Diversas Organizaciones que agrupan a los militares en situación de RETIRO, de las Fuerzas Armadas de Venezuela, se abocan a tratar de resolver aspectos de la Seguridad Social, que por error u omisión incurrieron algunas administraciones. Pero en esencia, se evidencia que las medidas de EXCLUSIÓN en su mayoría, las ha ocasionado, el proceso revolucionario, cuestión que puede agravarse, con lo pautado, en la propuesta de Reforma Constitucional, presentada por el “Comandante,” Hugo Chávez Frías.
La FAN funciona con un régimen de seguridad social integral propio, y su Ley Orgánica define el RETIRO como la situación a la que pasarán los militares profesionales, que dejen de prestar el servicio motivado: a) Tiempo de servicio cumplido; b) Limite de tiempo en el grado; c) Limite de edad; d) Propia solicitud; e) Limite de tiempo en la situación de disponibilidad; f) Invalidez absoluta y permanente; g) Medida disciplinaria; h) Sentencia condenatoria definitivamente firme, que acarree pena de presidio; e i) Falta de idoneidad y capacidad profesional.
A finales de Agosto de 2007, la Junta Directiva del Instituto de Oficiales de la FAN, es situación de RETIRO, viudas e hijos de militares fallecidos, se dirigieron por correspondencia al G/J (EJ) Gustavo Rangél Briceño, Ministro del Poder Popular para la Defensa, con la finalidad de plantear el reconocimiento y reivindicación de los beneficios adquiridos por Alimentación, (derivado de la antigua asignación, por concepto de “Ración”) y el Bono Recreacional, suprimidos sin ninguna lógica o argumento valido, que justifique la EXCLUSIÓN de una conquista laboral, inspirada en los principios fundamentales de: progresividad, intangibilidad e irrenunciabilidad.
De igual forma abordaron el tema sobre la “Prima de Profesionalización” otorgada a los militares que pasaron al RETIRO a partir del año 2004, donde se viola la Constitución Nacional, porque refleja una DISCRIMINACIÓN, al menoscabar el reconocimiento, goce, disfrute o ejercicio de condiciones entre IGUALES. Con la medida, se PRIVILEGIA a unos, en DETRIMENTO de otros, como también ocurre con la “Prima por años de servicios,” y la inobservancia del “Derecho a Acrecer” que poseen las viudas y los hijos de los militares fallecidos, principio reconocido, jurídicamente.
Se argumenta, que la situación para los profesionales en RETIRO se complica, por la no-publicación de la Directiva sobre “Remuneración y beneficios del Personal Militar del FAN.” El retardo de dicho Documento desde el 2005, ocasiona una atraso en el reconocimiento y ajuste de beneficios socio económico que constituyen una DEUDA moral; que aunada a la carga de inflación, contribuye al detrimento de la calidad de vida, por los costos de manutención y los altos precios de insumos, para la salud.
Adicional a lo planteado referimos; que parecería que el profesional RETIRADO de la FAN con goce de pensión, no tiene derecho a enfermarse, porque el Servicio de Sanidad Militar, no le suministra las medicinas; porque casi nunca, las hay. Si el retirado es: soltero, divorciado, viudo ó viuda, está excluido de algunos procesos, para obtener medicamentos, porque al no tener un carnet del cónyuge, no puede que “trampear” con la prescripción, en un récipe de color azul, para que la Farmacia en convenio con el Instituto de Previsión Social de la FAN (IPSFA), se lo proporcione.
Es insólito, que la asistencia médica en los Hospitales Militares del País, se privilegie a favor de pacientes recomendados por la Revolución, incluyendo la Reserva y cabe destacar, que en una oportunidad en el Hospital de Fuerte Tiuna, no se nos aplicó una inyección antitetánica, porque no la había (“Cómprela y taígala para ponérsela Coronel,” adujo el Doctor Marco Bracho); al igual ocurre, cuando hay que practicarse un examen de Laboratorio particular, porque los reactivos no los hay. Observamos con tristeza, que muchos RETIRADOS somos excluidos de la asistencia en los Módulos de Sanidad, de las unidades militares, porque ARBITRARIAMENTE, existe una “lista” de prohibición de ingreso y se nos estigmatiza como Escuálidos. ¡Que desgracia!
Diversas son las reclamaciones que han cursado el personal de RETIRADOS, ante el IPSFA, porque de cierto tiempo para acá, las tasas de prorrateo de las pensiones se utilizan a libre albedrío, para beneficiar a algunas Promociones afectas a la Revolución, en detrimento de otras retiradas anteriormente. Al igual, ocurre con oscuros procesos o “manejos inadecuados” utilizados para el otorgamiento de los intereses caídos del Fideicomiso, donde algunos Jefes del Instituto, argumentan: “Eso ya se pagó.”
Muchos militares jubilados de la FAN, confiaron en que el “Soldado” Hugo Chávez Frías, podría actuar con justicia y corregir los errores u omisiones de otras administraciones. Hoy, su omnibulación política, Indigenista, Socialista y Comunista, desvaneció sus esperanzas. Se llenan de impotencia, rabia, desespero y ya en la Sede del IPSFA en Maracay, Estado Aragua, se conoce una pared como: “El muro de los lamentos,” donde cotidianamente acuden los RETIRADOS, a murmurar abiertamente.
Para los profesionales de la FAN, la situación se agrava. El Proyecto de Reforma Constitucional presentado por el “Constituyente” Hugo Chávez Frías y Pre-Aprobado por la Asamblea Nacional monocolor, plantea un parámetro de 25 años de servicios mínimo, para el goce de pensión y la intención de concentrar la seguridad social militar, en un sistema macro, que conocemos, por su inoperancia e ineficiencia. Su aprobación, consolidaría el revanchismo político, contra las Fuerzas Armadas, por impedir la toma del poder, por parte de los Guerrilleros de los años 60 y los Golpistas del año 1992.
Al “Benefactor” Hugo Chávez Frías se le atribuye la frase: “Yo no voy a firmar eso. Además, los retirados son puros Golpistas.” Quizás a esa actitud, del “Administrador” de la Hacienda Pública Nacional, se deba el desconocimiento de nuestros beneficios. Por eso, como profesional en Situación de RETIRO, exigimos la restitución de nuestros Derechos a la Seguridad Social y rechazamos la EXCLUSIÓN, Revolucionaria.
Cita: “Sobre el Gobierno de la República gravita una inmensa deuda; que debe procurar el Gobierno por todos los medios posibles la extinción de la dicha deuda.
Simón Bolívar
Coronel (AV) Sammy Landaeta Millán
Caracas, 16 de Septiembre de 2007.