La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisará la legalidad de 17 artículos de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, pero rechazó dejarlos sin efecto mientras determina si en realidad se ajustan a lo establecido por la Carta Magna. La decisión la adoptó la instancia judicial al admitir la demanda de nulidad que el abogado Carlos Vecchio interpuso en abril del año pasado contra el texto dictado por el presidente Hugo Chávez gracias a los poderes especiales que le dio la Asamblea Nacional en 2007. El accionante consideró que el texto viola la autonomía municipal y regional, al prohibirle a los distritos metropolitanos la posibilidad de organizar cuerpos de seguridad y al establecer que los directivos de las policías estatales y locales deben ser aprobados por el ministro del Interior y Justicia. En el fallo redactado por la presidenta de la Sala, magistrada Luisa Estella Morales, se rechazó suspender temporalmente las normas impugnadas por considerar que no estaba demostrado el peligro que implicaba su aplicación. En el dictamen también se decidió acumular esta acción con la que interpuso en su momento el entonces alcalde de Chacao, Leopoldo López, y el diputado de Podemos, Juan José Molina.
Con la lupa en la Ley de la FAN Ayer también la Sala Constitucional se declaró competente para tramitar la demanda de nulidad parcial de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada que el general (r) Ovidio Poggioli interpuso contra la norma. El instrumento impugnado incorporó el calificativo de "bolivariana" a la denominación de la institución armada y de sus componentes; y rebautizó a la Reserva como Milicia. Esta propuesta estaba en la rechazada reforma constitucional.
Juan Francisco Alonso