EL CASO PEÑA ESCLUSA COMO MODELO
El
caso de APE está montado sobre un “acta policial” que contiene la
declaración de un comisario de la policía política del régimen
identificado como David Colmenares donde relata, con sus propias
palabras, una conversación que habría tenido con el presunto terrorista
salvadoreño Francisco Chávez Abarca, en la sede del SEBIN, en la que le
insinúa la posibilidad de no enviarlo a Cuba si le daba alguna
información. Se ignora cómo lo identificó plenamente para efectos de un
juicio, porque según dicen ellos mismos Chávez Abarca intento ingresar a
Venezuela con pasaporte e identidad falsos.
Según
ha trascendido, Chávez Abarca informó haber conocido a Peña Esclusa en
Honduras durante el régimen de Zelaya, siendo que APE nunca había estado
en ese país y lo visitó por primera vez durante el gobierno provisional
de Micheletti.
Pero
además, el mismo Chávez Abarca se presenta como testigo referencial
respecto de la participación de APE en supuestos planes
desestabilizadores, porque lo habría mencionado una interpuesta persona,
un tal Daniel, del que no se sabe quién es, dónde está, qué tiene que
ver con el asunto, ni cómo se relaciona con APE, ni con el mismo Chávez
Abarca.
O
sea, que la secuencia es así: David Colmenares dice que Chávez Abarca
le dijo que un tal Daniel le dijo que APE le dijo que lo quería
contratar para un plan desestabilizador. Como se ve, una sólida cadena
de evidencias criminalísticas.
Si
esto no fuera suficientemente deleznable, lo siguiente es peor. Un
allanamiento ilegal, entre gallos y medianoche, en el que el mismísimo
David Colmenares declara haber encontrado en la residencia
de APE un centenar de cápsulas detonantes y una substancia que parece
ser un explosivo conocido como C-4.
Con
la misma verosimilitud con que escribe, declara a los medios enfrente
de la residencia allanada que los familiares de APE “han reconocido los
hallazgos”. “La señora (Indira) dice que no sabe cómo obtiene eso su
esposo; todo eso se lo responsabiliza a él.” Anuncia que “habrá nuevos
allanamientos” (que nunca se produjeron), como parte de “una serie de
trabajos” cuyos contenidos y resultados se ignoran.
A
juzgar por las reiteradas declaraciones de la señora Indira de Peña
Esclusa, pueden abrigarse razonables dudas de la fidelidad de las citas y
lo textual de las reproducciones que hace el comisario David Colmenares
de las declaraciones que dice haber recibido.
No
obstante el reportero de VTV, Boris Castellano, fiel exponente de la
información veraz, entre comentarios sobre el presunto terrorista Chávez
Abarca pasa, sin solución de continuidad, a referirse a “el terrorista
Peña Esclusa”. Los medios oficiales publican notas según las cuales “los
familiares confirman” el hallazgo en su residencia de las cápsulas
detonantes y explosivos.
El
hecho cierto, la verdad, es que “los familiares” de APE son tres niñas
menores de edad y su esposa Indira. ¿Cómo alguien, con sólo ser una
persona normal, en su sano juicio, puede afirmar que ellas han
confirmado las calumnias de David Colmenares?
El
caso es que APE lleva medio año en las mazmorras de la policía política
comunista, con base exclusivamente en las declaraciones de un solo comisario de esa misma policía, lo cual impone una reflexión no sólo jurídico penal, política, sino sobre todo ética.
Siempre
se había dicho que los jueces deben tener como norte de sus actos la
verdad, sus estandartes eran la imparcialidad y la probidad. ¿Será ésta
una aspiración legítima en la Venezuela actual?
JUSTICIA REVOLUCIONARIA
Uno de los aspectos más desconcertantes de la judicialización de la persecución política
en Venezuela es la invención de delitos sin víctimas, sin daño, sin
dolo ni culpa, sin acción, sin móvil, cómplices necesarios de autores
principales inexistentes, lo que ha configurado tipos penales tan
extraños como asociación sin socios, terrorismo sin actos terroristas ni
terror, estafas sin estafados, todo esto sin que el régimen haya
formulado una nueva teoría del delito revolucionaria, lo que convierte a
los juristas del horror en un horror de juristas.
El
caso de APE puede servirnos perfectamente como ejemplo ilustrativo para
tratar de comprender cómo funciona este singular mecanismo, considerado
tan eficaz que se ha convertido en el único producto de exportación de
la ALBA, en vista de cómo su uso se ha ido extendiendo por Bolivia,
Ecuador y Nicaragua.
Los
antecedentes de aplicación del modelo quizás se encuentren en el caso
Anderson, porque fue allí que los cubanos decidieron dar un paso
crucial, apremiados por la presión de los hechos que se les venían
encima y reaccionando con el mismo acto reflejo de Fidel Castro,
rompiendo totalmente con el sentido común.
Entonces
realizaron acusaciones completamente estrafalarias basándose en el
principio de la propaganda nacionalsocialista según el cual mientras más
grande sea una mentira con tanto más facilidad tenderá a creerla el
público, por el simple razonamiento de que si aquello no fuera cierto
¿quién se atrevería a decirlo?
Como
se recordará, cuando todas las evidencias apuntaban a que el atentado
había sido cometido por el mismo gobierno y los nombres de sus
funcionarios comenzaron a ser mencionados espontáneamente por el público
como evidentes responsables, lanzaron una acusación inconcebible contra
personas insospechables, con lo que, considerados como enemigos, podían
confundir sin tener nada que perder.
