que cada vez que el IORFAN ha realizado reuniones y otras actividades de la región de San Cristóbal, siempre se les ha apoyado con los espacios de la sucursal.
Este punto, además de contradictorio es ofensivo, desconsiderado, ya que el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar califica al IORFAN, INSTITUTO de su mismo nivel jerárquico, como un “…grupo u organización conformado por socios para el logro de sus propios intereses. ¿Acaso el presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar desconoce, o se niega a reconocer, que el INSTITUTO DE OFICIALES RETIRADOS DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL es un Instituto tan igual al que él administra y que el IORFAN se rige por una Ley y no por unos Estatutos?
La aseveración hecha en este punto 4 “El Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada Bolivariana, se debe a sus socios y afiliados…” se ajusta a lo que señala el Estatuto Orgánico del Círculo de las Fuerzas Armadas, Decreto Nº 54 del 14 de noviembre ce 1953, vigente, en su artículo 1º “El Círculo de las Fuerzas Armadas tiene por misión contribuir a una mayor identificación entre Profesionales de la Institución Armada y al incremento de la vida social de ellos y de sus familiares,” pero la actuación del presidente de la Junta Administradora del Círculo Militar está reñida con su propia afirmación y reconocimiento del propósito, razón, misión y objetivos que le imponen su Estatuto Orgánico.
En cuanto a que “…siempre se les ha apoyado con los espacios de la sucursal.”, además de que es una obligación del Círculo Militar impuesta por sus propios Estatutos y por el Reglamento General que lo rige, ese “apoyo” brindado no es gratuito porque para realizar alguna actividad es necesario pagar los alquileres y otros conceptos que exige el Círculo Militar. Vaya usted y solicite algún local en el Círculo en Caracas y pida un presupuesto, quedará asombrado por lo costoso.
Por lo expuesto anteriormente, el IORFAN debería solicitar, con resolución y firmeza, que se dicten las instrucciones necesarias para que la oficina que ocupaba la Seccional Táchira, en el Círculo Militar de la ciudad de San Cristóbal, sea reabierta, se devuelvan los bienes y documentos secuestrados y se inicien las conversaciones, de Instituto a Instituto, sin minusvalía alguna, para llegar a un acuerdo sobre el uso de la oficina en cuestión.

P.D.
Observe la simbología en el lado derecho de esta firma. ¿Cuál será su significado? ¿Alférez 4º entre 118? ¿…?
Simbología.jpg
Febrero, 01 de2011

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LA TRAICIÓN ENCUBIERTA // Por: Nelson Ramírez Torres

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La presente reseña, lo hacemos asumiendo la total responsabilidad, al difundir algunos aspectos, del Libro: “La traición encubierta” de Nelson Ramírez Torres, sin el ánimo de vulnerar los derechos de autor, las previsiones legales de la Editorial o las diagramaciones del diseñador grafico. Nos mueve simplemente los sentimientos de dolor, rabia e impotencia, que nos embarga en nuestra humilde condición de Militar en Situación de Retiro, ante una institución armada que quedó MINUSVALIDA en su Sistema de Comunicaciones de la Defensa Nacional -SICODENA- y NO podemos hacer otra cosa que sensibilizarnos con la narrativa del texto, en cuestión. Para ver ésta RESEÑA, le agardecemos hacer click en la imagen, donde tambien consideramos prudente incluir la FICHA TECNICA y la SIPNOSIS del libro. Gracias.

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SAMMY LANDAETA MILLÁN

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Naguanagua, Estado Carabobo, Venezuela
Sammy Landaeta Millán. Coronel de la Fuerza Aérea Venezolana, en Situación de Retiro, según resolución N°7446 de fecha 26 de julio de 2000 (Propia solicitud). Licenciado en Ciencias y Artes Militares (Opción Aeronáutica). Especialista en Administración de los Recursos de la Aviación. Maestría en el Empleo del Poder Aéreo. Diplomado Estado Mayor Conjunto N°14. Diplomado Curso Especial de Seguridad y Defensa para Ejecutivos. Piloto Aviador Militar. Piloto de Helicópteros Militares. Piloto de Helicóptero Comercial. Especialista en Búsqueda y Salvamento -SAR- Cursó estudios de Maestría en Ciencia Política en la USB. Presentó el Trabajo de Grado: "Política Militar, Misión de la FAN y Soberanía Nacional, a partir de 1999." Fue asignada la fecha de defensa pero el primer Jurado lo mandó a corregir -nos pronunciamos por escrito y presuntamente no gustó la motivación.- Se corrigió y se redujo el estudio a 50% y se presentó de nuevo a la Coordinación. Designaron dos Jurados adicionales y se INHIBIERON. El Dr. Frederick Welsch -Tutor de la tesis - salvó su voto. No obtuvo el Grado. ¿ORDEN DE LA REVOLUCIÓN?

RECIVEX SAN DIEGO

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Los Chávez //ACTUALES-NUEVAS FOTOS //SOS Comandante Presidente // BMW, Jet, Cruceros y mas.... que vida tan dura.

DISIDENTES DE ALTAMIRA

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Artículos de Opinion relacionado con la Disidencia Civicp-Mlitar de la Plaza Francia de Altamira. Caracas. Venezuela.