Madrid 05 de Abril del 2022
Atención:
Mr. Karim Khan
Fiscal Jefe
Corte Penal Internacional
La Haya, Países Bajos
Estimado Sr. Khan:
A raíz de la remisión de 39 Estados Parte del Estatuto de Roma para que la Corte Penal Internacional abriera una investigación por el articulo 14 de dicho Estatuto, sobre la situación en Ucrania a partir del 21 de noviembre de 2013, "abarcando cualquier denuncia pasada y presente de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o genocidio cometidos en cualquier parte del territorio de Ucrania por parte de cualquier persona", su oficina anunció el 2 de Marzo la apertura de la Investigación.
Durante los últimos días, las noticias e imágenes que llegan de Ucrania sobre asesinatos de civiles, hombres mujeres y niños, desarmados son aterradoras. Varias ciudades tomadas por los rusos en su avance, muestran cadáveres expandidos por las calles, muchos de ellos atados de manos y con presuntos signos de tortura que han sido ejecutados. Las denuncias sobre violación de mujeres y jóvenes, los ataques con armas prohibidas contra la población civil y contra edificaciones como Hospitales, Ambulancias, Refugios claramente marcados como tales que han bombardeados a propósito, y donde han muerto centenares de personas, ya deben ser de su conocimiento porque son públicas las denuncias hechas por Altas Autoridades ucranianas, incluyendo la Fiscalía y medios de comunicación, nacionales e internacionales en el terreno.
En varias oportunidades ha sido impedido o imposible la evacuación de civiles por el acecho bélico a las ciudades y en este momento, hay poblaciones completas que no tienen ningún servicio básico, ni agua o alimentos, ni medicamentos o instrumentos para tratar a los heridos o enfermos.
La invasión rusa ha traído el desplazamiento forzado mas grande de Europa, con más de 3 millones 500 mil personas que huyen de una guerra atroz provocada por el gobierno de Vladimir Putin, cuya intención es dominar a una nación, sin importarle el derramamiento de sangre y la destrucción total o parcial de la infraestructura de ese país.
Los artículos 25 y 27 del Estatuto establecen tanto la Responsabilidad Penal Individual como la Improcedencia del Cargo Oficial y el articulo 28 deja establecido la Responsabilidad de los Jefes y otros superiores en la comisión de crímenes con competencia de la Corte.
El articulo 58 de Estatuto de Roma permite, en cualquier momento, una vez iniciada la investigación, que se ordene la detención contra una persona si a solicitud del Fiscal, una vez examinada las pruebas e información presentada, la Sala de Cuestiones Preliminares estuviera convencida de que:
" b. iii) En su caso, impedir que la persona siga cometiendo ese crimen o un crimen conexo que sea de la competencia de la Corte y tenga su origen en las mismas circunstancias".
Las tropas rusas continúan cometiendo Crímenes con Competencia de la Corte en Ucrania por ordenes de Vladimir Putin, lo cual cumple con el numeral b.III del articulo 58 del Estatuto.
La devastación total o parcial de ciudades como Mariupol, Járkov, Irpín, Chernígiv, Siret, Irpin, Bucha, Sumy, entre otras, con decenas de muertos enterrados en fosas comunes y heridos huyendo como pueden, es un ejemplo de la crueldad con que el régimen de Vladimir Putin se ensaña contra la población civil del país que agrede.
Además del Presidente de Rusia, hay otros Altos Cargos con la misma responsabilidad por estos ataques, y entre otros, se encuentran por ejemplo:
Sergei Shoigu, Ministro de Defensa
Serguéi Lavrov, Ministro de Exteriores
Valery Gerasimov, Jefe de Estado Mayor de las FFAA
Sergei Naryshkin, Jefe del Servicio de Inteligencia Exterior
Alexander Bortnikov, Director del Servicio Federal de Seguridad
Nikolai Patrushev, Secretario del Consejo de Seguridad
Estimado Sr. Khan, Sabemos que su oficina trabaja en la recopilación de pruebas y testimonios, pero también observamos como el conflicto continúa y la matanza de personas inocentes, los heridos y el desplazamiento forzado de millones de civiles que huyen para preservar sus vidas de acrecienta. Usted tiene en sus manos los instrumentos jurídicos para someter a la Justicia Penal Internacional a quienes cometen horrendos crímenes con competencia de esta Corte, y mediante la presión que significa este sometimiento y ordenes de aprehensión internacional oportunas, quizá logar que se detenga este horror, cuando los Altos Responsables se vean señalados y sometidos a la Justicia, tal como dice uno de los apartados del preámbulo del Estatuto de Roma: "Decididos a poner fin a la impunidad de los autores de esos crímenes y a contribuir así́ a la prevención de nuevos crímenes".
Aprovecho la oportunidad para expresar a Usted la seguridad de mi mayor consideración y deferente estima.
Tamara Suju Roa
Directora Ejecutiva
Instituto CASLA