La
misma lista era indigerible: Patricia Poleo, premio Rey de España por
una investigación sobre el caso Montesinos, que había develado una de
las más infames conspiraciones de JVR; Nelson Mezerhane, a quien ya para
entonces no hallaban de qué no-acusarlo; Salvador Romaní y ¡aquí es
donde el diablo muestra el rabo!
Aunque
sea imposible establecer un nexo entre estas personas que ni siquiera
se conocían ni eran compatibles entre sí, ¿qué puede tener que ver
Romaní con todo esto? El único vínculo es el odio contra su padre, un
ferviente combatiente contra la tiranía de Castro, por lo que sus
agentes aprovecharon para echarlo en la hoguera.
Para
nuestros efectos lo que interesa es que esta acusación temeraria y
absurda produjo una ruptura en la realidad, abrió una brecha por donde
se han ido colando todos los demás casos, bajo el slogan típico del
totalitarismo según el cual “todo es posible”.
Bajo
las condiciones totalitarias que existen en Cuba el mecanismo tiene la
ventaja de contar con la hegemonía comunicacional del régimen, por lo
que a la imposición de una “verdad oficial” se une el hecho de que ésta
no puede ser cuestionada por nadie, en público, así que reina en la
superficie, mientras todo cuestionamiento, la “verdad real”, discurre en
un plano subterráneo, típico del ambiente totalitario.
Por
ejemplo, todo el mundo sabe que el general Arnaldo Ochoa fue víctima de
una conjura palaciega para evitar que se convirtiera en el sucesor de
Castro, siguiendo los nuevos vientos que venían de Moscú. Nadie podía
imaginarse que Castro se atreviera a romper con la URSS y seguir el
camino solo, sin embargo, eso fue lo que hizo.
El
juicio de Ochoa, llamado Causa Nº 1, es un modelo de la temeridad
inconcebible de Castro, así como de su proverbial manejo de los
tribunales, que para algo le ha servido su profesión de abogado, desde
que comenzó con aquel alegato “la historia me absolverá” en que actuaba
como acusado y que continúa, utilizando los estrados como escenario
teatral, dramatizando ora como testigo ora como acusador, pero eso sí,
sin permitirle hablar a la defensa, lo que le garantiza las resultas del
“juicio”: el paredón para sus víctimas.
Lo que no puede evitar es que se le vea el certificado de origen al producto, como a todo lo que provenga de la ALBA.
EL ABOGADO DEL DIABLO
Pero
imaginemos por un instante que el régimen tiene razón y sus infundios
son ciertos. Unas panelas de C-4 regadas por aquí y por allá, del
lavadero a un closet cualquiera hasta la gaveta del escritorio de una
niña de 8 años, no configuran la conducta típica de un temible
terrorista sino todo lo contrario, transmite la impresión de un sketch
de Los Tres Chiflados.
Para
alegar la amenaza siempre se ha puesto como condición que ésta pueda
causar impresión en persona sensata y tratándose de la seguridad
nacional, tiene que ser de tal magnitud que efectivamente haga mella más
que en las personas en las instituciones.
Daría
risa si no fuera trágico que un régimen militar que apoya el programa
nuclear de Irán que tiene por finalidad “borrar a Israel del mapa” y ha
iniciado el proceso de procurarse sus propias bombas atómicas; que ha
erizado el país de misiles S-300, que se ufana de sus aviones Sukhoi y
tanques T-90; que desafía todos los días a la primera potencia militar
del planeta; que está apoyado por 100.000 soldados cubanos y un millón
de milicianos, ahora se sienta amenazado por lo que sea que quepa en el
escritorio de una niña de 8 años.
Esa
amenaza no es seria ni creíble, sobre todo porque remitiéndose
estrictamente a los hechos, nunca ha ocurrido tal alteración del orden
público, desestabilización, ni ningún acto terrorista. El primer
problema de la Fiscalía sería mostrar lo que tradicionalmente se llama
“el cuerpo del delito”. Sin éste no puede conocerse el móvil, que
permita establecer la vinculación subjetiva del acusado con el resultado
de su acción. No puede haber delito sin la manifestación exterior de
una conducta tipificada como tal en ley previa, según la definición
tradicional que concibe al delito como hecho típico y dañoso.
¿Cuáles
son las acciones u omisiones concretas que produjeron cuál resultado
material que constituya un daño que le puedan imputar a APE? ¿Aparecer
mencionado en una supuesta acta policial? ¿Ser víctima de un
allanamiento estrafalario?
El
problema es que los jueces no se limiten a aplicar la ley al caso
concreto de una manera imparcial, sino que traten de adecuar sus
decisiones a una finalidad política, lo que más convenga a la
“revolución”, sea que lo hagan por temor o convicción, el resultado es
el mismo: Se excluye de toda protección legal a las personas
consideradas enemigos políticos.
En
consecuencia se rompe el pacto de convivencia, pues no se ha encontrado
ningún otro fundamento para la obediencia civil que la protección que
ofrece el Estado a la vida y los bienes de sus ciudadanos. Todos los
filósofos jurídico-políticos coinciden en destacar esta relación
fundamental entre protección y obediencia como base del pacto social. Si
el Estado incumple su parte, libera al ciudadano de la suya y abre paso
a la resistencia civil a leyes y decisiones unilaterales.
Lo
más insultante de las patrañas judiciales no es la mendacidad y falta
de escrúpulos de sus autores, sino lo burdas y mal armadas que están, lo
que pone de relieve el olímpico desprecio de los militares comunistas
por la dignidad e inteligencia de los civiles.
Así como destaca una fe inconmovible en la fuerza bruta.
Luis Marín
23-01-11