CHAVEZ, PAGANOS EL BONO DE ALIMENTACIÓN
CUMPLE CON LA SENTENCIA DE TSJ
Más
de siete años tienen los proyectos elaborados de la ley de Seguridad
Social de la Fuerza Armada en los archivos de la Asamblea Nacional,
habilitantes han pasado y no ha sido aprobada. Esperemos entonces, que
en esta oportunidad en que la AN ha otorgado plenos poderes para
legislar a nuestro presidente Tcnel. (ej) ® Hugo Chávez Frías, se digne aprobar dicha ley y de una vez le ponga el ejecútese. Ya no hay más excusas, son
once años en el poder prometiendo y prometiendo, la extinta asamblea
nacional nunca tuvo tiempo para su discusión, no hubo interés político
ni de ningún otro tipo. ¿Será que los que hemos pasado por la fuerza armada no merecemos tener una digna jubilación? ¿Qué impide esta aprobación?. Por si usted no lo sabe, cosa que dudo:
Los
militares que pasamos a retiro, perdemos el derecho a alimentarnos, o
sea a comer; así como lo lee. Al pasar a retiro perdemos la prima de
alimentación. El 16 de mayo del 2008, el Tribunal Supremo de Justicia
reconoce y acuerda el pago del bono de alimentación a todo el personal
retirado y sobrevivientes con derechos, y hasta la presente fecha no ha
habido forma que de algún jerarca de su gobierno haya ordenado darle
cumplimento a tal decisión, bueno esta es su oportunidad.
Perdemos el derecho a distraernos y salir de vacaciones, porque dejamos de cobrar el
bono recreacional que cobrábamos cuando éramos activos. Ósea que cuando
tenemos el tiempo disponible para distraernos no podemos hacerlo,
cuando éramos activos nunca pudimos disfrutar de treinta días continuos
de vacaciones por que siempre privaba el servicio a la patria.
La mayoría de los oficiales en situación de retiro, no cobran la prima de profesionalización, porque a alguien se le ocurrió que solamente pueden cobrar esa prima los que pasaron a retiro desde el 2004. Habrase visto mayor ejemplo de exclusión.
Los militares activos y retirados cobramos una prima por años de antigüedad, sabe usted el monto de esa prima. Bueno, cobramos DOS
BOLIVARES FUERTE, POR AÑO DE SERVICIO, OSEA QUE UN MILITAR QUE PASÓ
TREINTA AÑOS DE SERVICIO, COBRA SESENTA BOLIVARES DE ASIGNACION DE
ANTIGÜEDAD. Nada que ver con las asignaciones que
cobran los demás funcionarios, esta prima solo alcanza para comprar kilo
y medio de pimentón.
El sueldo básico de un Guardia Nacional es de 1.450.65, pero el sueldo mínimo establecido es de 1223.oo bsf, ósea que un GN gana 227.65 bolívares sobre el sueldo mínimo. Un GN quizás gana menos que un conserje de edificio.
La cobertura del Seguro Horizonte es pirrica, a un general en jefe le cubre la cirugía y hospitalización 16.000 bfs.
A un GN la cantidad de 11.000.bsf. los gastos funerarios cubren hasta
cinco mil bolívares, Cirugía y maternidad para la esposa de un coronel,
le cubre 5.000,00 bsf. Muerte natural 11.000,00 bsf. Como usted verá
nada que ver con la cobertura de ustedes los demás funcionarios de la
administración pública.
Estoy seguro, Señor presidente
que usted tiene conocimiento de la situación planteada anteriormente,
esta es su oportunidad; sorpréndanos y lúzcase, apruebe esa Ley que
tenemos once años esperando por ella. Recuerde, que nosotros también somos pueblo.
Artemio Boada Díaz
Coronel ® GN
ENE-2011