Jueves 14 de febrero de 2013
Desestabilización en el chavismo
Enrique Prieto Silva
José
Vicente Rangel, quien para el 11-A fuera ministro de la defensa y
responsable de la atípica actitud de los militares y de los hechos
ocurridos ese día, según confesiones de los protagonistas, que guardamos
en nuestro archivo histórico; hoy, menospreciado por Chávez por su
conducta indefinida, ha soltado como perla, que “la partida del
mandatario nacional a La Habana produjo una desestabilización emocional,
pues el líder lo es todo”. Para él, se genera en sus seguidores,
manipulados con el engaño, la mentira y el mendrugo, “un sentimiento de
miedo, indefensión y vulnerabilidad, por la sensación de perder lo que
han logrado bajo la gestión del presidente Chávez”. Obvia Rangel, que no
es un resultado inesperado, ya que ellos, como adláteres
del mesiánico personaje, con cálculos imprecisos, manejaron su
enfermedad con tacto maquiavélico, para lograr empoderarse
indefinidamente, sin imaginarse lo que les repararía el destino, tras un
manejo desasistido y sintomático de la enfermedad con el apoyo de los
Castro, hasta quedar entrampados en la realidad presente, de la que no
encuentran como salir.
Creyeron
que era fácil imponer la tesis de una sucesión gubernamental
democrática, fundada en el criterio de la “continuidad administrativa”,
obviando todas las teorías jurídicas que diferencian al ente gobernante
del proceso administrativo, para encontrarse en un atolladero lleno de
ignorancia. Existe un presidente electo, que si no se juramenta, no es presidente en ejercicio, no preside, y mucho menos puede renunciar.
Tampoco puede ser representado como tal, ya que la propiedad del
mandato, según la doctrina, como dice Bielsa, “el juramento, más que por
su valor jurídico, moral y religioso, debe ser presentado cuando una
disposición lo prescribe y la resistencia a hacerlo justifica la
revocatoria del nombramiento”. En este caso la Constitución lo prevé
para el 10 de enero, cuando termina un período presidencial y se inicia
otro; y la Ley de Juramento, norma reglamentaria constitucional, en su
artículo 1º establece que: “Ningún empleado podrá entrar en ejercicio de
sus funciones sin presentar antes juramento de sostener y defender la
Constitución y Leyes de la República y de cumplir fiel y exactamente los
deberes de su empleo”
Pero
más que su miedo culpable, hay un gran temor en todos los venezolanos,
ya que no existe ni la más mínima idea de lo que puede ocurrir si Chávez
no regresa al país o muere en su intento. Se produciría la situación
inédita, de un Expresidente ausente en un auto destierro, un presidente
electo no juramentado, y un gobierno usurpador de un mandato
gubernamental, fundamentado en una inconstitucional sentencia, que lo ha
mantenido gobernando por largo tiempo, donde se han producido actos de
gobierno, supuestamente emitidos por el presidente electo, quien sin
juramentarse no tiene capacidad jurídica para hacerlo y por lo tanto son
actos írritos, nulos de hecho y sin valor alguno.
Dijo JVR, que: “Hugo
Chávez, dejó una soledad afectiva y una significativa tristeza en el
chavismo”, pero no dice, que todos ellos con su apasionado sectarismo y
su gobierno ilegítimo, han transformado al país en una satrapía
“revolucionaria” incontrolable, que pone en dudas la inmediata vuelta a
la democracia.
Enrique Prieto Silva