Danybeth Alvarado
Caracas, julio 16 (REDACTA).- En Gaceta Oficial N° 39.221 del 15 de julio, fue aprobado el decreto N° 6.774 mediante el cual se aprueba el Plan Nacional de Seguridad de la Aviación Civil contra los actos de interferencia ilícita y se declara “clasificado” el contenido del plan.
En el decreto se declara al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), como “Organo de Archivo” que tendrá bajo su responsabilidad la custodia, organización, conservación, valoración, desincorporación y transferencia del Plan Nacional de Seguridad.
Asimismo, señala que el Vicepresidente Ejecutivo quedará encargado del seguimiento, control y ejecución del presente decreto.
Asimismo, mediante el decreto N° 6.775 se dicta el Plan Nacional de Facilitación que tiene por objeto establecer políticas, métodos y procedimientos permanentes, para la eliminación o simplificación de formalidades o trámites para cruces fronterizos a través de los aeródromos y aeropuertos internacionales, a fin de facilitar y acelerar la navegación de las aeronaves en el territorio venezolano y evitar retardo innecesario a las mismas.
Se contempla la creación del Comité Nacional de Facilitación, ente que estará adscrito al Inac. Entre sus funciones deberá propiciar la creación, remodelación y mejoramiento de las instalaciones y servicios requeridos en los aeropuertos internacionales, así como analizar el cumplimiento y resultado del programa anual de trabajo propuesto por ellos.
Fuente:
http://www.el-carabobeno.com/p_pag_not.aspx?art=a170709e08&id=t170709-e08
Caracas, julio 16 (REDACTA).- En Gaceta Oficial N° 39.221 del 15 de julio, fue aprobado el decreto N° 6.774 mediante el cual se aprueba el Plan Nacional de Seguridad de la Aviación Civil contra los actos de interferencia ilícita y se declara “clasificado” el contenido del plan.
En el decreto se declara al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), como “Organo de Archivo” que tendrá bajo su responsabilidad la custodia, organización, conservación, valoración, desincorporación y transferencia del Plan Nacional de Seguridad.
Asimismo, señala que el Vicepresidente Ejecutivo quedará encargado del seguimiento, control y ejecución del presente decreto.
Asimismo, mediante el decreto N° 6.775 se dicta el Plan Nacional de Facilitación que tiene por objeto establecer políticas, métodos y procedimientos permanentes, para la eliminación o simplificación de formalidades o trámites para cruces fronterizos a través de los aeródromos y aeropuertos internacionales, a fin de facilitar y acelerar la navegación de las aeronaves en el territorio venezolano y evitar retardo innecesario a las mismas.
Se contempla la creación del Comité Nacional de Facilitación, ente que estará adscrito al Inac. Entre sus funciones deberá propiciar la creación, remodelación y mejoramiento de las instalaciones y servicios requeridos en los aeropuertos internacionales, así como analizar el cumplimiento y resultado del programa anual de trabajo propuesto por ellos.
Fuente:
http://www.el-carabobeno.com/p_pag_not.aspx?art=a170709e08&id=t170709-e08