Nación 18 Ago 2011 | 05:41 am - Por Sofía Nederr
Solicitan a la AN interceder por bienestar de la Fuerza Armada
Retirados reclaman el pago de prima de profesionalización y beneficios socioeconómicos. En marzo de 2011 el TSJ anuló la orden dada hace tres años al Ministerio de la Defensa para el pago del bono alimentario a los oficiales inactivos
El capitán Guillermo León Alfaro dijo que en reunión sostenida, a principios de la semana, con el presidente de la instancia parlamentaria, Rafael Gil Barrios, se expusieron las limitaciones salariales de la tropa profesional, con salario básico por debajo del salario mínimo, y de los militares retirados. Estos últimos no reciben la prima de profesionalización ni el bono de alimentación desde hace años.
"Los militares profesionales en situación de retiro antes del 1° de enero de 2004, así como los familiares sobrevivientes pensionados antes de esa fecha, no reciben la prima de profesionalización, la cual sí es pagada a los que pasaron a retiro o fueron pensionados luego de esa fecha", señala la Alianza de Militares Retirados que reúne a 15.000 afiliados.
El capitán León Alfaro dijo que se benefició a las promociones que pasaron a retiro a partir de la promoción del presidente de la República, quien pertenece a la promoción "Simón Bolívar II" de la Academia Militar de Venezuela. Esta cohorte salió de la FAN en 2005.
Restricciones. La Alianza de Militares Retirados destaca que desde febrero de 2002 no reciben el pago del bono de alimentación, el cual sí es cancelado a jubilados del CNE o de otros organismos públicos. Hasta el 22 de febrero de 2002, los militares retirados y los sobrevivientes percibían un beneficio de alimentación de 24.000 bolívares, equivalentes a 24 bolívares de hoy.
Para la fecha la Inspectoría General de la FAN informó a los militares sobre la incorporación del el bono alimenticio al sueldo básico, pero la decisión violó el artículo 32 de la Ley de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional. Esa disposición legal establece que deben ajustarse las pensiones de retiro, invalidez o sobrevivientes "cada vez que se produzcan aumentos en las remuneraciones del personal militar de la Fuerza Armada Nacional en servicio activo, con inclusión de todos los bonos que perciban, a excepción del bono vacacional".
Sobre este aspecto, la Alianza de Militares Retirados esgrime que hay una discriminación que además es inconstitucional. También señalan que en 2008 la Sala Constitucional del TSJ ordenó al Ministerio de la Defensa expedir las órdenes para el pago del bono de alimentación a los oficiales en retiro, mientras se decidía el fondo del amparo constitucional solicitado.
Desde mayo de 2008 hasta marzo el 29 de marzo de 2011, cuando el TSJ declaró inadmisible el amparo, ninguno de los titulares castrenses acató el dictamen.
"Esto es algo gravísimo. Interpretamos este proceder por parte de la magistrada Luisa Estella Morales como su obediencia a una orden política recibida de su jefe inmediato, olvidándose de su majestad como primera autoridad del TSJ. Además no se consideró el incumplimiento durante más de tres años de la orden de 2008", resaltó León Alfaro.
El capitán retirado dijo que en el Parlamento reportaron desconocer las limitaciones de los militares inactivos, por lo que consignarán las planillas de pago con los ingresos netos.
FUENTE: El Nacional