¡DEUDA POR BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN!
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
Hoy 16 de agosto de 2010 se cumplen ¡dos años y noventa y dos días! desde que el TSJ ¡ORDENÓ! El pago del beneficio de alimentación a los militares profesionales en situación de retiro y a sus familiares sobrevivientes.
Hasta el 31 de agosto del presente año ésta es la deuda acumulada por el MPPD:
ACTUALIZADO AL 31 DE AGOSTO DE 2010
PARA CADA MILITAR PROFESIONAL EN SITUACIÓN DE RETIRO Y
PARA CADA FAMILIAR SOBREVIVIENTE CON DERECHO DE PENSIÓN
| |||
DEUDA POR BENEFICIO ALIMENTACIÓN DESDE EL 16 MAYO 2008 AL 31 AGOSTO 2010
| |||
DÍAS TRANSCURRIDOS (30 DÍAS MENSUALES)
|
VALOR ACTUAL U.T. Bs
|
U.T. DIARIO Bs
|
TOTAL Bs
|
824
|
65,00
|
32,50
|
26.780,00
|
DEUDA POR BENEFICIO ALIMENTACIÓN DESDE EL 01 ENERO 2002 AL 31 AGOSTO 2010
| |||
DÍAS TRANSCURRIDOS (30 DÍAS MENSUALES)
|
VALOR ACTUAL U.T. Bs
|
U.T. DIARIO Bs
|
TOTAL Bs
|
3.090
|
65,00
|
32,50
|
=3.090 x 32,50
|
NOTA: Por
decisión reiterada en los tribunales, las deudas por alimentación deben
ser pagadas al valor de la U.T. a la fecha efectiva del pago de dicha
deuda.
| |||
Agosto, 16 de 2010
|