Después de cuatro meses de presiones internacionales, el conflicto en el país centroamericano parece haber llegado a su fin
Publicado Sábado, 31-10-09 a las 01 : 59
El acuerdo firmado por los representantes del presidente depuesto de Honduras, Manuel Zelaya, y del de facto, Roberto Micheletti, establece la integración de un Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional, y que el Parlamento decida sobra la restitución del gobernante derrocado.
A continuación, una síntesis de los 12 puntos del acuerdo con los aspectos más relevantes:
1. Sobre el Gobierno de unidad y reconciliación Nacional
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, conformaremos un Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional integrado por representantes de los diversos partidos políticos y organizaciones sociales, reconocidos por su capacidad, honorabilidad, idoneidad y voluntad para dialogar, quienes ocuparán las distintas Secretarías y Subsecretarías (ministerios) así como otras dependencias del Estado.
2. Sobre la renuncia a convocar a una Asamblea Nacional constituyente o reformar la Constitución en lo irreformable
Reiteramos nuestro respeto a la Constitución y las leyes de nuestro país, absteniéndonos de hacer llamamientos a la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, de modo directo o indirecto, y renunciando también a promover o apoyar cualquier consulta popular con el fin de reformar la Constitución para permitir la reelección presidencial, modificar la forma de Gobierno o contravenir cualquiera de los artículos irreformables de nuestra Carta Fundamental.
3. Sobre las elecciones generales y el traspaso de Gobierno
Realizamos un llamamiento al pueblo hondureño para que participe pacíficamente en las próximas elecciones generales y evite todo tipo de manifestaciones que se opongan a las elecciones o a su resultado.
Instamos al Tribunal Supremo Electoral a que autorice y acredite la presencia de misiones internacionales.
4. Sobre las fuerzas armadas y la Policía Nacional
Ratificamos nuestra voluntad de acatar en todos sus extremos el artículo 272 de la Constitución de la República de Honduras, conforme con el cual las Fuerzas Armadas quedan a disposición del Tribunal Supremo Electoral desde un mes antes de las elecciones generales.
5. Del poder ejecutivo
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, en el espíritu de los temas de la propuesta del Acuerdo de San José, ambas comisiones negociadoras hemos decidido, respetuosamente, que el Congreso Nacional, como una expresión institucional de la soberanía popular, en uso de sus facultades, en consulta con las instancias que considere pertinentes como la Corte Suprema de Justicia y conforme a ley, resuelva en lo procedente en respecto a "retrotraer la titularidad del Poder Ejecutivo a su estado previo al 28 de junio hasta la conclusión del actual periodo gubernamental, el 27 de enero de 2010".
La decisión que adopte el Congreso Nacional deberá sentar las bases para alcanzar la paz social, la tranquilidad política y gobernabilidad democrática que la sociedad demanda y el país necesita.
6. Sobre la comisión de verificación y la comisión de la verdad
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, disponemos la creación de una Comisión de Verificación de los compromisos asumidos en este Acuerdo, y los que de él se deriven, coordinada por la Organización de Estados Americanos (OEA). Dicha Comisión estará integrada por dos miembros de la comunidad internacional y dos miembros de la comunidad nacional, estos últimos serán escogidos uno por cada una de las partes.
La Comisión de Verificación será la encargada de dar fe del estricto cumplimiento de todos los puntos de este Acuerdo, y recibirá para ello la plena cooperación de las instituciones públicas hondureñas. Con el fin de esclarecer los hechos ocurridos antes y después del 28 de junio de 2009, se creará también una Comisión de la Verdad que identifique los actos que condujeron a la situación actual, y proporcione al pueblo de Honduras elementos para evitar que estos hechos se repitan en el futuro.
Esta Comisión de Diálogo recomienda que el próximo Gobierno, en el marco de un consenso nacional, constituya dicha Comisión de la Verdad en el primer semestre del año 2010.
7. Sobre la normalización de las relaciones de la República de Honduras con la Comunidad Internacional
Al comprometernos a cumplir fielmente los compromisos asumidos en el presente Acuerdo, solicitamos respetuosamente la inmediata revocatoria de aquellas medidas o sanciones adoptadas a nivel bilateral o multilateral, que de alguna manera afectan la reinserción y participación plena de la República de Honduras en la comunidad internacional, y su acceso a todas las formas de cooperación.
Hacemos un llamamiento a la comunidad internacional para que reactive lo antes posible los proyectos vigentes de cooperación con la República de Honduras, y continúe con la negociación de los futuros.
En particular, instamos a que, a solicitud de las autoridades competentes, se haga efectiva la cooperación internacional que resulte necesaria y oportuna para que la Comisión de Verificación y la futura Comisión de la Verdad aseguren el fiel cumplimiento y seguimiento de los compromisos adquiridos en este Acuerdo.
8. Disposiciones finales
Toda diferencia de interpretación o aplicación del presente Acuerdo será sometida a la Comisión de Verificación, la que determinará, en apego a lo dispuesto en la Constitución de la República de Honduras y en la legislación vigente, y mediante una interpretación auténtica del presente Acuerdo, la solución que corresponda.
Tomando en cuenta que el presente Acuerdo es producto del entendimiento y la fraternidad entre hondureños y hondureñas, solicitamos vehementemente a la comunidad internacional que respete la soberanía de la República de Honduras, y observe plenamente el principio consagrado en la Carta de las Naciones Unidas de no injerencia en los asuntos internos de otros Estados.
9. Calendario de cumplimiento de los acuerdos
Dada la entrada en vigencia inmediata de este Acuerdo a partir de su fecha de suscripción, y con el fin de clarificar los tiempos de cumplimiento y de seguimiento de los compromisos adquiridos para alcanzar la reconciliación nacional, convenimos el siguiente calendario de cumplimiento:
30 de octubre de 2009, suscripción y entrada en vigencia del Acuerdo.
Entrega formal del Acuerdo al Congreso para los efectos del Punto 5, "Del Poder Ejecutivo". 2 de noviembre de 2009
Conformación de la Comisión de Verificación. A partir de la suscripción del presente Acuerdo y a más tardar el 5 de noviembre.
27 de enero de 2010. Celebración del traspaso de gobierno.
10. Declaración final
En nombre de la reconciliación y el espíritu patriótico que nos ha convocado ante la mesa de diálogo, nos comprometemos a cumplir de buena fe el presente Acuerdo, y lo que de él se derive.
El mundo es testigo de esta demostración de unidad y paz, a la que nos compromete nuestra conciencia cívica y devoción patriótica. Juntos, sabremos demostrar nuestro valor y decisión para fortalecer el Estado de derecho y construir una sociedad tolerante, pluralista y democrática. Firmamos el presente Acuerdo en la ciudad de Tegucigalpa, Honduras, el día 30 de octubre del año 2009.
11. Agradecimientos
Aprovechamos la ocasión para agradecer el acompañamiento y los buenos oficios de la comunidad internacional, en especial a la Organización de los Estados Americanos y su secretario general, José Miguel Insulza; las misiones de Cancilleres del hemisferio; el presidente de Costa Rica, Oscar Arias Sánchez; el Gobierno de los Estados Unidos, su presidente Barack Obama, y su secretaria de Estado, Hillary Clinton.
12. Sobre la entrada en vigencia del acuerdo Tegucigalpa/San José
Para efectos internos, el Acuerdo tiene plena vigencia a partir de su firma. Para efectos protocolarios y ceremoniales, se llevará a cabo un acto público de suscripción el día 2 de noviembre. Fuente:
ABC.es